Normativas y Leyes Ambientales en Nicaragua-Constitución Política (1987)

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Normativas y Leyes Ambientales en Nicaragua-Constitución Política (1987) by Mind Map: Normativas y Leyes Ambientales en Nicaragua-Constitución Política (1987)

1. NORMA TÉCNICA AMBIENTAL PARA EL MANEJO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS NO-PELIGROSOS (NTON 05 014-02)

1.1. Es responsabilidad de las municipalidades o las empresas asignadas para realizar la actividad de recolección, retirar todos los desechos que entreguen los usuarios del servicio ordinario o regular.

1.2. Se ha venido promoviendo el hábito del reciclaje de materiales como plástico, vidrio o cartón.

2. NORMA TÉCNICA AMBIENTAL OBLIGATORIA NICARAGÜENSE PARA EL MANEJO AMBIENTAL DE ACEITES LUBRICANTES (N°. NTON 05-032-10)

2.1. Manejo de sustancias tóxicas y peligrosas

3. REGLAMENTO PARA LOS VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES A CUERPOS RECEPTORES Y ALCANTARILLADO SANITARIO

3.1. No se permite la descarga de aguas limpias de refrigeración, de calderas, aguas pluviales y otras, al alcantarillado sanitario.

3.2. Cada industria deberá pretratar sus aguas residuales. Los parámetros a pretratar son: pH, Sólidos, Sedimentables, Aceites y Grasas y metales pesados.

4. Industria de Alimentos en relación a la Producción de Alimentos

4.1. Producción Primaria

4.1.1. Desechos orgánicos, gases contaminantes

4.2. Producción Industrial

4.2.1. Desechos orgánicos, gases, residuos, combustibles, efluentes

4.3. Logística y Ventas

4.3.1. Gases de combustión y empaques secundarios

4.4. Consumo

4.4.1. Empaques y restos

5. Es preciso entender la correcta aplicación del Derecho Ambiental e influir constructivamente en la toma de decisiones de los órganos encargados de la administración legislativa y su gerencia.

6. LEY CREADORA DE LA ASIGNATURA DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES (LEY N.342)

6.1. La educación es la que permitirá al ciudadano tener conciencia y conocimiento de la importancia de la protección del Medio Ambiente.

7. LEY DE CONSERVACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL SECTOR FORESTAL (LEY N.462)

7.1. Manejo forestal del bosque natural, el fomento de las plantaciones, la protección, conservación y la restauración de áreas forestales.

8. LEY DE PESCA Y ACUICULTURA (LEY N.489)

8.1. Lincencia de pesca comercial, o una concesión de acuicultura en tierras salitrosas y agua y fondos nacionales.

9. LEY BÁSICA PARA LA REGULACIÓN Y CONTROL DE PLAGUICIDAS, SUSTANCIAS TÓXICAS Y PELIGROSAS. (LEY N.274)

9.1. Asegurar la protección de la actividad agropecuaria sostenida, la salud humana, los recursos naturales, la seguridad e higiene laboral para evitar los daños que pudieren causar estos productos por su impropia selección, manejo y el mal uso.

10. NORMA TÉCNICA AMBIENTAL OBLIGATORIA NICARAGÜENSE PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBURO (N°. NTON 14-003-04)

10.1. "Los Yacimientos de Hidrocarburos son Patrimonio Nacional."

10.2. Incluye un análisis que deberá considerar los efectos ambientales, económicos y sociales que podrían causar dichas actividades.

11. LEY GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES (LEY N.207)

11.1. "La calidad de vida de la población depende del control y prevención de la Contaminación Ambiental, Aprovechamiento de los elementos naturales y del mejoramiento del entorno natural"

11.2. REGLAMENTO EN EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES PARA EL VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES

12. LEY GENERAL DE AGUAS NACIONALES Y SU REFORMA (LEY N. 620)

12.1. "El que contamina, paga"

12.2. El servicio de agua potable no será objeto de privatización alguna, directa o indirecta, y será considerado siempre de carácter público.

12.3. Autoridad Nacional del Agua (ANA)-Órgano Descentralizado del Poder Ejecutivo en materia de agua

12.4. Administración, conservación, desarrollo, uso, aprovechamiento sostenible de todos los recursos hídricos existentes en el país, sean estos superficiales, subterráneos o residuales.

13. NORMA TÉCNICA PARA EL MANEJO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS (NTON 05 015-02)

13.1. Debe involucrar Clasificación, Recolección, Reciclaje, Transporte, Tratamiento y Disposición Final.

13.2. Disponer relleno sanitario, de seguridad o de residuos inertes.

14. LEY DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN GEOTÉRMICA (LEY N.443)

14.1. Crecimiento sostenido de la capacidad energética del país, priorizando la utilización racional de los recursos naturales como fuente primaria de energía para disminuir la dependencia de Nicaragua de las importaciones petrolíferas.

15. LEY ESPECIAL DE COMITÉS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (LEY N.722)

15.1. 5,000 proyectos ejecutados por Organizaciones Comunitarias

15.2. Instalación, Operación y Sostenimiento de una diversidad de unidades o sistemas de acueductos y otras obras sanitarias,