NIIF 9 Instrumentos Financieros

MAPA MENTAL (NIIF 9)

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NIIF 9 Instrumentos Financieros by Mind Map: NIIF 9 Instrumentos Financieros

1. MEDICION Y DETERIORO

1.1. Medición inicial y medición posterior

1.1.1. Una entidad medirá un activo financiero o un pasivo financiero por su valor razonable

1.1.2. Después del reconocimiento inicial, una entidad medirá un activo financiero de acuerdo con

1.1.2.1. costo amortizado

1.1.2.2. valor razonable con cambios en otro resultado integral

1.1.2.3. valor razonable con cambios en resultados

1.2. Medición a costo amortizado

1.2.1. Método del interés efectivo

1.2.2. Modificación de los flujos de efectivo contractuales

1.2.3. Cancelación

1.3. Deterioro de valor

1.3.1. Reconocimiento de las pérdidas crediticias esperadas

1.3.2. Determinación de incrementos significativos en el riesgo crediticio

1.3.3. Activos financieros modificados

1.3.4. Activos financieros con deterioro de valor crediticio comprados u originados.

1.4. Reclasificación de activos financieros

1.4.1. Una entidad re clasifica los activos financieros prospectiva mente desde la fecha de re clasificación.

1.4.2. una entidad re clasifica un activo financiero desde la categoría de medición del costo amortizado a la del valor razonable con cambios en resultados

1.4.3. una entidad re clasifica un activo financiero desde la categoría de medición del costo amortizado ala del valor razonable con cambios en otro resultado integral

1.5. CONTABILIDAD DE COBERTURAS

1.5.1. OBJETIVOS, ALCANCE E INSTRUMENTOS

1.5.1.1. Los instrumentos de patrimonio propios de la entidad no son activos o pasivos financieros

1.5.1.2. Esta norma no restringe las circunstancias en las que un derivado que se valora al valor razonable con cambios en resultados puede designarse como instrumento de cobertura, excepto en relación con algunas opciones emitidas.

1.5.1.3. Un mismo instrumento de cobertura puede designarse como cobertura de más de un tipo de riesgo

1.5.2. PARTIDAS CUBIERTAS Y CRITERIOS PARA CONTABILIDAD DE COBERTURAS

1.5.2.1. Partidas que cumplen los requisitos

1.5.2.1.1. Una inversión contabilizada por el método de la participación no puede considerarse partida cubierta en una cobertura de valor razonable.

1.5.2.2. Designación de partidas cubiertas

1.5.2.2.1. Un componente es una partida cubierta que es menor que la partida completa.

1.5.2.3. Eficacia de la cobertura

1.5.2.3.1. Viene dada por la medida en que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo.

1.5.2.4. Relación económica entre la partida cubierta y el instrumento de cobertura

1.5.2.4.1. La evaluación de si existe una relación económica incluye un análisis del posible comportamiento de la relación de cobertura durante su vigencia.

1.5.2.5. El efecto del riesgo de crédito

1.5.2.5.1. La consideración del efecto del riesgo de crédito responde al hecho de que, aun habiendo una relación económica entre el instrumento de cobertura y la partida cubierta, el nivel de compensación puede hacerse errático.

1.5.2.6. Ratio de cobertura

1.5.2.6.1. la ratio de cobertura de la relación de cobertura debe ser igual a la resultante de la cantidad de la partida cubierta que la entidad realmente cubra y de la cantidad del instrumento de cobertura

1.5.2.7. Frecuencia de evaluación del cumplimiento de los requisitos sobre eficacia de la cobertura

1.5.2.7.1. La entidad debe evaluar al inicio de la relación de cobertura, y de forma continua posteriormente, si esa relación cumple los requisitos sobre eficacia de la cobertura

1.5.2.8. Métodos de evaluación del cumplimiento de los requisitos sobre eficacia de la cobertura

1.5.2.8.1. la entidad debe utilizar un método que englobe las características pertinentes de la relación de cobertura, incluyendo las fuentes de ineficacia de la cobertura.

1.5.3. CONTABILIZACIÓN

1.5.3.1. Valoración de la ineficacia de la cobertura

1.5.3.1.1. Al determinar la ineficacia de la cobertura, la entidad debe considerar el valor temporal del dinero. Por consiguiente, determina el valor de la partida cubierta sobre la base del valor actual y, por ello, el cambio en el valor de la partida cubierta incluye también el efecto del valor temporal del dinero.

1.5.3.2. Reequilibrio de la relación de cobertura y cambios en la ratio de cobertura

1.5.3.2.1. Los ajustes realizados en las cantidades designadas de la partida cubierta o del instrumento de cobertura de una relación de cobertura

1.5.3.3. Interrupción de la contabilidad de coberturas

1.5.3.3.1. La interrupción de la contabilidad de coberturas debe llevarse a afecto de forma prospectiva desde la fecha en que dejen de cumplirse los criterios requeridos.

1.5.3.4. Contabilización del valor temporal de las opciones

1.5.3.4.1. Las opciones pueden considerarse referidas a un período de tiempo, porque su valor temporal representa un cargo por la protección que conceden a sus tenedores durante un período de tiempo.

1.5.3.4.2. El valor temporal de una opción está ligado a una partida cubierta referida a un período de tiempo si esta partida es de naturaleza tal que el valor temporal puede asimilarse a un coste por la obtención de una protección contra un riesgo durante un determinado período de tiempo

1.5.3.5. Contabilización del elemento a plazo de los contratos a plazo y los diferenciales de base del tipo de cambio de los instrumentos financieros

1.5.3.5.1. Los contratos a plazo pueden considerarse ligados a un período de tiempo, porque su elemento a plazo representa cargos por un período de tiempo

1.5.3.5.2. El elemento a plazo de un contrato a plazo está ligado a una partida cubierta referida a una transacción si la naturaleza de esa partida cubierta es la de una transacción

1.5.4. COBERTURA DE UN GRUPO DE PARTIDA

1.5.4.1. Cobertura de una posición neta

1.5.4.1.1. Una posición neta solo cumple las condiciones para la contabilidad de coberturas si la entidad se cubre en términos netos a efectos de la gestión del riesgo.

1.5.4.2. Niveles de grupos de partidas designados como partida cubierta

1.5.4.2.1. Una relación de cobertura puede incluir niveles de varios grupos diferentes de partidas.

1.5.4.2.2. la relación de cobertura puede comprender, en combinación, un componente correspondiente a un nivel del grupo de activos y un componente correspondiente a un nivel del grupo de pasivos.

1.5.4.3. Presentación de las pérdidas o ganancias de los instrumentos de cobertura

1.5.4.3.1. Si las partidas están cubiertas conjuntamente como un grupo en una cobertura de flujos de efectivo, pueden afectar a rúbricas diferentes del estado de resultados y del estado de otro resultado global.

2. INTEGRANTES

2.1. SCARLET RIZZO

2.2. FREDDY JARA

2.3. FREDDY MOROCHO

2.4. LIZANDRO BRAVO

3. Derivados implícitos

3.1. Un derivado implícito es un componente de un contrato híbrido

3.1.1. Provoca que algunos o todos los flujos de efectivo se modifiquen de acuerdo con:

3.1.1.1. una tasa de interés especificada

3.1.1.2. el precio de un instrumento financiero

3.1.1.3. el de una materia prima cotizada

3.1.1.4. una tasa de cambio de moneda extranjera

3.1.1.5. un índice de precios o de tasas de interés

3.1.1.6. una calificación u otro índice de carácter crediticio

4. Una entidad clasificará los activos financieros según se midan posteriormente a costo amortizado, a valor razonable con cambios en otro resultado integral o a valor razonable

5. CLASIFICACION

5.1. Clasificación de los activos financieros

5.2. Clasificación de los pasivos financieros

5.2.1. Una entidad clasificará todos los pasivos financieros como medidos posteriormente al costo amortizado, excepto en el caso de

5.2.1.1. Los pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados

5.2.1.2. Los pasivos financieros que surjan por una transferencia de activos financieros

5.2.1.3. Contratos de garantía financiera

5.2.1.4. Compromisos de concesión de un préstamo a una tasa de interés inferior a la de mercado

5.2.1.5. Contraprestación contingente reconocida por una adquirente en una combinación de negocios a la cual se aplica la NIIF 3

5.3. Reclasificacion

5.3.1. solo cuando, una entidad cambie su modelo de negocio para la gestión de los activos financieros, reclasificará todos los activos financieros

5.3.2. Una entidad no reclasificará pasivo financiero alguno.

5.3.2.1. una partida que fuera anteriormente designada como un instrumento de cobertura eficaz,

5.3.2.2. una partida que haya pasado a ser un instrumento de cobertura designado y eficaz

5.3.2.3. cambios en la medición

6. CONTEXTUALIZACION Y GENERALIDADES

6.1. Objetivo

6.1.1. Establecer principios para la información financiera que sea util y relevante donde se involucren:

6.1.1.1. activos financieros

6.1.1.2. pasivos financieros

6.1.2. la información suministrada a los usuarios de los estados financieros debe comprendender:

6.1.2.1. Evaluacion de los Importes

6.1.2.2. Calendario

6.1.2.3. Incertidumbre de los flujos de efectivo futuros de la entidad.

6.2. Alcance

6.2.1. Esta norma sera de alcance a todas las entidades de tipo de instrumento financiero excepto

6.2.1.1. Aquellas participaciones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos, que se contabilicende acuerdo con:

6.2.1.1.1. NIIF 10 Estados Financieros Consolidados

6.2.1.1.2. NIC 27 Estados Financieros Separados

6.2.1.1.3. NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos

6.2.1.2. Derechos y obligaciones surgidos de arrendamientos a los que sea aplicable la NIC 17 Arrendamientos

6.2.1.2.1. Las cuentas por cobrar de arrendamientos

6.2.1.2.2. Las cuentas por pagar de arrendamientos financieros reconocidas por el arrendatario

6.2.1.2.3. Los derivados implícitos en los arrendamientos

6.2.1.3. Los derechos y obligaciones de los empleadores que se aplique la NIC 19 Beneficios a los Empleados

6.2.1.4. Derechos y obligaciones surgidos de:

6.2.1.4.1. Un contrato de seguro, según lo define la NIIF 4 Contratos de Seguro

6.2.1.4.2. Un contrato que esté dentro del alcance de la NIIF 4 por contener un componente de participación discrecional

6.2.1.5. Los contratos a término entre un adquirente y un accionista que vende para comprar o vender dentro del alcance de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios

6.2.1.6. Instrumentos financieros, contratos y obligaciones derivados de transacciones con pagos basados en acciones, a los que se aplica la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones

6.2.1.6.1. Excepto los contratos que estén dentro del alcance: