1. Art. 5. Propuesta pedagógica
1.1. 1. Los centros recogerán una propuesta acorde a los criterios establecidos.
1.2. 2. Incluirá
1.2.1. Objetivos
1.2.2. Decisiones sobre metodologia, alumnado y planificacion
1.2.3. Criterios de evaluacion
1.2.4. Criterios para el uso del material
1.2.5. Medidas de atención especial
1.2.6. Acciones referentes a las familias
1.2.7. Criterios para la evaluación del proceso de enseñanza.
1.2.8. Programación.
2. Art. 6. Áreas
2.1. Contenidos ó áreas
2.1.1. Conocimiento de si mismos y autonomia personal
2.1.2. Conocimiento del entorno
2.1.3. Lenguajes: comunicación y presentación
2.2. Vinculadas entre sí
2.3. Acercamiento a la lengua escrita, junto a expresión visual y musical
2.4. Aproximación a una lengua extranjera.
3. Art. 7. Principio pedagógico.
3.1. incluye
3.1.1. 1. favorecer potencialidad y competencias de los niños/as
3.1.2. 2.Estimular curiosidad de los niños/as
3.1.3. 3. Acción educativa basada en crear un clima de seguridad.
3.1.4. 4. Método de trabajo basado en experiencias, actividad y juegos.
4. Art. 8. Autonomía de los centros
4.1. Contiene
4.1.1. 1. Administración educativa fomentará autonomía
4.1.2. 2. Centro desarrollará el currículo de acuerdo a lo establecido en el Decreto
4.1.3. 3. Los centros pueden poner en marcha experimentaciones, planes de trabajo, etc
4.1.4. 4. Órganos de coordinación didáctica tendrán autonomía en la elección de material curricular.
4.1.5. 5. La Conserjería de educación velará por el cumplimiento del currículo.
5. Art. 9. Horario
5.1. es
5.1.1. 1. Cómo se distribuyen las actividades
5.2. respetará
5.2.1. 2. El carácter globalizador de la propuesta pedagógica
6. Art. 10. Evaluación
6.1. es
6.1.1. 1. Global, continua y formativa
6.1.1.1. por
6.1.1.1.1. observación directa y sistemática
6.2. debe servir
6.2.1. 2. Valora proceso de enseñanza-aprendizaje
6.3. establece
6.3.1. 3. Responsabilidad de cada tutor o profesorado.
6.3.2. 4. Las consideraciones sobre el proceso serán comunicadas a las familias
6.3.3. 5.La Conserjería establecerá los criterios necesarios.
7. Art. 12. Tutoría
7.1. abarca
7.1.1. 1. Forma parte de la función docente
7.1.2. 2. El plan incluirá referencias para la colaboración familiar
7.1.3. 3. El tutor/a es fundamental en infantil
7.1.4. 4. Tutor/a coordinará la intervención educativa y la relación con las familias
8. Art. 2. Principios generales
8.1. contiene
8.1.1. 1. Infantil: es una etapa educativa
8.1.1.1. con identidad propia, voluntaria, gratuita y ordenada en 2 ciclos (de 3 a 6 años)
8.1.2. 2.Debe garantizar la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa
8.1.3. 3. Familia, centro y comunidad educativa cooperarán en común para su mejor funcionamiento.
9. Art 3. Fines
9.1. engloba
9.1.1. 1. Desarrollo en todos los ámbitos de niños/as
9.1.2. 2. Que los niños/as elaboren una imagen positiva de si mismos, adquiriendo autonomía y descubriendo sus caracteristicas.
10. Art.1. Objeto y ámbito de aplicación.
10.1. establece
10.1.1. La ordenación y currículo del segundo ciclo de Educación Infantil.
11. Art 4. Objetivos
11.1. contribuirá a
11.1.1. Conocer su cuerpo
11.1.2. Ser autonomos
11.1.3. Relacionarse
11.1.4. Observar y explorar su entorno
11.1.5. Desarrollar habilidades comunicativas
11.1.6. Enriquecer y diversificar sus posibilidades
11.1.7. Iniciarse en la lógico-matemáticas
11.1.7.1. Expresiva, creativa y de comunicación
12. Incluye
13. Art. 11. Atención a la diversidad
13.1. comprende
13.1.1. 1. La intervención educativa será adaptada
13.1.2. 2. La Conserjería establecerá los procedimientos sobre esta materia
13.1.3. 3. Las medidas adoptadas serán encaminadas a que el alumnado logre los objetivos de la etapa.
13.1.4. 4. Es importante la detección precoz
13.1.5. 5. El centro junto a los servicios de orientación educativa adoptarán una respuesta educativa adaptada.
14. Art. 13. Participación y colaboración familiar.
14.1. engloba
14.1.1. 1. La educación infantil comparte con las familias el proceso educativo
14.1.2. 2. Centros deben propiciar la colaboración mutua (familia y centro).
15. Art. 14. Coordinación entre ciclos y Educación Primaria
15.1. abarca
15.1.1. 1. La Conserjería establecerá mecanismos para favorecer coordinación en los proyectos educativos.
15.1.2. 2. Los colegios de Educación infantil y Primaria, y Escuelas Infantiles adscritas a centros de Educación Primaria establecerán una coordinación entre ellos.
15.1.3. 3. Con el traslado del alumno entre centros, se establecerán mecanismos para intercambiar satisfactoriamente la información.