OSCE www.osce.gob.pe (Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado)

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1. ¿QUE ES?

1.1. Es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), encargado de ejecutar las políticas en materia de contrataciones del Estado, con competencia en el ámbito nacional.

2. VISION

2.1. “Sector que impulsa el crecimiento económico sostenido, que contribuye a una mejor calidad de vida de los peruanos, garantizando una política fiscal responsable y transparente, en el marco de la estabilidad macroeconómica.”

3. MISION

3.1. “Promover, de manera oportuna y confiable, contrataciones públicas eficientes y transparentes entre proveedores y entidades.”

4. FINALIDAD

4.1. Cumplimiento de fines públicos 2. Maximizar el valor de recursos públicos 3. Contrataciones oportunas y en mejores condiciones de precio y calidad 4. Repercusión positiva en condiciones de vida de los ciudadanos 5. Promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados (compras en función de su contribución a metas institucionales)

5. OBJETIVOS ESTRATEGICOS Fortalecer y posicionar el rol supervisor del OSCE en los procesos de contratación pública. Contribuir al desarrollo de capacidades y a una mejor participación de los actores del proceso de contratación pública. Optimizar el proceso de contratación pública mediante la mejora e innovación de los mecanismos de contrataciones públicas y el uso intensivo de las Tecnologías de la información y la comunicación-TIC. Incrementar el impacto de las oficinas zonales del OSCE a nivel nacional. Optimizar la gestión de recursos y mejorar de forma continua los procesos internos del OSCE, para contribuir a la excelencia operativa.

6. FUNCIONES

6.1. Velar y promoveer,entidades realicen contrataciones eficientes, bajo parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias, maximización del valor de fondos públicos

6.2. Proponer modificaciones normativas

6.3. Emitir directivas, documentos estandarizados y de orientación en materia de su competencia

6.4. Supervisar de oficio de forma selectiva y/o aleatoria, o a pedido de parte los métodos de contratación

6.5. Suspender procedimientos de selección, cuando se identifique necesidad de ejercer acciones coercitivas para impedir que la Entidad continúe con procedimiento

6.6. Administrar y operar el RNP

6.7. Administrar el SEACE ,desarrollar, administrar y operar el SEACE

6.8. Administrar el Registro de Árbitros, Administrar y operar el RN, Árbitros y el RN de Secretarios, Arbitrales.

6.9. Acreditar instituciones arbitrales Supervisar de oficio de forma selectiva y/o aleatoria, o a pedido de parte los métodos de contratación

6.10. Resolver recusaciones de árbitros y solicitudes de devolución de sus honorarios.

6.11. Implementar actividades y mecanismos de desarrollo de capacidades y competencias en gestión y difusión en materia de contrataciones.

6.12. Desconcentrar sus funciones Desconcentrar sus funciones en sus órganos de alcance regional o local de acuerdo a lo que establezca su ROF

6.13. Comunicar a la CGR, de manera fundamentada, cuando existan indicios razonables de perjuicio económico al Estado o de comisión de delito o de infracciones graves o muy graves por responsabilidad administrativa funcional

6.14. Realizar estudios para evaluar regímenes de contratación, analizar y proponer nuevos mecanismos idóneos de contratación según mercados, proponer estrategias para uso eficiente de recursos.

7. CREACIÓN DEL OSCE Mediante Decreto de Urgencia No. 014-2009, publicado el 31 de enero de 2009 en el Diario Oficial El Peruano, se estableció que la vigencia de la Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento, así como el inicio de funciones del OSCE sería a partir del 01 de febrero de 2009. Asimismo, se ordenó que la publicación del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE en la página web del portal del Estado Peruano, así como en el portal del OSCE, se realice el mismo 31 de enero de 2009.