Procedimiento para la reparación del daño y la indemnización de perjuicios
by ana maria
1. Universidad Fermín Toro
2. ALUMNA: Ana María Mogollón, C.I.: 23.572.889.
2.1. Derecho Procesal Penal II.
2.1.1. Prof: Nilda Singer. SAIA - A 2017/B.
3. Conclusion
3.1. En cuanto a los perjuicios
3.2. Existen perjuicios materiales, aquellos que se dan por la destrucción, privación o disminución de bienes con valor económico
3.3. A su vez, los perjuicios morales, son aquellos en los que es afectada la víctima de manera psicologica, como el honor u honra de la misma persona.
4. Artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.1. El juez debe de terminar si la pretensión tiene lugar para la reparación o indemnización
4.2. Sin lugar: se le da una oportunidad para que el solicitante la presente de nuevo.
4.3. Admitida: El juez mediante una decisión (art. 417), otorga o da lugar a la reparación o indemnización
4.3.1. Luego de admitida, se sigue a la conciliación, que es promovida por el juez y la decisión de ésta, va ligada con la comparecencia de las partes. (Art. 419).