PROCESOS CONCURSALES COMPENSAR
by VC SOLUCIONES JURIDICAS
1. 1. PROCESO DE LIQUIDACION JUDICIAL
2. PROCESO DE REORGANIZACION
2.1. Se comunica a Compensar la admisión de la sociedad en proceso de Reorganización.
3. Si se incumple con el acuerdo de reorganización en ejecución y previo el requerimiento para buscar alternativas, se ordena la Liquidación Judicial de la sociedad
4. Se cumple con la ejecución del acuerdo de reorganización
5. No se aprueba el acuerdo de Reorganización, se ordena la adjudicación de bienes y se procede al proceso de Liquidación por adjudicación.
6. Se aprueba por la mayoría, se procede a la ejecución del acuerdo de Reorganización en los términos aprobados
7. El Promotor presenta el acuerdo de Reorganización de la sociedad el cual se somete a aprobación de los acreedores
8. Se reconocen las acreencias presentadas
9. No se reconocen las acreencias presentadas
10. Se presenta la demanda y sus anexos ante Supersociedades o el Promotor directamente.
10.1. Presentación del proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto por parte del Promotor y del activo de la sociedad
11. Se presenta la demanda y sus anexos al Liquidador para el reconocimiento de las acreencias.
12. Envio de acreencias por parte de Compensar para hacernos parte dentro del proceso.
13. Se comunica a Compensar la admisión de la sociedad en proceso de Reorganización.
14. ADMISION DEL PROCESO
15. Se señala fecha y hora para la audiencia de aprobación del acuerdo de adjudicación.
16. No se aprueba el acuerdo por parte de los acreedores.
17. Se aprueba el acuerdo por parte de los acreedores, se procede a la adjudiacion de los bienes
18. FINALIZA TRAMITE
19. No hay reconocimiento de las acreencia.
20. Audiencia ante el Juez de concurso que resuelve sobre las objeciones en única instancia.
21. Decreto y práctica de pruebas
22. No se logra la conciliación de de las objeciones formuladas
23. Corren traslado de las objeciones por el término de tres (3) dias
23.1. El liquidador cuenta con el término de diez (10) dias para provocar la conciliación de la objeción.
23.2. Se logra la conciliación de las objeciones formuladas.
24. Se presenta objeción al proyecto de calificación
25. Corren traslado de la rendición final de cuentas.
26. No hay objeciones o se resuelven las presentadas, el Juez de concurso profiere auto ordenando la cancelación de la matricula mercantil de la sociedad, la terminación del proceso y el archivo del expediente.
27. Se objeta, corresponde al Juez de concurso resolver la objecion
28. Juez de concurso imparte aprobación al acuerdo de adjudicación, se cuenta con un término de cinco (5) dias hábiles para manifestar la NO aceptación de la adjudicación.
29. Se manifiesta la NO aceptación dentro del término legal, Juez de concurso procede mediante auto a su readjudicacion a los siguientes acreedores, segun la prelacion de créditos y se entiende que la obligación ha sido cancelada.
30. No se manifiesta nada; quedan adjudicados los bienes a favor de Compensar quien procederá a su administración en lo sucesivo.
31. No se reconocen las acreencias
32. Se reconocen las acreencias en el proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto.
32.1. Se presenta el avaluo de activos de la sociedad
32.1.1. Enajenacion de activos por parte del Liquidador