Delitos ambientales en el Perú

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Delitos ambientales en el Perú by Mind Map: Delitos ambientales en el Perú

1. Delitos de contaminación ambiental, “alterar nocivamente la pureza o las condiciones normales de una cosa o un medio por agentes químicos o físicos”

1.1. CONTAMINACIÓN DEL AMBIENTE.- El que, infringiendo leyes, reglamentos o LMP, provoque o realice descargas, emisiones, emisiones de gases tóxicos, emisiones de ruido, filtraciones, vertimientos o radiaciones contaminantes, en la atmósfera, el suelo, el subsuelo, las aguas terrestres, marítimas o subterráneas, que cause o pueda causar perjuicio, alteración o daño grave al ambiente o sus componentes, la calidad ambiental o la salud ambiental, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 4 años ni mayor de 6 años y con 100 a 600 días-multa.

1.2. Residuos sólidos. El art. 307 tipifica el delito de “Tráfico ilegal de residuos peligrosos”. En Lugar de imprimación, DEBEMOS hijo entendre Que Residuos Sólidos Peligrosos Aquellos Que, Por Sus Características o el Manejo Al Que Son o van un sometidos Ser, representan ONU Riesgo significativo para la Salud o el ambiente

1.3. Minería ilegal, el que realice actividad de exploración, extracción, explotación u otro acto similar de recursos minerales metálicos y no metálicos sin contar con la autorización de la entidad administrativa competente que cause o pueda causar perjuicio, alteración o daño al ambiente y sus componentes, la calidad ambiental o la salud ambiental, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años y con 100 a 600 días-multa.

2. Delitos contra los recursos naturales

2.1. Delitos contra la flora y fauna silvestre

2.1.1. El art. 308-C sanciona la depredación de la flora o fauna silvestre, entendiendo por depredación la caza, captura, recolección, extracción o posesión de los mismos sin contar con el permiso correspondiente. El agente recibe la sanción de 3 a 5 años de pena privativa de la libertad. El art. 308-D sanciona lo mismo que el tráfico ilegal de especies genéticas, es decir, que se realiza sin contar con la licencia necesaria para cada caso. Se dice que también se está trabajando de manera ilegal.

2.2. Delitos contra los bosques

2.2.1. El art. 310 tipifica el delito contra los bosques y las formaciones boscosas, sancionando con 4 a 6 años de pena privativa de la libertad, que se destruye, quema, daña o tala, bosques o formaciones boscosas, sin tener que contar con la autorización que corresponda. Como apreciamos, es un delito de resultado, esta vez que tenemos que dar una de esas cuatro acciones: destruir, quemar, dañar y / o talar.

2.3. Uso indebido de tierras agrícolas,

2.3.1. La información que se debe hacer para poder determinar la comisión del delito de “uso indebido de tierras agrícolas”, previsto y penado por el art. 311 del Código Penal, consistente en usar, con fines de expansión urbana, tierras clasificadas como agrícolas, sin contar con la autorización respectiva. Se cuenta también con otros usos, como la extracción de material de construcción, la regulación de la pena para el agente en 2 y 4 años de privativa de la libertad.

2.4. Alteración del ambiente o paisaje

2.4.1. El art. 313 del Código Penal tipifica el delito de alteración del ambiente o paisaje