ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

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ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL by Mind Map: ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

1. 11) CONSISTENCIA Ante la existencia de operaciones similares en un ente público, debe corresponder un mismo tratamiento contable, el cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie la esencia económica de las operaciones.

2. 10) DUALIDAD ECONÓMICA El ente público debe reconocer en la contabilidad, la representación de las transacciones y algún otro evento que afecte su situación financiera, su composición por los recursos asignados para el logro de sus fines y por sus fuentes, conforme a los derechos y obligaciones.

3. 9) VALUACIÓN Todos los eventos que afecten económicamente al ente público deben ser cuantificados en términos monetarios y se registrarán al costo histórico o al valor económico más objetivo registrándose en moneda nacional.

4. 8) DEVENGO CONTABLE Los registros contables de los entes públicos se llevarán con base acumulativa. El ingreso devengado, es el momento contable que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes públicos.

5. 7) CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Los estados financieros de los entes públicos deberán presentar de manera consolidada la situación financiera, los resultados de operación, el flujo de efectivo o los cambios en la situación financiera y las variaciones a la Hacienda Pública, como si se tratara de un solo ente público.

6. POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL (PBCG) Son los elementos fundamentales que configuran el Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), teniendo incidencia en la identificación, el análisis, la interpretación, la captación, el procesamiento y el reconocimiento de las transformaciones, transacciones y otros eventos que afectan el ente público.

7. El órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad es el Consejo Nacional de Armonización (CONAC), el cual tiene como objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que se aplicarán los entes públicos, las fórmulas y los requisitos. propuestas por el Secretario Técnico.

8. 6) REGISTRO E INTEGRACIÓN PRESUPUESTARIA La información presupuestaria de los entes públicos se integra en la contabilidad en los mismos términos que se presentan en la ley de Ingresos y en el Decreto del Presupuesto Egreso, de acuerdo a la naturaleza económica que le corresponda.

9. 5) IMPORTANCIA RELATIVA La información debe mostrar los aspectos importantes de la entidad que fueron reconocidos contablemente.

10. 4) REVELACIÓN SUFICIENTE Los estados y la información financiera deben mostrar amplia y claramente la situación financiera y los resultados del ente público.

11. 3) EXISTENCIA PERMANENTE La actividad del ente público se establece por tiempo indefinido, salvo disposición legal en la que se especifique lo contrario.

12. 2) ENTES PÚBLICOS Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.

13. 1) SUSTANCIA ECONOMICA Es el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente al ente público y delimitan la operación del Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG).