RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 (INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO)

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RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 (INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO) by Mind Map: RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 (INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO)

1. CAUSA DEL ACCIDENTE INCIDENTE

1.1. Razones por las cuales ocurre el accidente o incidente, se deben relacionar todas la causas encontradas en la investigación.

2. COMPROMISO DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE INTERVENCIÓN

2.1. Se debe enumerar y describir las medidas de intervención que la empresa se comprometa a adoptar para evitar o prevenir la ocurrencia de eventos similares

3. DATOS RELATIVOS A LA INVESTIGACIÓN

3.1. Fecha y hora en la que se realiza la investigacion

3.2. Lugar y dirección del sitio donde se llevo a cabo

3.3. Nombres, cargos, e identificación de los investigadores y el representante legal

4. EQUIPO INVESTIGADOR

4.1. El aportante debe conformar un equipo para la investigacion de los incidentes y accidentes de trabajo. integrado por:

4.1.1. Jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado

4.1.2. Un representante del COPASO

4.1.3. El encargado del área de salud ocupacional

5. INVESTIGACION DE ACCIDENTES E INCIDENTES OCURRIDOS A TRABAJADORES NO VINCULADOS MEDIANTE CONTRATO DE TRABAJO

5.1. Cuando el accidentado sea un trabajador en mision asociado o independiente la investigacion sera responsabilidad tanto de la empresa contratante como del contratista.

6. CONTENIDO DEL INFORME DE INVESTIGACIÓN

6.1. Todo lo dispuesto en la resolucion 156 de 2005 o la norma que la sustituya en lo referente a la informacion del aportante.

6.2. determina las causas hechos y situaciones

6.3. Características especificas sobre tipo de lesión, parte del cuerpo afectada por la lesión, lesión precisa que sufrió el trabajador, agente y mecanismo del accidente, sitio exacto donde ocurrió el evento.

6.4. Respecto al agente que ocaciona la lesion se debe mencionar tipo, marca, modelo, velocidades, tamaño, formas, dimenciones, etc.

6.5. Descripcion clara y completa del accidente, analicis casual detallado, medidas de control, conclusiones, etc.

7. DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE O INCIDENTE

7.1. El informe debera contener un informe completo y detallado de los hechos relacionados con el accidente o insidente, de acuerdo con la inspeccion realizada en el sitio de trabajo y las versiones de los testigos

8. REMISIÓN DE INVESTIGACIONES

8.1. El aportante debe remitir a la Administradora de Riesgos Profesionales dentro de los (15) días siguientes al evento

8.2. Administradora de Riesgos Profesionales, emitirá concepto sobre el evento en un plazo no superior a quince (15) días hábiles y determinara las acciones de prevencion.

8.3. Cuando el accidente sea mortal remitira el informe a la Direccion Territorial de Trabajo junto con la investigacion en un plazo no superior a 10 dias, luego de emitido el concepto.

9. SANCIONES

9.1. El incumplimiento de lo establecido en la presente resolucion, sera sancionado conforme a lo establecido en los literales a) y c) del articulo 91 del decreto ley 2150 de 1995

10. CAMPO DE APLICACIÓN resolución se aplica a

10.1. Empleadores públicos y privados.

10.2. Trabajadores dependientes e independientes.

10.3. Contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo.

10.4. Organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo.

10.5. Agregaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes.

10.6. Al sistema de seguridad social integral

10.7. Administradoras de riesgos profesionales.

10.8. Policía nacional en lo que corresponde al personal no uniformado y personal civil de las fuerzas militares.

11. DEFINICIONES

11.1. INCIDENTES DE TRABAJO

11.1.1. Suceso en el trabajo que tuvo el potencial de ser un accidentye en el que huvo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad o perdida en los procesos.

11.2. INVESTIGACION DE ACCIDENTE O INCIDENTE

11.2.1. Proceso sistematico de ordenacion y determinacion de causas hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente

11.3. Causas básicas:

11.3.1. causas reales que se manifiestan detrás de los síntomas, ayudan a explicar por que se cometen actos inseguros y por que existen condiciones inseguras

11.4. Causas inmediatas:

11.4.1. circustancias que se presentan antes del contacto

11.5. Aportantes

11.5.1. Empleadores publicos y privados

11.6. Accidente grave

11.6.1. Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal, fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.

12. OBLIGACIONES DE LOS APORTANTES

12.1. Conformar un equipo investigador

12.2. Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo

12.3. adoptar un formato para la investigación

12.4. Registrar de forma veraz y objetiva toda la informacion

12.5. implementar medidas y acciones correctivas

12.6. proporcionar los recursos necesarios para la implementacion de medidas correctivas

12.7. implementar seguimiento a las acciones ejecutadas

12.8. establecer y calcular indicadores de control y seguimiento

12.9. Remitir a la administradora de riesgos las investigaciones que se realicen

12.10. Llevar u registro de las investigaciones

13. OBLIGACION DE LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFECIONALES

13.1. Asesorar a los afiliados

13.2. Desarrollar e implementar una metodología para la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo

13.3. remitir los formatos de investigación de incidentes y accidentes de trabajo para aprobación de la Dirección General de Riesgos Profesionales

13.4. suministrar el formato de investigacion e instruir a los aportantes

13.5. Analizar las investigaciones de los accidentes de trabajo, profundizar y complementar los que no cumplan con la resolución

13.6. capacitar continuamente al aportante, al equipo investigador y al comite paritario de salud ocupacional

13.7. Participar cuando estime necesario en las investigaciones mas complejas

13.8. Emitir conceptos tecnicos sobre cada investigacion remitida

13.9. Realizar seguimiento a las medidas de control sugeridas en las investigaciones

13.10. Remitir a las direcciones territoriales informe semestral con sus respectivos soportes.

13.11. Informar a los aportantes el resultado de las investigaciones de los accidentes e insidentes de trabajo.

14. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO

14.1. Los aportantes podran utilizar la metodologia de investigacion que mas se ajuste a sus condiciones y recursos disponibles