Organizaciones Administrativas del Estado a nivel Nacional, Estadal y Municipal

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1. este que es el primer y más alto nivel dentro de la administración pública, se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública (L.O.A.P), con la finalidad de ampliar y organizar la administración del estado, atendiendo a la organización y la competencia de los poderes públicos establecidos previamente por la Constitución. Por otro lado y atendiendo a la forma de centralización de este nivel, se encuentra que la administración pública centralizada de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública; introduce ciertos órganos que ayudaran a la buena ejecución de las funciones públicas, para así lograr los fines propuestos por el estado.

1.1. Administración Pública Nacional

2. la centralización a nivel estadal va dirigida por el Gobernador, que es el representante del poder ejecutivo en este nivel y la gestión de este será vigilada por el Controlador del Estado. Dentro de las funciones administrativas del gobernador, se mencionan las siguientes: • Ejecutar las leyes dictadas por el poder ejecutivo • Prestar servicio policial • Administrar y suministrar papel sellado, timbres y estampillas • Administración y conservación de puertos y aeropuertos • Administración y conservación de vías terrestres que correspondan al Estado • Así como actos relativos a su organización y régimen de personal. Además de lo antes mencionado, existe una parte legislativa que ayuda a que se dé un modelo centralizado dentro del Estado, las mismas estarán a cargo del Consejo Legislativo, que ayudara a circunscribir las potestades de organización y funcionamiento; este órgano contara con la colaboración de los Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, que actuaran conjuntamente para establecer pautas de políticas de descentralización.

2.1. Administración Pública Estadal

3. se hace necesario destacar que en el caso de Venezuela, que cuenta con un Distrito Metropolitano, el cual se crea con la unión de dos o más municipios, bien sea para compartir una actividad económica, social o física; en el caso venezolano el Distrito Metropolitano de Caracas que está formado por el estado Miranda y el Distrito Capital. En este caso, la administración se realiza atendiendo principalmente a las condiciones de la población, el desarrollo económico y social, y en lo que respecta a las competencias administrativas de la misma que serán asumidas por el o los principales representantes del poder ejecutivo, en ese distrito. Ahora bien, en tercer y último término, se encuentra la estructura centralizada de los municipios, la representación de los alcaldes, quien se encarga de lo siguiente: • Ejecutar las leyes u ordenanzas establecidas por el Consejo • Prestar servicios de agua potable, electricidad, gas doméstico, aseo urbano, cementerio, mercados públicos • Prestar servicio policial Así como cualquier otra actividad relacionada con la organización, funcionamiento o régimen de personal. De la mano con el alcalde de los Consejos, que dentro de sus atribuciones administrativas de la potestad de, realizar actividades específicas a su función y organización, además de ejercicios de cuentos funciones dictan controles interiores y de debate, nombran y remueven su personal; el encargado de controlar y vigilar los ingresos y gastos efectuados es el Contralor Municipal; el cual goza de autonomía orgánica, según la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

3.1. Administracion Publica Estadal