LEY FEDERAL DEL TRABAJO CAPITULO III BIS DE LA PRODUCTIVIDAD, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS T...

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LEY FEDERAL DEL TRABAJO CAPITULO III BIS DE LA PRODUCTIVIDAD, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS TRABAJADORES by Mind Map: LEY FEDERAL DEL TRABAJO  CAPITULO III BIS  DE LA PRODUCTIVIDAD, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS TRABAJADORES

1. Los patrones tienen la obligación de proporcionar a los trabajadores la capacitación en su trabajo para elevar su nivel de vida, competencia y productividad laboral.

2. Artículo 153-D. Los cursos y programas de capacitación o adiestramiento, podrán formularse respecto a cada establecimiento.

3. Artículo 153-E. La capacitación o adiestramiento a que se refiere el artículo 153-A, deberá impartirse al trabajador durante las horas de su jornada de trabajo

4. Artículo 153-J. Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento se integren y funcionen oportuna y normalmente

5. Artículo 153-A. Todo trabajador tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo

6. Artículo 153-B. Para dar cumplimiento a la obligación los patrones podrán convenir con los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento, se proporcione a éstos dentro de la misma empresa o fuera de ella

7. Artículo 153-C. Las instituciones o escuelas que deseen impartir capacitación o adiestramiento, así como su personal docente, deberán estar autorizadas y registradas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

8. Artículo 153-F. La capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto: I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador; Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación; Prevenir riesgos de trabajo; Incrementar la productividad; y, en general, mejorar las aptitudes del trabajador.