REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EXPORTAR

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REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EXPORTAR by Mind Map: REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EXPORTAR

1. Banano

1.1. PASO 1

1.1.1. Employee

1.1.2. Employee

1.2. VERIFICACIÓN DE ESTATUS FITOSANITARIO EN AGROCALIDAD: Verificar si existen requisitos fitosanitarios en el país de destino, en el caso de no existir, deberán establecer un estatus fitosanitario que consiste en la información que detalla la situación sanitaria y fitosanitaria en el Ecuador, para revisión y aprobación del país de destino

1.2.1. PASO 2

1.2.2. OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE PROPIEDAD DE LA MARCA EN EL IEPI: Llenar solicitud en el formato único de registro de signos distintivos y solicitud de pago de tasa de título

1.3. PASO 3

1.3.1. REGISTRO E INSCRIPCIÓN DE EXPORTADOR EN EL MAGAP: Entregar solicitud dirigida al MAGAP. Requisitos: RUC, copia de cédula, constitución de la empresa y nombramiento del representante legal (persona jurídica), título de la propiedad emitido por el IEPI, adjuntar los contratos de compraventa anual de la fruta con el comprador internacional y/o el compromiso de compraventa anual debidamente legitimada. Este registro deberá ser renovado cada 3 años.

1.3.2. PASO 4

1.3.2.1. REGISTRO DE CONTRATO CON PRODUCTORES Y/O COMERCIALIZADORES EN MAGAP: Entregar solicitud dirigida al MAGAP. Requisitos: Tres ejemplares del contrato de compraventa, garantía en base a la proyección de cajas a exportar por precio mínimo de sustentación

1.3.2.2. PASO 5

1.3.2.2.1. PRESENTACIÓN DEL PLAN DE EMBARQUE PROVISIONAL Y DEFINITIVO EN MAGAP: Presentar ante el MAGAP, cuarenta y ocho horas antes del embarque el plan de embarque provisional, el mismo que contendrá el nombre del productor, nombre del predio agrícola, superficie sembrada y la zona que se encuentra ubicada. Dentro de las sesenta y dos horas de efectuado el embarque, el exportador presentaría el plan de embarque definitivo

2. cacao en grano

2.1. PASO 1

2.1.1. VERIFICAR ESTATUS FITOSANITARIO: Verificar si el país de destino ha levantado las restricciones sanitarias de acceso a los productos de origen vegetal ecuatorianos a través del Estatus Fitosanitario. ¿Qué es un Estatus Fitosanitario? Consiste en la información que detalla la situación sanitaria y fitosanitaria del cacao en el Ecuador para revisión y aprobación del país de destino (análisis de riesgo de plagas, métodos de cultivo, etc.).

2.1.2. PASO 2

2.2. REGISTRARSE EN AGROCALIDAD: Solicitar el registro de operador en la página web de Agrocalidad (www.agrocalidad.gob.ec) según si el usuario es Exportador, Productor, Productor - Exportador. DOCUMENTOS REQUERIDOS: RUC, copia de cédula, constitución de la empresa y nombramiento del representante legal (persona jurídica), croquis de ubicación del centro de acopio (exportador) y cultivo (exportador - productor) Factura de pago según la solicitud del registro. El registro tendrá una duración de dos años.

2.2.1. PASO 3

2.3. REGISTRARSE EN AGROCALIDAD: Solicitar el registro de operador en la página web de Agrocalidad (www.agrocalidad.gob.ec) según si el usuario es Exportador, Productor, Productor - Exportador. DOCUMENTOS REQUERIDOS: RUC, copia de cédula, constitución de la empresa y nombramiento del representante legal (persona jurídica), croquis de ubicación del centro de acopio (exportador) y cultivo (exportador - productor) Factura de pago según la solicitud del registro. El registro tendrá una duración de dos años.

2.3.1. PASO 4

2.3.2. SOLICITAR CERTIFICADO FITOSANITARIO: El certificado Fitosanitario se lo requiere por cada exportación y se lo debe solicitar máximo dos días antes del despacho de la misma. Se solicita una inspección o pre-inspección (si el lugar de acopio o cultivo sea fuera del lugar de salida de la carga) esto se realiza en el punto de control (Aeropuertos, Puertos Marítimos, Pasos Fronterizos) o en las coordinaciones provinciales de Agrocalidad en el caso de una pre-inspección. DOCUMENTOS REQUERIDOS: Registro como operador, copia del manifiesto de embarque, factura proforma u otro documento que indique información del envío. En el caso de pre-inspección se emitirá un certificado provisional que se canjeará por el Certificado Fitosanitario en el punto de control. En el caso de una inspección una vez aprobada se otorgará el Certificado Fitosanitario para el envío a realizarse. PASO

3. productos de origen mineral metálicos y no metálicos

3.1. PASO 1

3.1.1. SER SUJETO DE DERECHO MINERO: Es un registro otorgado por el Viceministerio de Minas del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables para todo actor del ámbito minero.

3.1.2. PASO 2

3.2. OBTENER TÍTULO DE CONCESIÓN MINERA: Toda persona natural o jurídica, que sea Sujeto de Derecho Minero, puede solicitar un Título de Concesión Minera (permiso para exportación minera) y exportar libremente el producto de su explotación.

3.2.1. PASO 3

3.2.2. SOLICITAR LICENCIA DE COMERCIALIZACIÓN: Toda persona natural o jurídica que sea sujeto de Derecho Minero, que no posea un título de Concesión Minera y desee exportar minerales metálicos y no metálicos requiere de una Licencia de Comercialización emitida por el Viceministerio de Minas. Duración: 3 años.

3.3. PASO 4

3.3.1. REGISTRAR ACTIVIDADES: Toda persona natural o jurídica que posea una Licencia de Comercialización emitida por el Viceministerio de Minas debe registrarse en la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) para fines estadísitcos y de control

4. Productos forestales maderables y no maderables

4.1. PASO 1

4.1.1. Como requisito previo el proveedor de la madera debe contar con una Licencia de Aprovechamiento Forestal, para lo cual se debe registrar en el Sistema de Administración Forestal SAF

4.2. PASO 2

4.2.1. Solicitud de Aprobación de Programas de corta para Plantaciones, Regeneración Natural o Agroforestería por parte del Ejecutor en el SAF Una vez completado todos los datos, debe imprimir la solicitud de programa, y entregarla en la oficina técnica de la respectiva provincia con todos los documentos habilitantes (la revisión dura aproximadamente 48 horas).

4.2.2. PASO 3

4.3. Posterior a la aprobación, la oficina técnica del Ministerio del Ambiente procede a otorgar la Licencia de Aprovechamiento Forestal, cuyo costo es de USD $ 5 y tiene vigencia de 1 año; adicionalmente la oficina técnica otorga especies valoradas en donde se imprimirá las Guías de Movilización, cuyo costo es de USD $ 1 cada una. En caso de ser bosque nativo, se debe pagar adicionalmente USD $ 3,00 por metro cúbico de madera en pie.

4.3.1. PASO 4

4.3.1.1. Una vez obtenida la Licencia de Aprovechamiento Forestal y las especies valoradas, el SAF genera la Guía de Movilización, la cual se debe imprimir en cada especie valorada. Este documento permitirá movilizar la madera desde la plantación o el lugar de origen, hasta el puerto o el lugar de destino dentro del país. Cada unidad de transporte debe tener su guía de movilización, sin enmendadura alguna. PASO

4.3.1.1.1. PASO 5

5. origen animal

5.1. PASO 1

5.1.1. VERIFICAR ESTATUS ZOOSANITARIO: Verificar si el país de destino ha levantado las restricciones sanitarias de acceso del producto animal Ecuatoriano a través del Estatus Zoosanitario

5.1.2. PASO 2

5.2. ENTREGAR SOLICITUD DE REGISTRO DE OPERADOR: Exportador, Exportador Productor, Productor. Duración: 2 años. REQUISITOS: RUC, copia de cédula, constitución de la empresa y nombramiento del representante legal (persona jurídica), croquis de ubicación de la granja o cría (exportador – productor).

5.2.1. PASO 3

5.2.2. APROBAR INSPECCIÓN DE REGISTRO: Agrocalidad realiza una inspección según la información detallada en el formulario para aprobación o rechazo del mismo. En esta inspección, los técnicos de Agrocalidad verifican si la granja, cría o instalación cumple con los estándares del país de destino y normas sanitarias del Ecuador.

5.3. PASO 4

5.3.1. SOLICITAR CERTIFICADO ZOOSANITARIO: Previo al embarque del producto, el exportador debe acercarse a Agrocalidad para solicitar la emisión del Certificado Zoosanitario del producto animal a exportar. Este proceso involucra una pre-inspección del producto en el establecimiento antes que este se dirija al puerto, aeropuerto o puesto fronterizo.

5.3.2. Employee

6. Productos metalmecánicos

6.1. PASO 1

6.1.1. Contar con el Registro Único del Contribuyente (RUC), otorgado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Indicando la actividad económica de Exportación que va a desarrollar

6.1.1.1. PASO 2

6.1.1.1.1. Obtener la firma digital o TOKEN, Banco Central del Ecuador o Security Data Procedimiento

7. Bienes culturales y no patrimoniales

7.1. CONOCIMIENTO

7.1.1. PATRIMONIO CULTURAL: Es el conjunto de bienes culturales que constituyen la expresión de una cultura o sociedad, por lo tanto se destacan por ser ÚNICOS y son dignos de ser conservados por las naciones y los pueblos para el disfrute de las posteriores generaciones. Estos bienes culturales son las huellas materiales de nuestra IDENTIDAD. Estos bienes están tipificados en el Art. 7 de la Ley de Patrimonio Cultural y por lo tanto no pueden ser comercializados hacia el exterior.

7.1.1.1. COMERCIALIZACIÓN

7.1.1.1.1. PARA COMERCIALIZACIÓN: Las copias o reproducciones de productos u objetos del Patrimonio Cultural pueden salir del país y ser comercializados una vez que se cumpla la normativa legal vigente. Para ello los productores deben solicitar al INPC una inspección técnica que tiene como fin autorizar la salida de este tipo de productos y así evitar las detenciones por parte de las autoridades de control en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos. La inspección técnica garantiza que los bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación NO salgan de país de manera ilegal. Para mayor seguridad los técnicos del INPC una vez terminada la verificación de los productos culturales a ser exportados, colocan sobre los sistemas de embalaje cintas adhesivas y sellos holográficos de seguridad. La autorización emitida por el INPC es el único documento habilitante para la salida o exportación al exterior de este tipo de productos, y debe ser presentado como documento de acompañamiento en el trámite aduanero.

8. Acuacultura y pesca

8.1. PASO 1

8.1.1. OBTENER AUTORIZACIÓN EN EL MAGAP: 1) Acuerdo Ministerial (autorización para exportar otorgada por la Subsecretaría de Pesca o Acuacultura), 2) Acta de Producción Efectiva (inspección del establecimiento por parte de la Subsecretaría de Pesca o Acuacultura).

8.1.1.1. PASO 2

8.1.1.1.1. OBTENER AUTORIZACIÓN EN EL MAGAP: 1) Acuerdo Ministerial (autorización para exportar otorgada por la Subsecretaría de Pesca o Acuacultura), 2) Acta de Producción Efectiva (inspección del establecimiento por parte de la Subsecretaría de Pesca o Acuacultura).

9. Productos de origen vegetal frescos y congelados

9.1. PASO 1

9.1.1. VERIFICAR ESTATUS FITOSANITARIO: Verificar si el país de destino ha levantado las restricciones sanitarias de acceso al producto de origen vegetal ecuatoriano a través del Estatus Fitosanitario

9.1.1.1. PASO 2

9.1.1.1.1. REGISTRO EN AGROCALIDAD: Solicitar el registro de operador en la página web de Agrocalidad DOCUMENTOS REQUERIDOS: RUC, copia de cédula, constitución de la empresa, nombramiento del representante legal (persona jurídica), croquis de ubicación del centro de acopio (exportador) y cultivo (exportador - productor) Factura de pago según la solicitud de registro.

10. Vida silvestre

10.1. PERMISO DE EXPORTACIÓN PARA FINES CIENTÍFICOS: Consiste en la exportación de elementos vegetales o animales provenientes de la vida silvestre para realizar pruebas en laboratorios con fines científicos o de investigación

10.1.1. PERMISO DE EXPORTACIÓN DE ANIMALES SILVESTRES DE COMPAÑÍA: Estos permisos se otorgan solo a los propietarios que pueden justificar legalmente el origen y propiedad de los animales silvestres de compañía.

10.1.1.1. PERMISO DE EXPORTACIÓN COMERCIAL: Estos permisos exigen la implementación de un vivero o zoocriadero. Un vivero o zoocriadero es la reproducción artificial de vegetales y animales, respectivamente, sin intervenir en la vida silvestre. La producción proveniente de viveros y zoocriaderos se puede exportar. Ejemplo: Orquídeas, guantas, ranas, etc. Las listas de especies protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES

10.1.1.1.1. PERMISO DE EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS CON ELEMENTOS CONSTITUTIVOS SILVESTRES: Estos permisos se otorgan cuando un producto terminado posee un elemento constitutivo que exige control y regulación del Ministerio de Ambiente. Ejemplo: Zapatos hechos con piel de caimán, etc.

11. FLORES

11.1. PASO 1

11.1.1. VERIFICAR ESTATUS FITOSANITARIO: Verificar si el país de destino ha levantado las restricciones sanitarias de acceso a los productos de origen vegetal ecuatorianos a través del Estatus Fitosanitario

11.1.1.1. PASO 2

11.1.1.1.1. REGISTRO EN AGROCALIDAD COMO OPERADOR DE EXPORTACIÓN: Solicitar el registro de operador en la página web de Agrocalidad (www.agrocalidad.gob.ec) según si el usuario es Productor, Productor - Exportador, Exportador, Comercializador, Acopiador. DOCUMENTOS REQUERIDOS: RUC, copia de cédula, constitución de la empresa, nombramiento del representante legal (persona jurídica), croquis de ubicación del centro de acopio (exportador) y cultivo (exportador - productor) Factura de pago según la solicitud de registro.

12. Productos metalmecánicos

12.1. PASO 1

12.1.1. Contar con el Registro Único del Contribuyente (RUC), otorgado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Indicando la actividad económica de Exportación que va a desarrollar.

12.1.1.1. PASO 2

12.1.1.1.1. Obtener la firma digital o TOKEN, Banco Central del Ecuador o Security Data Procedimiento