Principios, deberes y prohibiciones Éticos.

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Principios, deberes y prohibiciones Éticos. by Mind Map: Principios, deberes y prohibiciones Éticos.

1. Principios

2. Deberes

3. Probidad: Actuar con honradez, integridad, rectitud, respeto y sobriedad.

4. No hay discriminación por motivos de nacionalidad, raza, sexo, religión, ideología, opinión política, condición social o económica.

5. Imparcialidad Actuar con objetividad y sin designio anticipado a favor o en contra de alguien, que permite juzgar o proceder con rectitud.

6. Justicia Cumplir las funciones del cargo, otorgando al público, a los superiores, a los subordinados y al Estado lo que les es debido, según derecho o razón.

7. Confidencialidad Guardar reserva sobre hechos o información sobre el tema, con el fin de tratar con motivo del ejercicio de sus funciones y no utilizarla para fines privados.

8. Responsabilidad Disposición y diligencia en el cumplimiento de los actos del servicio, la función de las tareas encomendadas en la posición o el puesto que se ocupa y la disposición para rendir cuentas y asumir las consecuencias de la conducta pública inadecuada o el incumplimiento de sus obligaciones.

9. Disciplina Observar estrictamente el cumplimiento de las normas administrativas, el respeto y la asistencia, los horarios y la vocación de servicio, la atención con la responsabilidad y las cortesías, las respuestas, quejas y reclamos del público y los compañeros de trabajo y superiores, así como contestarlas en forma pronta y oportuna .

10. Leyenda Conocer y actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que tienen las atribuciones y el acuerdo con los fines para los que han sido conferidas.

11. Lealtad Actuar con fidelidad y respeto a la persona humana, como origen y fin de la actividad del Estado, también con la institución, jefes, compañeros, subordinados, dentro de los límites de las leyes y la ética.

12. Decoro: Actuar con honor, respeto y debida atención para los ciudadanos que demanden de algún servicio u orientación que esté bajo su responsabilidad, manteniendo, en todo momento, la compostura y respetando las reglas de urbanidad y buena educación.

13. Eficiencia y eficacia Cumplir programas y tareas propias de la carga y lograr los objetivos del menor costo para el público y la institución, evitando demoras y atrasos en el trabajo y el logro efectivo de las tareas encomendadas, así como para administrar los recursos evitando el despilfarro.

14. Rendición de cuentas Rendir cuentas ante la autoridad competente y ante el público cuando el caso, el uso y la administración de los bienes públicos a su carga, por una misión u objetivo encargado.

15. Los deberes éticos, se encuentran regulados en el art. 5.- Ley de Ética Gubernamental, el cual dice: Toda persona sujeta a esta Ley debe cumplir con las siguientes deberes éticos:

16. b) Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en esta Ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública.

17. c) Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés.

18. Ejemplo: La cero discriminatorio, ya sea su cultura raza o religión, el trabajador o funcionario publico actuara con total amabilidad y respeto ante cualquier persona, un casos seria un medico no tiene porque no brindar sus servicio a una persona solo por ser de x religion o raza.

19. Ejemplo: los fondos, bienes y/o recursos públicos serán utilizados únicamente con el fin de cumplir los deberes institucionales, un caso seria utilizar los vehículos de la alcaldía para trabajos de limpieza de la comuna.

20. Prohibiciones

21. a) Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.

22. a) Solicite o acepte, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a que perciba por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones .

23. Solicite o acepte, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que se percibe el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en la razón de la carga. esta ley, con la finalidad de que se haga, haga clic, retire o deje de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

24. c) Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario, excepto que expresamente permita el ordenamiento jurídico.

25. d) Desempeñar automáticamente dos o más cargos o empleos en el sector público o la incompatibilidad entre sí.

26. e) Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.

27. Solicitar o aceptar un deposito de efectivo por cualquier servicio, ya que la persona en cuestion no debe de recibir o pedir cualquier tipo de monetizacion por parte de la población, un caso seria un medico de hospital publico no tiene porque exigir a una persona particular dinero.