CAPÍTULO XII. INFLUENCIAS RECÍPROCAS ENTRE LA COSA JUZGADA CIVIL Y PENAL
by Keiko Camacho
1. 1.-Concepto, NATURALEZA JURÍDICA Y FUNDAMENTOS DE LA COSA JUZGADA
1.1. Parecería que COSA significa objeto, todo aquello que tiene una medida de valor y que puede ser objeto del derecho de propiedad; JUZGADA, a su vez como participio del verbo juzgar, califica a lo que ha sido materia de un juicio.
1.1.1. Cosa Juzgada, luego de las advertencias preliminares, podemos decir que es la autoridad y eficacia de una sentencia judicial cuando no existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla
2. 2.- CARACTERÍSTICAS DE LA COSA JUZGADA
2.1. Son tres:
2.2. La Inimpugnabilidad
2.2.1. Es inimpugnable, cuando no se puede combatir, contradecir o refutar
2.3. La inmutabilidad
2.3.1. Es inmutable, cuando es ningún caso, de oficio o a petición de parte, otra autoridad puede alterar los términos de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada
2.4. La Coercibilidad
2.4.1. Es coercible, en cuanto surge la “eventualidad de la ejecución forzada”