1. DERECHOS DE CUARTA GENERACION
1.1. Los derechos humanos de cuarta generación, desarrollados a finales del s. XX y principios del XXI, protegen el acceso a las nuevas tecnogías de la ciudadanía. El ciberespacio, junto a las nuevas tecnologías, se presenta como un nuevo mundo, omnipresente donde surgen nuevos derechos, o los derechos tradicionales, toman una nueva dimensión. Nos referimos al derecho al acceso a la tecnología, la libertad de expresión en las redes, el derecho a la libre distribución de la información,... Estos derechos nuevos se engloban dentro de la cuarta generación de derechos humanos.
1.1.1. Ejemplos:
1.1.1.1. El derecho a existir digitalmente
1.1.1.1.1. El derecho de acceso a la informática.
2. DERECHOS DE TERCERA GENERACION
2.1. Derechos de Solidaridad o derechos de los pueblos: Por su parte, la tercera generación de derechos, surgida en el siglo XX, se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos, a escala universal, por lo que precisan para su realización de una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. El contenido de estos derechos no está totalmente determinado. Los Derechos de los Pueblos se encuentran en proceso de definición y están consagrados en diversas disposiciones de algunas convenciones internacionales.
2.1.1. Ejemplos:
2.1.1.1. Derecho a la autodeterminación.
2.1.1.1.1. Derecho a la paz.
3. DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION
3.1. Económicos, Sociales y Culturales
3.1.1. Los derechos humanos de la segunda generación están relacionados con la equidad y comenzaron a ser reconocidos por los gobiernos después de la Primera Guerra Mundial. Estos aseguran a los diferentes miembros de la ciudadanía igualdad de condiciones y de trato.
3.1.1.1. Ejemplos:
3.1.1.1.1. Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales
4. DERECHOS DE PRIMERA GENERACION
4.1. La primera generación incluye los derechos civiles y políticos. Estos derechos fueron los primeros en ser reconocidos legalmente a finales del siglo XVIII, en la Independencia de Estados Unidos y en la Revolución Francesa.
4.2. CIVILES Y POLITICOS.
4.2.1. Ejemplos:
4.2.1.1. Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica
4.2.1.1.1. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica