Principios, deberes y prohibiciones éticas

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Principios, deberes y prohibiciones éticas by Mind Map: Principios, deberes y  prohibiciones éticas

1. Principios Éticos

1.1. Según el art. 4 de la Ley de Ética Gubernamental nos dice: La actuación de las personas sujetas a esta Ley debe regirse por la siguiente :

1.1.1. Supremacía del Interés Público

1.1.1.1. El interés público siempre debe de ser primero, antes que el interés privado.

1.1.2. Probidad

1.1.2.1. En nuestra vida cotidiana debemos de ser íntegros, honrados y actuar con rectitud.

1.1.3. Igualdad

1.1.3.1. Atender por igualdad en condiciones similares a todas las personas.

1.1.4. Justicia

1.1.4.1. Cumplir y juzgar respetando la verdad para dar a cada quien lo que le corresponde.

1.1.5. Transparencia

1.1.5.1. Demostrar que todo lo que se realiza esta apegado a la ley, a la eficacia, a la eficiencia y la responsabilidad; dando accesibilidad a todas las personas naturales o jurídicas que estén interesadas.

1.1.6. Rendición de Cuentas

1.1.6.1. Dar a todas las personas la información sobre todos los recursos del Estado utilizados.

1.1.7. Eficacia

1.1.7.1. Capacidad de utilizar los recursos del Estado de manera eficiente.

1.1.8. Eficiencia

1.1.8.1. Realizar o cumplir perfectamente los objetivos al menor costo posible.

1.1.9. Lealtad

1.1.9.1. Actuar con respeto y ser fiel con el Estado, igualmente con la institución donde se labora.

2. Deberes Éticos

2.1. 1) Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.

2.1.1. Explicación

2.1.1.1. Los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados se utilizan con el fin de cumplir con su designación en las diferentes áreas .

2.2. 2) Denunciar ante el Tribunal de Ética, Gubernamental o ante la Comisión de Ética, el Gobierno respetuoso, las supuestas violaciones a los requisitos o prohibiciones éticas contenidas en esta Ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública

2.2.1. Explicación

2.2.1.1. las leyes encargadas, las violaciones en los requisitos o las prohibiciones éticas que están declaradas en la ley.

2.2.1.1.1. Ejemplo

2.3. 3) Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los que se encuentre, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, conviértase en conflicto de interés.

2.3.1. Explicación

2.3.1.1. Evitar la intervención o la participación en asuntos relacionados con la cuestión de tener algún conflicto de intereses.

3. Prohibiciones Éticas

3.1. Según el art. 6 de la Ley de Ética Gubernamental nos dice: Son prohibiciones éticas para las personas sujetas a esta Ley:

3.1.1. 1) Prevalerse del cargo para hacer política partidista.

3.1.1.1. Explicación

3.1.1.1.1. No aprovecharse del cargo para realizar actos partidistas.

3.1.2. 2)Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario

3.1.2.1. Explicación

3.1.2.1.1. No se pueden utilizar los muebles o los inmuebles de una publicación institucional para beneficiarse de un partidario.

3.1.3. 3) Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de la nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada.

3.1.3.1. Explicación

3.1.3.1.1. Esta prohibido negar la prestación de un servicio, el cual la persona tiene derecho a recibirlo.

3.1.4. 4) Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que corresponda según sus funciones. Se entiende por retardo cuando una persona está sujeta a la aplicación de esta Ley difiere, detiene, entorpece o dilata la prestación de los servicios, los trámites y los servicios no se atienden en la ley, en los parámetros ordinarios establecidos en la institución pública o, en su defecto, no lo haga en un tiempo razonable.

3.1.4.1. Explicación

3.1.4.1.1. Se prohíbe que las prestaciones de los servicios se han definido sin ningún motivo legal.

3.1.5. 5) Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde tiene autoridad, un cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley.

3.1.5.1. Explicación

3.1.5.1.1. Esta prohibido nombrar, contratar, promover o ascender parientes dentro de una institución pública, excepto las cosas que permiten la ley.

3.1.6. 6) Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, o menoscaben la imparcialidad o provocar un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.

3.1.6.1. Explicación

3.1.6.1.1. Está prohibido tener un empleo y ya está en el ámbito privado, en el cual se presentan conflictos en el desempeño de una función pública.

3.1.7. 7) Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de trabajos para que realicen actividades que no sean las que se requieren para cumplir con los fines institucionales.

3.1.7.1. Explicación

3.1.7.1.1. Exigir o solicitarles a que los empleados realicen otras actividades a las que no estén establecidas a sus funciones.