1. Efectos jurídicos del incumplimiento de una obligación
1.1. En caso de que exista una obligación y esta no se cumpla, la persona obligada tendrá que cubrir el monto en dinero de los daños y prejuicios que se hayan causado al acreedor a partir del incumplimiento inicial.
1.1.1. Si no se llevaron a tiempo: se incurre en lo que es mora, un retraso. El obligado tendrá que pagar los daños causados por el retraso.
1.1.2. Si no se cumple correctamente o no se cumple en su totalidad: el obligado tendrá que pagar los años al acreedor pero los montos tienden a ser aún mucho más mayores.
1.2. Daño: es el menoscabo o deterioro en el objeto o en el funcionamiento. Prejuicio: consecuencias derivadas del incumplimiento de la obligación.
2. Fromas de extinción de las obligaciones
2.1. Las obligaciones se extinguen, se terminan o se culminan por: pago o por cumplimiento, donación en pago, compensación, confusión, novación, remisión y renuncia, prescripción negativa, caducidad, transacción, término extintivo y obligación natural.
2.1.1. Es importante saber la más simple y común, el pago, que es cuando ya se realizo y el deudor no le debe nada al acreedor.
3. Modalidades de las obligaciones
3.1. Obligaciones a término: se crea la obligación y en ese momento el acreedor y el deudor la conocen y desde ese momento que queda pactada ya se puede exigir.
3.2. Obligaciones condicionales: se cumplen o no dependiendo de una condición que puede llegar o no a ocurrir.
3.3. Obligaciones conjuntivas: el deudor se ha obligado a cumplir más de una obligación al mismo tiempo y con el mismo acreedor. Pueden ser homogéneas (del mismo tipo) o heterogéneas (de distinto tipo).
3.4. Obligaciones alternativas: el deudor tiene una obligación pero que se puede cumplir de una u otra forma.
3.5. Obligaciones facultativas: de las posibilidades de cumplimiento solo una está determinada por el acreedor y por otro lado el deudor tiene la facultad de elegir como cumplir con la obligación.
3.6. Obligaciones mancomunadas: existen más de un deudor para una sola obligación, pero a prorrata, que significa que se divide entre el número de deudores.
3.7. Obligaciones solidarias: existen varios deudores para una sola obligación pero son solidarios, lo que significa que el acreedor exige a cualquiera de los deudores el total de la obligación y luego el arregla el pago con los otros deudores que era parte que no debía pagar.
4. Fuentes de las obligaciones
4.1. Convenio: acuerdo de voluntades entre dos o más personas para generar un acuerdo que involucra derechos y obligaciones a cada parte. Convenio: sirve para modificar obligaciones, no las crea, solo las edita de acuerdo a lo querido por las partes.
4.2. Declaración unilateral de la voluntad: cualquier ofrecimiento público que se haga, se está obligado a cumplir. Sólo la cumple una de las partes.
4.3. Enriquecimiento ilegítimo: una persona paga a otra por error sin intención de equivocarse, una cantidad de dinero que no tenía por qué pagarle. La persona que lo recibe por error está obligada a devolver el dinero.
4.4. La gestión de negocios: el mandante no otorga poder directo y específico al mandatario, sino que este realizó las actividades en favor del necesitado o que requería esa función en su favor.
4.5. Responsabilidad objetiva: la obligación de reparar el daño cuando se den 4 elementos: la utilización de cosas peligrosas, la existencia de un daño, una relación causa-efecto entre ambos y que no exista culpa o negligencia de la víctima.
5. Concepto de obligación
5.1. Relación jurídica en la cual un deudor debe a hacer algo en favor de la otra parte: el acreedor.
5.1.1. Las personas dentro de una obligación jurídica se denominan como deudor y acreedor o pueden ser ambos en ciertas ocasiones.
5.1.2. El objeto de la obligación es a qué se encuentra obligado en deudor y qué puede exigir el acreedor. Estas a su vez se dividen en: de dar, de hacer o de no hacer.
5.1.3. El pago: la contraprestación en dinero, que se da a cambio del cumplimiento de una obligación.