Duración de la relación de trabajo

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Duración de la relación de trabajo by Mind Map: Duración de la relación de trabajo

1. 39º

1.1. Vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, relación prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia

1.1.1. A

1.1.1.1. Trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan 180 días

1.1.1.1.1. Podrá establecerse un periodo a prueba, el cual no podrá exceder de 30 días

1.1.2. B

1.1.2.1. Relación de trabajo para capacitación inicial

1.1.2.1.1. Un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado.

1.1.3. C

1.1.3.1. Relación de trabajo con periodo a prueba o de capacitación inicial, se hará constar por escrito garantizando la seguridad social del trabajador; en caso contrario se entenderá que es por tiempo indeterminado, y se garantizarán los derechos de seguridad social del trabajador

1.1.4. D

1.1.4.1. Los periodos a prueba y de capacitación inicial son improrrogables

1.1.4.1.1. Dentro de una misma empresa o establecimiento, no podrán aplicarse al mismo trabajador en forma simultánea o sucesiva periodos de prueba o de capacitación inicial

1.1.4.1.2. No en más de una ocasión, ni tratándose de puestos de trabajo distintos, o de ascensos, aun cuando concluida la relación de trabajo surja otra con el mismo patrón

1.1.5. E

1.1.5.1. Cuando concluyan los periodos a prueba o de capacitación inicial y subsista la relación de trabajo

1.1.5.1.1. Se considerará por tiempo indeterminado y el tiempo de vigencia de aquellos se computará para efectos del cálculo de la antigüedad.

1.1.6. F

1.1.6.1. Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando:

1.1.6.1.1. Los trabajadores tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporción al tiempo trabajado en cada periodo.

2. 40

2.1. Los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año

3. 41º

3.1. La substitución de patrón no afectará las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento.

3.1.1. patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley,

3.1.1.1. Nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de 6 meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón.

3.1.1.1.1. se contará a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la substitución al sindicato o a los trabajadores.

4. 35º

4.1. obra o tiempo determinado

4.2. Temporada

4.3. Tiempo indeterminado

4.3.1. Estipulado

4.3.2. No estipulado

5. 36º

5.1. Señalamiento Obra determinada

5.1.1. Estipulada

5.1.1.1. Si lo exige la naturaleza

6. 37º

6.1. Señalamiento tiempo determinado

6.1.1. Exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar

6.1.2. Objeto: substituir temporalmente a otro trabajador

6.1.3. Casos previstos por la ley

7. 38º

7.1. Explotación de minas que carezcan de minerales costeables o para la restauración de minas abandonadas o paralizadas

7.1.1. Tiempo u obra determinada

7.1.2. Inversión de capital determinado