NEOCONSTITUCIONALISMO

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NEOCONSTITUCIONALISMO by Mind Map: NEOCONSTITUCIONALISMO

1. Marco Histórico: Constituciones Europeas

1.1. Constitución Alemana de 1949

1.1.1. Tribunal Constitucional Federal (1951)

1.1.1.1. Ley de Bonn

1.2. Constitución Italiana de 1947

1.2.1. Corte Constitucional (1956)

1.3. Constitución Portuguesa de 1976

1.4. Constitución Española 1978

2. LATINOAMERICANO

2.1. Marco Histórico:: Reformas Constitucionales del finales del Siglo XX. En algunos casos modificaciones parciales y en otros verdaderos procesos constituyentes.

2.1.1. Colombia 1991

2.1.2. Argentina 1994

2.1.3. Venezuela 1999

2.1.4. Ecuador 2008

2.1.5. Bolivia 2009

2.2. Almas Constitucionales

2.2.1. Cuestión Social: Declaraciones de derechos generosas, robustas y amplias (genero, derechos indígenas y multiculturales)

2.3. Centra su preocupación en la "Legitimidad Democratica de la Constitución"

2.3.1. Descriptiva: Concepciones restrictivas sobre la democracia

2.4. Rasgos Formales Fundamentales

2.4.1. Legitimidad democratica de la Constitución

2.4.2. Reconocimiento amplio de derechos

2.4.3. Predominio absoluto del poder constituyente sobre los poderes constituidos

2.5. Funda su legitimidad en procesos constituyentes populares y contienen normas que buscan la inclusión de los grupos sociales vulnerables

3. EUROPEO

3.1. ALEMANIA

3.1.1. Bundesver-fassungsgericht (Tribunal Constitucional- Forma parte del Poder Judicial)

3.1.1.1. 2 salas

3.1.1.1.1. 8 jueces cada sala, no mayores a 68 años de edad

3.1.1.1.2. Un presidente y un vicepresidente

3.1.1.2. Competencias

3.1.1.2.1. Control de Constitucionalidad de las leyes

3.1.1.2.2. Protección de los Derechos Fundamentales

3.1.1.2.3. Resolución de conflictos entre el Bund y los Lander, y entre órganos del Estado

3.1.1.2.4. Otras competencias; como resolver las acusaciones en contra del Presidente de la República

3.1.1.3. Sistema de Control Monopolico

3.1.1.4. Efectos de las sentencias

3.1.1.4.1. Erga omnes

3.2. FRANCIA

3.2.1. Consejo Constitucional

3.2.1.1. Integración

3.2.1.1.1. 9 miembros + los Ex-presidentes de las República, quienes serán miembros vitalicios

3.2.1.1.2. 9 años en el cargo

3.2.1.1.3. No reelección

3.2.1.1.4. Renueva por tercios, cada 3 años

3.2.1.1.5. 3 miembros nombrados por el Presidente de la República, 3 por el Presidente del Senado y 3 por el Presidente de la Asamblea Nacional

3.2.1.2. Clases de Control Constitucional

3.2.1.2.1. Obligatorio

3.2.1.2.2. A requerimientos de Legitimados Activos

3.2.1.3. Efectos de las sentencias

3.2.1.3.1. Erga omnes

3.2.1.4. Competencias

3.2.1.4.1. Control de Constitucionalidad de las Leyes

3.3. ITALIA

3.3.1. Tribunal Constitucional (No forma parte del Poder Judicial)

3.3.1.1. Integración

3.3.1.1.1. 15 miembros y 1 Presidente electro dentro de los mismos miembros

3.3.1.1.2. 9 años en el cargo

3.3.1.1.3. No reelección

3.3.1.1.4. 5 miembros designados por el Presidente de la República, otros 5 por el Parlamento y los últimos 5 nombrados por las supremas magistraturas ordinaria y administrativas

3.3.1.2. Competencias

3.3.1.2.1. Sobre las controversias de legitimidad constitucional de las leyes y delos actos, con fuerza de ley, del Estado y de las Regiones

3.3.1.2.2. Sobre los conflictos de competencia entre los poderes del Estado y sobre los que surjan entre el Estado y las Regiones y los de las Regiones entre sí

3.3.1.2.3. Sobre las acusaciones promovidas contra el Presidente de la República, conforme a las normas de la Constitución

3.3.1.3. Sistema de Control Monopolico

3.3.1.4. Efectos de las Sentencias

3.3.1.4.1. Erga omnes

3.3.1.4.2. Jurisprudencia Constitucional de Orientación

3.4. PORTUGAL

3.4.1. Tribunal Constitucional de Portugal (Funciones Abril, 1983)

3.4.1.1. Integración

3.4.1.1.1. 13 jueces y 1 Presidente electro de entre sus miembros. 6 jueces deben venir de los demás tribunales y 7 miembros debe ser juristas

3.4.1.1.2. 10 jueces designados por la Asamblea de la República y los 3 restantes por los 10 antes nombrados

3.4.1.1.3. 9 años en el cargo

3.4.1.1.4. No reelección

3.4.1.2. Competencias

3.4.1.2.1. Administrar justicia en materias de naturaleza jurídico-constitucional

3.4.1.2.2. Control Constitucional y de Legalidad

3.4.1.3. Efectos de las Sentencias

3.4.1.3.1. En caso de control concreto

3.4.1.3.2. Inconstitucionalidad de una norma contenida en un acuerdo internacional

3.4.1.3.3. Inconstitucionalidad de una norma contenida en un tratado

3.4.1.4. Sistema de Control Constitucional No Monopolico

3.4.1.4.1. El control es ejercido tanto por el Tribunal (control concreto o abstracto) como por los tribunales ordinarios (control concreto)

4. Caracteristicas (Sanchís):

4.1. Predominio de los principio sobre las reglas

4.2. Empleo frecuente de la técnica de la ponderación en detrimento de la subsunción

4.3. Presencia relevante y activa de los jueces por encima de los legisladores

4.4. Reconocimiento del pluralismo valorativo en oposición a lo que sería un ahonogeneidad ideológica

4.5. Constitucionalismo invasivo que penetra en todas las áreas del derecho

5. En México:

5.1. Reforma constitucional (Junio 10, 2011)

5.1.1. Derechos Humanos

5.1.2. Ampliación de la procedencia del Juicio de Amparo

5.2. Caracteristicas:

5.2.1. Incorporación de una Constitución rígida, que incluye derechos fundamentales

5.2.2. Garantia jurisdiccional de la supremacia constitucional

5.2.3. Fuerza vinculante de la Constitución (conjunto de normas preceptivas)

5.2.4. Sobreinterpretación de la Constitución

5.2.5. Aplicación directa de normas constitucionales, que tambien se aplican a las relaciones entre particulares

5.2.6. Influencia de la Constitución sobre las relaciones políticas

6. Marco Filosífico:

6.1. Iusnaturalismo

6.2. Positivismo

7. Modelo Democrativo Constitucional

7.1. Derechos políticos

7.2. Derechos sociales

7.3. Derechos fundamentales

7.3.1. Libertades: personal, de pensamiento, de reunión y de asociación