Principios de la contratación pública en Colombia.

Unidad 1 - Generalidades de la Contratación Pública en Colombia

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Principios de la contratación pública en Colombia. by Mind Map: Principios de la contratación pública en Colombia.

1. Estatuto General de Contratación (2012). Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios

1.1. Por su parte, la Ley 80 de 1993 establece que son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las Entidades, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados de la autonomía de la voluntad, así como los que a título enunciativo se definen en esta ley.

2. SECOP II

2.1. Es la nueva versión del SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública) para pasar de la simple publicidad a una plataforma transaccional que permite a Compradores y Proveedores realizar el Proceso de Contratación en línea

3. Principios de la Contratación

3.1. Para llevar adelante los procesos de contratación con el Estado es necesario aplicar “los principios en las actuaciones contractuales de las entidades estatales. Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa.

3.2. Transparencia Por el cual se garantiza la imparcialidad la igualdad para la escogencia de las mejores ofertas que se ajusten a las necesidades y favorezcan los intereses del Estado

3.3. Económica Este principio está enfocado al manejo eficiente de los recursos del Estado, donde se optimice la selección objetiva de la mejor propuesta a través de los procedimientos y etapas que sean necesariamente estrictas, con el fin de lograr los mejores resultados, utilizando el menor tiempo y la menor cantidad de recursos con los menores costos.

3.4. Responsabilidad

3.5. Todos los funcionarios responsables de ejecutar procesos de contratación, debe garantizar la protección de los derechos de la entidad, del contratista. Así mismo Los servidores públicos, los oferentes y contratistas en caso de omisión antijurídica deberán reparar los daños que se generen por causa de la misma. Igualmente se requiere de ética y valores de quienes intervienen en un proceso de contratación.

3.6. Equilibrio Económico

3.7. En este principio es importante tener presente el Artículo 27 de la ley 80 del 1993. “De la ecuación contractual. En los contratos estatales se mantendrá la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de proponer o de contratar, según el caso. Si dicha igualdad o equivalencia se rompe por causas no imputables a quien resulte afectado, las partes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas necesarias para su restablecimiento

3.8. Publicidad

3.9. Para permitir a todos los interesados en los procesos de contratación del Estado, es obligación de las entidades públicas deben dar a conocer los futuros, actuales procesos de contratación, con el fin de lograr que la comunidad realice veedurías, lograr aumentar en número de posibles oferentes que beneficie la libre competencia en pro de lograr la mejores ofertas

3.10. Selección Objetiva

3.11. Contratar la mejor oferta donde el contratista sea idóneo y competente para llevar a cabo la obligación contractual, donde la oferta sea favorable en calidad y precios, que beneficien el interés del Estado, debe contar con capacidades como técnicas, legales, experiencia financiera entre otras que garanticen el objetivo del contrato de manera eficaz, eficiente y efectiva.

4. presentado por: RUTH ALFONSO CELY

5. Sistema de Compras y Contratación Pública.

5.1. Es esencial para la aplicación de los principios del Buen Gobierno y el cumplimiento de los fines del Estado. tiene una función estratégica pues permite materializar las políticas públicas y representa un porcentaje considerable del gasto público, Que las Entidades Estatales y los servidores públicos a través de la contratación pública deben procurar obtener los objetivos y metas de la Entidad Estatal y del Plan Nacional de Desarrollo o los planes de desarrollo territorial, según sea el caso.

5.2. Que es necesario desarrollar la Ley 1150 de 2007 y el Decreto-ley número 4170 de 2011 para que la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– pueda diseñar, organizar y celebrar acuerdos marco de precios, así como diseñar y proponer políticas y herramientas para la adecuada identificación de riesgos de la contratación pública y su cobertura

6. Capacidad Residual o K de Contratación.

6.1. La Capacidad Residual es la aptitud de un contratista para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el contrato objeto del Proceso de Contratación. En los Documentos del Proceso de un contrato de obra pública, la Entidad Estatal debe establecer un requisito adicional a los requisitos habilitantes que es la Capacidad Residual o K de Contratación el cual deben cumplir los interesados en participar en un Proceso de Contratación para la ejecución de una obra pública.

7. Tipos de contratos

7.1. Contrato a Término Fijo. ...

7.2. Contrato a término indefinido. ...

7.3. Contrato de Obra o labor. ...

7.4. Contrato civil por prestación de servicios. ...

7.5. Contrato de aprendizaje. ...

7.6. Contrato ocasional de trabajo.

8. Modalidades de Selección

8.1. PLANEACION DE LA GESTION PUBLICA CONTRACTUAL

8.1.1. Sistema de contratación de acuerdo con la normatividad

8.1.2. vigente.

8.1.3. Planeación de la gestión pública contractual.

8.1.4. Estudios previos.

8.1.5. Manual de contratación.

8.1.6. Principios constitucionales.

8.1.7. Principios presupuestales.

8.1.8. Principios legales

8.2. MODALIDADES DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y MECANISMOS DE ADJUDICACIÓN

8.2.1. Licitación pública.

8.2.2. Concurso de méritos.

8.2.3. Selección abreviada

8.2.4. Subasta inversa.

8.2.5. Contratación directa.

8.2.6. Urgencia manifiesta.

8.2.7. Colombia compra eficiente, regímenes especiales (Regalías,

8.2.8. salud, educacion)

8.2.9. Contrataciones plan.

8.2.10. APP

8.2.11. Acuerdos marco.