PATRIMONIO DEL ESTADO

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PATRIMONIO DEL ESTADO by Mind Map: PATRIMONIO DEL ESTADO

1. Generalidades

1.1. El Estado como persona moral o colectiva que es

1.1.1. Cuenta con un patrimonio cuyo manejo le corresponde

1.1.1.1. Integrado

1.1.1.1.1. Sistema Jurídicos

1.1.1.1.2. Ámbito Territorial

1.1.1.1.3. Estructura Política

1.1.1.1.4. Población

1.2. Concepto

1.2.1. Menciona

1.2.1.1. Fernando Garrido

1.2.1.1.1. Patrimonio es el conjunto de derechos de contenido económico, que pertenecen al estado

1.2.1.2. Conjunto de bienes, derechos, poderes, deudas, cargas y obligaciones de una persona, apreciables en dinero

1.2.1.2.1. Elementos

1.2.1.3. Gustavo Ingrosso

1.2.1.3.1. Riqueza estática, en torno a la cual, como punto firme inicial, se envuelve y desarrolla el flujo de la riqueza en movimiento

1.3. Bienes

1.3.1. Titularidad Directa sea del estado.

1.3.1.1. Es

1.3.1.1.1. Imponer Modalidades , ubicados en el ámbito territorial en que ejerce su soberanía.

1.3.1.1.2. Titular de Algunos Bienes

1.3.1.1.3. Contenido económico que trasciende el ámbito social.

1.3.2. Dominio Privado del Estado

1.3.2.1. El legislador ha considerado innecesario otorgarle protección.

1.4. Derecho

1.4.1. Ingresos

1.4.1.1. Poder publico

1.4.1.1.1. Federal, Local y Municipal

1.4.2. Estado Titular

1.4.2.1. Económico, bienes, recursos financieros, asociaciones , derechos sucesorios...

1.4.2.1.1. Usualmente regulados por el derecho Publico.

1.4.3. Estado sobre patrimonio

1.4.3.1. Naturaleza del patrimonio del estado

1.4.3.1.1. Poder Publico sobre los bienes

1.4.3.2. Corriente Civilista

1.4.3.2.1. Derecho de Propiedad , Figura derecho privado

1.4.3.3. Menciona

1.4.3.3.1. Marice Hauriou

1.5. Concepto Jurídico del Dominio Publico

1.5.1. Sistema patrimonial

1.5.1.1. Bienes públicos

1.5.1.1.1. Dominio publico

1.5.1.1.2. Titularidad soberana del Estado sobre sus bienes

2. Contratos que celebra la Administración pública con los bienes

2.1. Tipos

2.1.1. Contratos de arrendamiento

2.1.1.1. Su objeto son los bienes de dominio privado de la federación o bienes que los particulares arriendan al estado

2.1.2. Contratos de comodato y donación

2.1.2.1. Son celebrados por el poder público cuando desea hacer llegar bienes a instituciones de interés social y de carácter no lucrativo

2.1.2.2. Cuando se trata de traspaso a los gobiernos locales y municipales

2.1.3. Adquisiciones

2.1.3.1. Se recurre a esta forma para la compra de objetos de bajo costo y de forma excepcional

2.1.4. De obra pública

2.1.4.1. Se considera como obra pública el trabajo realizado sobre bienes inmuebles con fines de interés público y con cargo a un ente público

2.1.4.2. Es la construcción o mejora de un bien mueble o inmueble realizada para comodidad o servicio de la sociedad y que pertenece a un ente público.

2.1.4.3. Elementos

2.1.4.3.1. Sujetos

2.1.4.3.2. Consentimiento

2.1.4.3.3. La obra pública

2.1.4.3.4. Forma

2.1.4.3.5. Causa

2.1.4.3.6. Licitación

2.1.5. De suministro

2.1.5.1. Es el que celebra la administración pública con algún particular a efecto de que éste le proporcione de una forma continua, ciertos bienes o servicios que el ente administrativo requiere para sus tareas

2.1.5.1.1. Como

3. Administración y Disposición de los Bienes del Estado

3.1. Clasificación de los Bienes del Estado

3.1.1. El Código Civil Federal (Art. 767) clasifica el patrimonio público en:

3.1.1.1. Bienes de uso común

3.1.1.2. Bienes destinados a un servicio público

3.1.1.3. Bienes propios

3.1.2. División tradicional de acuerdo a los autores y las leyes anteriores

3.1.2.1. Bienes de dominio públlico

3.1.2.2. Bienes de dominio privado

3.1.3. De acuerdo a la Ley General de Bienes Nacionales (2004)

3.1.3.1. Son bienes nacionales

3.1.3.1.1. Los señalados en los arts. 27, 42 y 132 de la Costitución

3.1.3.1.2. Los bienes de uso común

3.1.3.1.3. Los bienes muebles e inmuebles de la federación

3.1.3.1.4. Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las entidades paraestatales

3.1.3.1.5. Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las instituciones de carácter federal

3.1.3.1.6. Los demás bienes considerados nacionales por otras leyes

3.2. Bienes del dominio público

3.2.1. Concepto

3.2.1.1. Es el sector de los bienes del estado sobre los cuáles éste ejerce una potestad soberana, conforme a reglas del derecho público

3.2.1.1.1. A efecto de regular su uso o aprovechamiento, y así se asegure su preservación y racional explotación

3.2.1.2. Son bienes o derechos de dominio privado de la administración los que siendo titularidad de las Administraciones no tengan el carácter de demaniales y puedan ser

3.2.1.2.1. Adquiridos

3.2.1.2.2. Gravados

3.2.1.2.3. Transmitidos

3.2.2. Clasificación

3.2.2.1. En cuanto a qué bienes integran el dominio público, se pueden seguir tres criterios:

3.2.2.1.1. Cultural

3.2.2.1.2. Ecológico

3.2.2.1.3. Económico

3.2.2.2. Conforme a nuestra legislación federal, serán bienes de dominio público

3.2.2.2.1. Los de uso común

3.2.2.2.2. Ciertos recursos naturales como

3.2.2.2.3. Lechos del mar territorial y de las aguas marítimas interiores

3.2.2.2.4. Inmuebles destinados a un servicio público o actividad asimilada como

3.2.2.2.5. Terrenos baldíos y terrenos ganados al mar

3.2.2.2.6. Muebles valiosos e insustituibles como

3.2.3. Régimen

3.2.3.1. Los bienes de dominio público están sujetos a un régimen del derecho público

3.2.3.1.1. Basado sobre todo los artículos constitucionales y en la Ley General de Bienes Nacionales

3.2.3.1.2. Existe legislación específica en algunas materias como

3.2.4. Características

3.2.4.1. Pueden formar parte del patrimonio del poder público en cualquiera de sus tres niveles

3.2.4.1.1. Federal

3.2.4.1.2. Local

3.2.4.1.3. Municipal

3.2.4.2. Su incorporación, desincorporación o cambio de destino, requiere un procedimiento especial del derecho público

3.2.4.2.1. Debe efectuarse mediante un decreto emitido por el presidente de la república

3.2.4.2.2. Si un bien va a ser incorporado o desincorporado del dominio público

3.2.4.3. Son imprescriptibles

3.2.4.3.1. El estado jamás perderá la potestad sobre los bienes de dominio público a favor de los particulares, por el transcurso del tiempo

3.2.4.4. Son inalienables

3.2.4.4.1. El dominio público está fuera del comercio

3.2.4.4.2. Limita la obtención y reserva para el futuro

3.2.4.5. Son inembargables

3.2.4.6. Generalmente son concesionables

3.2.4.7. Existe un régimen especial de sanciones tendientes a protegerlos

3.2.4.7.1. La Ley General de Bienes Nacionales, contempla la protección represiva por parte del derecho público

3.2.4.7.2. El poder público reitera su tutela sobre estos bienes al protegerlos de cualquier acción que conlleve a su demérito o cualquier daño que merme su utilidad

3.2.4.8. Régimen fiscal privilegiado

3.2.4.8.1. El orden jurídico les otorga un tratamiento fiscal de excepción

3.2.5. Bienes sujetos a dominio público

3.2.5.1. La ley de 2004 usa la expresión "bienes nacionales"

3.2.5.2. Precisa en su artículo 6° que están sujetos al régimen de dominio público de la federación:

3.2.5.2.1. Los bienes señalados en los artículo 27, 42 y 132 de la CPEUM

3.2.5.2.2. Los bienes de uso común del articulo 7° de la ley

3.2.5.2.3. Las plataformas insulares

3.2.5.2.4. El lecho y el subsuelo del mar territorial y de las aguas marinas interiores

3.2.5.2.5. Los inmuebles federales destinados de hecho a un servicio público

3.2.5.2.6. Terrenos baldíos

3.2.5.2.7. Bienes muebles determinados como monumentos arqueológicos

3.2.5.2.8. Etc.

3.3. Bienes de dominio privado

3.3.1. Concepto

3.3.1.1. Son aquellos a los que el legislados ha estimado necesario otorgarles tantos requisitos como a los que se hallan dentro del dominio público

3.3.1.2. Son bienes de dominio privado los que siendo titularidad de las administraciones públicas, no tengan carácter de demaniales y puedan ser

3.3.1.2.1. Adquiridos

3.3.1.2.2. Gravados

3.3.1.2.3. Transmitidos

3.3.2. Clasificación

3.3.2.1. Los bienes de dominio privado de la federación son:

3.3.2.1.1. Tierras y aguas que no sean de uso común, enajenables a particulares

3.3.2.1.2. Nacionalizados a asociaciones religiosas y no destinados a culto público

3.3.2.1.3. Los de organismos federales paraestatales que se extingan

3.3.2.1.4. Los adquiridos en el extranjero

3.3.2.1.5. Muebles sustituibles puestos al servicio de los poderes federales

3.3.2.1.6. Otros adquiridos por la federación

3.3.3. Caraterísticas

3.3.3.1. Estos bienes son inembargables

3.3.3.2. Admiten todo tipo de contratos

3.3.3.2.1. Excepto

3.3.3.3. Los bienes inmuebles son imprescriptibles

3.3.3.4. Los bienes muebles pueden prescribir a favor de particulares

3.3.3.5. Permiten ser enajenados fuera de subasta pública y en ocasiones a plazos

3.3.3.6. Les es aplicable el derecho común

3.3.3.6.1. Además existen una serie de disposiciones de derecho administrativo que los regulan por formar parte del acervo patrimonial del estado

3.4. Registro Público de la propiedad federal

3.4.1. Existe dentro de la Secretaría de la Función Pública

3.4.2. Es regulado por:

3.4.2.1. La Ley General de Bienes Nacionales

3.4.2.2. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

3.4.3. Tendrá acceso toda persona interesada

3.4.4. Debe ser inscrito cualquier acto jurídico en que esté involucrado un bien inmueble perteneciente a la federación

3.4.4.1. Por ejemplo

3.4.4.1.1. Los títulos por los que se adquiere o extinga el dominio del estado respecto de bienes inmuebles

3.4.4.1.2. Contratos de arrendamiento con duración de 5 años o más

3.4.4.1.3. Sentencias judiciales relacionadas con inmuebles federales

3.4.4.1.4. Las informaciones ad perpetuam

3.4.4.1.5. Los decretos de destino

3.4.4.1.6. Los laudos arbitrales

3.4.4.1.7. Las consesiones

3.4.5. Puede existir también la cancelación de registros

4. Leyes Generales de Bienes Nacionales

4.1. Ley del dieciocho de diciembre de 1902

4.1.1. Los bienes inmuebles de la Federación se regularon por esta ley durante las primeras cuatro décadas del Siglo XX

4.1.2. Fue abrogada en julio de 1942 por la Ley General de Bienes Nacionales

4.2. Primera Ley General de Bienes Nacionales

4.2.1. Publicada el 3 de julio de 1942

4.2.2. Consideró como bienes del dominio público, de acuerdo a su artículo 2°

4.2.2.1. Los de uso común

4.2.2.2. Los señalados en los párrafos cuarto y quinto del Art. 27 Constitucional

4.2.2.3. Los inmuebles destinados por la Federación a un servicio público

4.2.2.3.1. Se consideran destinados al servicio público los inmuebles constitutivos del patrimonio de los establecimientos públicos creados por la Ley Federal.

4.2.2.4. Cualesquiera otros inmuebles declarados por la ley como inalienables e imprescriptibles

4.2.2.5. Las servidumbres cuando el predio dominante sea considerado de dominio público

4.2.2.6. Los muebles de propiedad federal que por su naturaleza normalmente no sean sustituibles

4.2.3. Consideró como bienes de dominio privado de la Federación, de acuerdo a su Art. 3°

4.2.3.1. Las tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional que sean susceptibles de enajenación a los particulares

4.2.3.2. Los que ingresen al patrimonio federal

4.2.3.3. Los bienes vacantes situados en el Distrito y en los Territorios Federales

4.2.3.4. Los que hayan formado parte de una corporación pública

4.2.3.5. Los demás inmuebles y muebles que por cualquier título jurídico adquiera la Federación

4.3. Segunda Ley General de Bienes Nacionales

4.3.1. Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el DOF del 30 de enero de 1969

4.3.2. Recogió en esencia, las disposiciones de la primera ley

4.3.3. Impuso a las entidades paraestatales la obligación de proporcionar a la Secretaría del Patrimonio nacional, los datos relativos a los bienes y recursos de las mismas

4.3.3.1. Para incluirlos en el Catálogo y en el Inventario General de los Bienes y Recursos de la Nación

4.4. Tercera Ley General de Bienes Nacionales

4.4.1. Publicada el 8 de enero de 1982

4.4.2. Se amplió el catálogo tanto de los bienes de dominio público como del dominio privado

4.4.3. Se impuso a las entidades paraestatales la obligación de informar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

4.4.3.1. Acerca de los inmuebles federales que tuvieran a su disposición

4.4.4. Obligó a los organismos descentralizados a inscribir en el Registro Público de la Propiedad Federal los títulos por los cuales

4.4.4.1. Adquirieran

4.4.4.2. Transmitieran

4.4.4.3. Modificaran

4.4.4.4. Gravaran

4.4.4.5. Extinguieran

4.4.4.5.1. El dominio, la posesión y demás derechos reales de sus inmuebles

4.5. Cuarta Ley General de Bienes Nacionales

4.5.1. Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el DOF de 20 de mayo de 2004

4.5.2. Su objeto consiste en establecer

4.5.2.1. Los bienes que constituyen en el patrimonio de la nación

4.5.2.2. Determina el régimen de dominio público de los bienes de la Federación y de los inmuebles de los organismos descentralizados de carácter federal

4.5.2.3. Distribución de competencias entre las dependencias administradoras de inmuebles

4.5.2.4. Las bases para la integración y operación del Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal

4.5.2.5. Las normas para la

4.5.2.5.1. Adquisición

4.5.2.5.2. Titulación

4.5.2.5.3. Administración

4.5.2.5.4. Control

4.5.2.5.5. Vigilancia

4.5.2.5.6. Enajenación

4.5.2.6. La normatividad para regular la realización de avalúos sobre bienes nacionales

4.5.3. Estipula que son bienes nacionales

4.5.3.1. Los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas

4.5.3.2. Los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos

4.5.3.3. Los yacimientos de piedras preciosas

4.5.3.4. Productos derivados de la descomposición de las rocas

4.5.3.5. Yacimientos minerales u orgánicos

4.5.3.6. El petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos

4.5.3.7. El espacio situados sobre el territorio nacional

4.5.3.8. Las aguas de los mares territoriales

4.5.3.9. Las aguas marinas interiores

4.5.3.10. Las aguas de lagunas y esteros

4.5.3.11. El espacio aéreo

4.5.3.12. La zona federal marítimo-terrestre

4.5.3.13. Los caminos, carreteras, puentes y vías ferreas

4.5.3.14. Las plazas, paseos y parques públicos

4.5.3.15. Los bienes muebles e inmuebles

4.5.3.15.1. De la Federación

4.5.3.15.2. Propiedad de las entidades

4.5.3.15.3. Propiedad de las instituciones de carácter federal

4.5.3.16. Los demás bienes considerados por otras leyes nacionales

4.5.4. Se sujetan al régimen de dominio público de la Federación

4.5.4.1. Los bienes señalados en el Art. 27 Constitucional

4.5.4.2. Los bienes de uso común

4.5.4.3. Las plataformas insulares

4.5.4.4. El lecho y subsuelo del mar territorial

4.5.4.5. Los inmuebles federales

4.5.4.6. Los terrenos baldíos

4.5.4.7. Los inmuebles federales considerados como monumentos arqueológicos, históricos y artísticos

4.5.4.8. Los inmuebles federales y los que formen parte del patrimonio de las entidades

4.5.4.9. Las pinturas murales

4.5.4.10. Los bienes muebles de la Federación

4.5.4.11. Los demás bienes considerados de dominio público o como inalienables e imprescriptibles por otras leyes especiales

5. Modos de Adquisición de Bienes por parte del Estado

5.1. Modos de adquisición por vías de Derecho Publico y por vías de Derecho Privado

5.1.1. El estado adquiere bienes tanto por vía de derecho privado como por vía de derecho público según actúe como particular o haga uso de su carácter de ente soberano

5.1.1.1. Será por vía de Derecho privado cuando

5.1.1.1.1. Reciba un legado o herencia

5.1.1.1.2. Realice contratos de

5.1.1.1.3. Fideicomiso

5.1.1.1.4. Prescripción

5.1.1.1.5. Accesion

5.1.1.2. Será por vía de Derecho público

5.1.1.2.1. Conquista

5.1.1.2.2. Recuperación de territorios

5.1.1.2.3. Anexión

5.1.1.2.4. Expropiación

5.1.1.2.5. Decomiso

5.1.1.2.6. Requisión

5.1.1.2.7. Obra pública

5.1.1.2.8. Contrato de suministro

5.1.2. Existen otra figuras jurídicas o metajuridicas las cuales son

5.1.2.1. Propiedad originaria

5.1.2.2. Dominio directo

5.1.2.3. Confiscación

5.1.2.4. Nacionalización

5.1.2.5. Modalidades de propiedad

5.2. Adquisición y soberanía territorial

5.2.1. El territorio no es propiedad del estado , sino su ámbito especial de actuación jurídico política

5.2.2. No se adquiere territorio sino que se ejerce, o deja de hacerlo, un poder soberano dentro de un cierto lugar geográfico.

5.2.3. Modos de adquisición

5.2.3.1. Propiedad originaria

5.2.3.1.1. Según el Art. 27 Constitucional, la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio nacional corresponde originariamente a la nación

5.2.3.2. Dominio directo

5.2.3.2.1. El Estado se reserva ciertos bienes o actividades. El constituyente adjudico al Estado determinados recursos:

5.2.3.2.2. En lo que se refiere a Hidrocarburos, electricidad y energía nuclear, la explotación es exclusiva de Estado y no admite la posibilidad de otorgar concesiones ni de celebrar contratos.

5.2.3.2.3. El fundamento Constitucional de Dominio directo se encuentra en el Art. 27, párrafos 4, 5, 6 y 7.

5.2.3.3. Expropiación por causa de utilidad publica

5.2.3.3.1. Esta figura constituye el mas importante de los modos de adquirir bienes que tiene el estado dentro del derecho publico.

5.2.3.3.2. A raíz de la Revolución Francesa de 1789, la expropiación se regula y se establece que sera siempre mediante indemnización justa, previa y en dinero

5.2.3.3.3. Pertenece a Actos de la Administración Publica.

5.2.3.3.4. Concepto de Expropiación

5.2.3.3.5. Bienes que pueden ser expropiados

5.2.3.3.6. Elementos de la Expropiación

5.2.3.3.7. Procedimiento

5.2.3.4. El decomiso

5.2.3.4.1. Es el acto de incautar o privar de las posesiones o bienes sin compensación pasando ellas al erario

5.2.3.5. El aseguramiento

5.2.3.5.1. El MP llega a ordenarlo para ciertos bienes que servirán para averiguaciones previas o como medios de prueba en algún proceso penal

5.2.3.6. Los esquilmos

5.2.3.6.1. Es el aprovechamiento que hace el Estado, de los desperdicios, deshechos,sobrantes, la chatarra, los bienes bienes muebles no utilizados o abandonados por los particulares

5.2.3.7. La requisición

5.2.3.7.1. Surge en el derecho militar y solo en tiempo de guerra de acuerdo con el art. 16 constitucional, los miembros del ejercito podrán alojarse en casa particular.

5.2.3.8. Confiscación

5.2.3.8.1. Es una sanción a los enemigos del poder público, por medio del cual se les priva de sus bienes y estos pasan a favor del Estado.

5.2.3.9. La Nacionlización

5.2.3.9.1. La nacionalización de los bienes por el Estado suele realizarse mediante la confiscación de los mismos sin indemnización o mediante la compra-venta de las acciones a los propietarios

5.3. Las modalidades a la propiedad, su diferencia con los procedimientos de adquisición de bienes.

5.3.1. El art 27, párr. 3° de la Constitución Política Federal, establece que: La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público.