Ley 1014 de 2006 "Fomento a la cultura del emprendimiento"

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Ley 1014 de 2006 "Fomento a la cultura del emprendimiento" by Mind Map: Ley 1014 de 2006 "Fomento a la cultura del emprendimiento"

1. Capitulo I

1.1. Disposiciones generales

1.1.1. Articulo 1

1.1.1.1. Definiciones

1.1.1.1.1. Cultura: Conjunto de valores, creencias, ideologías, hábitos, costumbres y normas, que comparten los individuos en la organización y que surgen de la interrelación social

1.1.1.1.2. Emprendedor: persona con capacidad de innovar

1.1.1.1.3. Emprendimiento: Una manera de pensar y actuar orientada hacia la creación de riqueza.

1.1.1.1.4. Empensarialidad: Despliegue de la capacidad creativa de la persona sobre la realidad que le rodea.

1.1.1.1.5. Formación para el emprendimiento: busca el desarrollo de la cultura del emprendimiento con acciones que buscan entre otros la formación en competencias

1.1.1.1.6. Planes de negocios: documento escrito que define claramente los objetivos de un negocio y describe los métodos que van a emplearse para alcanzar los objetivos.

1.1.2. Articulo 2

1.1.2.1. Objeto de la ley

1.1.2.1.1. a) Promover el espíritu emprendedor en todos los estamentos educativos del país

1.1.2.1.2. b) Disponer de un conjunto de principios normativos que sienten las bases para una política de Estado y un marco jurídico e institucional,

1.1.2.1.3. c) Crear un marco interinstitucional que permita fomentar y desarrollar la cultura del emprendimiento y la creación de empresas

1.1.2.1.4. d) Establecer mecanismos para el desarrollo de la cultura empresarial y el emprendimiento

1.1.2.1.5. e) Crear un vínculo del sistema educativo y sistema productivo nacional mediante la formación en competencias

1.1.2.1.6. f) Inducir el establecimiento de mejores condiciones de entorno institucional para la creación y operación de nuevas empresas

1.1.2.1.7. g) Propender por el desarrollo productivo de las micro y pequeñas empresas innovadoras

1.1.2.1.8. h) Promover y direccionar el desarrollo económico del país impulsando la actividad productiva

1.1.2.1.9. i) Fortalecer los procesos empresariales que contribuyan al desarrollo local, regional y territorial

1.1.2.1.10. j) Buscar a través de las redes para el emprendimiento, el acompañamiento y sostenibilidad de las nuevas empresas

1.1.3. Articulo 3

1.1.3.1. Principios generales

1.1.3.1.1. a) Formación integral en aspectos y valores como desarrollo del ser humano y su comunidad

1.1.3.1.2. b) Fortalecimiento de procesos de trabajo asociativo y en equipo en torno a proyectos productivos con responsabilidad socia

1.1.3.1.3. c) Reconocimiento de la conciencia, el derecho y la responsabilidad de las personas

1.1.3.1.4. d) Apoyo a procesos de emprendimiento sostenibles desde la perspectiva social, cultural, ambiental y regional.

1.1.4. Articulo 4

1.1.4.1. Obligaciones del estado

1.1.4.1.1. 1. Promover en todas las entidades educativas formales y no formales, el vínculo entre el sistema educativo y el sistema productivo

1.1.4.1.2. 2. Buscar la asignación de recursos públicos para el apoyo a redes de emprendimiento

1.1.4.1.3. 3. Buscar la asignación de recursos públicos periódicos para el apoyo y sostenibilidad de las redes de emprendimiento

1.1.4.1.4. 4. Buscar acuerdos con las entidades financieras

1.1.4.1.5. 5. Establecer acuerdos con las entidades financieras para hacer que los planes de negocios de los nuevos empresarios sirvan como garantía para el otorgamiento de crédito

1.1.4.1.6. 6. Generar condiciones para que en las regiones surjan fondos de inversionistas á

2. Capitulo II

2.1. Marco institucional

2.1.1. Articulo 5

2.1.1.1. Red Nacional para el emprendimiento

2.1.1.1.1. La Red Nacional para el emprendimiento, adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus veces

2.1.2. Articulo 6

2.1.2.1. Red Regional para el emprendimiento

2.1.2.1.1. La Red Regional para el emprendimiento, adscrita a la Gobernación Departamental, o quien haga sus veces

2.1.3. Articulo 7

2.1.3.1. Objeto para las redes de emprendimiento

2.1.3.1.1. a) Establecer políticas y directrices orientadas al fomento de la cultura para el emprendimiento

2.1.3.1.2. b) Formular un plan estratégico nacional para el desarrollo integral de la cultura para el emprendimiento

2.1.3.1.3. c) Conformar las mesas de trabajo de acuerdo al artículo 10 de esta ley

2.1.3.1.4. d) Ser articuladoras de organizaciones que apoyan acciones de emprendimientos innovadores y generadores de empleo en el país

2.1.3.1.5. e) Desarrollar acciones conjuntas entre diversas organizaciones que permitan aprovechar sinergias y potenciar esfuerzos para impulsar emprendimientos empresariales

2.1.4. Articulo 8

2.1.4.1. Funciones de las redes para el emprendimiento

2.1.4.1.1. a) Conformar el observatorio permanente de procesos de emprendimiento y creación de empresas “SISEA empresa”,

2.1.4.1.2. b) Proponer la inclusión de planes, programas y proyectos de desarrollo relacionados con el emprendimiento

2.1.4.1.3. c) Ordenar e informar la oferta pública y privada de servicios de emprendimiento

2.1.4.1.4. d) Proponer instrumentos para evaluar la calidad de los programas orientados al fomento del emprendimiento y la cultura empresarial

2.1.4.1.5. e) Articular los esfuerzos nacionales y regionales hacia eventos que fomenten el emprendimiento y la actividad emprendedora y faciliten el crecimiento de proyectos productivos

2.1.4.1.6. f) Establecer pautas para facilitar la reducción de costos y trámites relacionados con la formalización de emprendimientos

2.1.4.1.7. g) Propiciar la creación de redes de contacto entre inversionistas

2.1.4.1.8. h) Proponer instrumentos que permitan estandarizar la información y requisitos exigidos para acceder a recursos de cofinanciación en entidades gubernamentales

2.1.4.1.9. i) Estandarizar criterios de calidad para el desarrollo de procesos y procedimientos

2.1.4.1.10. j) Emitir avales a los planes de negocios que concursen para la obtención de recursos del Estado

2.1.5. Articulo 9

2.1.5.1. Secretaria tecnica

2.1.5.1.1. La Secretaría Técnica será el instrumento operativo de las redes de emprendimiento encargada de coordinar todas las acciones de tipo administrativo

2.1.6. Articulo 10

2.1.6.1. Mesas de trabajo de la red de emprendimiento

2.1.6.1.1. Las mesas de trabajo son un espacio de discusión y análisis para que todas las instituciones que conforman la Red, se sientan partícipes y logren desarrollar acciones con base en los lineamientos contemplados por las mismas. Podrán convertirse en interlocutores válidos de las instituciones responsables de la operación

2.1.7. Articulo 11

2.1.7.1. Objeto de las mesas de trabajo

2.1.7.1.1. 1. Sensibilización

2.1.7.1.2. 2. Formación

2.1.7.1.3. 3. Preincubación

2.1.7.1.4. 4. Financiación

2.1.7.1.5. 5. Creación de Empresas

2.1.7.1.6. 6. Capacitación Empresarial y Sostenibilidad

2.1.7.1.7. 7. Sistemas de Información

3. Capitulo III

3.1. Fomento de la cultura de emprendimiento

3.1.1. Articulo 12

3.1.1.1. Objetivos específicos de la formación para el emprendimiento

3.1.1.1.1. a) Lograr el desarrollo de personas integrales en sus aspectos personales, cívicos, sociales y como seres productivos

3.1.1.1.2. b) Contribuir al mejoramiento de las capacidades, habilidades y destrezas en las personas

3.1.1.1.3. c) Promover alternativas que permitan el acercamiento de las instituciones educativas al mundo productivo

3.1.1.1.4. d) Fomentar la cultura de la cooperación y el ahorro así como orientar sobre las distintas formas de asociatividad

3.1.2. Articulo 13

3.1.2.1. Enseñanza obligatoria

3.1.2.1.1. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media

3.1.3. Articulo 14

3.1.3.1. Sistema de información y orientación profesional

3.1.3.1.1. El Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología, Colciencias, y el sector productivo, establecerá en un plazo máximo de (1) un año, un Sistema de Información y Orientación Profesional, Ocupacional e investigativa, que contribuya a la racionalización en la formación del recurso humano, según los requerimientos del desarrollo nacional y regional.

3.1.4. Articulo 15

3.1.4.1. Formación de formadores

3.1.4.1.1. El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, coordinará a través de las redes para el Emprendimiento y del Fondo Emprender y sus entidades adscritas, planes y programas para la formación de formadores orientados al desarrollo de la cultura para el emprendimiento de acuerdo con los principios establecidos en esta ley

3.1.5. Articulo 16

3.1.5.1. Opción para trabajo de grado

3.1.5.1.1. Las universidades públicas y privadas y los centros de formación técnica y tecnológica oficialmente reconocidos, podrán establecer sin perjuicio de su régimen de autonomía, la alternativa del desarrollo de planes de negocios de conformidad con los principios establecidos en esta ley, en reemplazo de los trabajos de grado.

3.1.6. Articulo 17

3.1.6.1. Voluntariado Empresarial

3.1.6.1.1. Las Cámaras de Comercio y los gremios empresariales podrán generar espacios para constituir el voluntariado empresarial con sus asociados con el objeto de que sean mentores y realicen acompañamiento en procesos de creación de empresas.

3.1.7. Articulo 18

3.1.7.1. Actividades de Promoción

3.1.7.1.1. Con el fin de promover la cultura del emprendimiento y las nuevas iniciativas de negocios, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Programa Presidencial Colombia Joven y el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena

3.1.8. Articulo 19

3.1.8.1. Beneficios por vínculo de emprendedores a las Redes de Emprendimiento

3.1.8.1.1. Quienes se vinculen con proyectos de emprendimiento a través de la red nacional o regional de emprendimiento, tendrán como incentivo la prelación para acceder a programas presenciales y virtuales de formación ocupacional impartidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, a acceso preferencial a las herramientas que brinda el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la dirección de promoción y cultura empresarial, como el programa emprendedores Colombia

3.1.9. Articulo 20

3.1.9.1. Programas de promoción y apoyo a la creación, formalización y sostenibilidad de nuevas empresas

3.1.9.1.1. Con el fin de promover el emprendimiento y la creación de empresas en las regiones, las Cámaras de Comercio, las incubadoras de empresas desarrollarán programas de promoción de la empresarialidad desde temprana edad, procesos de orientación, formación y consultoría para emprendedores y nuevos empresarios, así como servicios de orientación para la formalización.

3.1.10. Articulo 21

3.1.10.1. Difusión de la cultura para el emprendimiento en la televisión pública.

3.1.10.1.1. La Comisión Nacional de Televisión o quien haga sus veces, deberá conceder espacios en la televisión pública para que se transmitan programas que fomenten la cultura para el emprendimiento de acuerdo con los principios establecidos en esta ley.

3.1.11. Articulo 22

3.1.11.1. Constitución nuevas empresas

3.1.11.1.1. Las nuevas sociedades que se constituyan a partir de la vigencia de esta ley, cualquiera que fuere su especie o tipo, que de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley 905 de 2004, tengan una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores o activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, se constituirán con observancia de las normas propias de la Empresa Unipersonal

3.1.12. Articulo 23

3.1.12.1. Reglamentación

3.1.12.1.1. Se exhorta al Gobierno Nacional para que a través de los Ministerios respectivos, reglamente todo lo concerniente al funcionamiento de las redes para el Emprendimiento, durante los tres (3) meses siguientes a la sanción de esta ley.

3.1.13. Articulo 24

3.1.13.1. Vigencia

3.1.13.1.1. La presente ley entrará a regir a partir de su promulgación.