DERECHOS DE SUPERVIVENCIA Y CRECIMIENTO INTEGRAL (ART. 16 - 36 LEPINA)
by Karina Argueta
1. Derecho a la vida, Art. 16 - 20 LEPINA.
2. - Se reconoce desde el momento de la concepción. - Obligación de la familia, el Estado y la Sociedad de proteger la dignidad humana del NNA. - Creación de políticas públicas y programas, por parte del Estado. - Cobertura y atención prenatal, perinatal, neonatal y posnatal. - Reducción de la morbilidad y mortalidad materno infantil y de la niñez.
3. - Obligación del Estado de brindar protección a las personas por nacer, mediante la atención en salud y psicología de la embarazada; y de brindar tratamientos medicos, para madre e hijo en condición de pobreza o salud.
4. Medidas para salvaguardar este derecho: - En caso de emergencia si el NNA necesita ser intervenido quirurgicamente, el medico procedera y luego lo comunicara a sus padres. - Si no es una situación de emergencia, pero pudiese ocasionar daños en la salud fisica del niño, se solicitara la autorización del padre, madre, representante o responsable.
5. Se prohíbe cualquier tipo de experimentación médica, genética o prácticas étnicas, culturales o sociales, que atente contra la vida de los NNA
6. Derecho a gozar de un nivel de vida digna y adecuada para el desarrollo integral desde su concepción.
7. El Estado proporciona atención médica gratuita, desde el instante de la concepción, a la mujer embarazada durante todas las etapas prenatales; a traves de las Unidades de Salud y los Hospitales Nacionales, con el fin de proteger el derecho a la vida del Niño o Niña.
8. Salud, Seguridad Social y Medio Ambiente. Art. 21- 36 LEPINA
9. Derecho a la salud. Art. 21 - 33 LEPINA
10. - Es un bien público y un derecho fundamental de los NNA. - Comprende comprende la interacción de distintos factores bio-psico-sociales, económicos, el medio ambiente, el agua en calidad y cantidad suficiente, el estilo de vida y el sistema de atención sanitaria. - Obligación estatal de proteger este derecho mediante políticas públicas o programas. - Garantizar a la niñez y adolescencia una vida saludable.
11. El Estado tiene la obligación de garantizar a todos los NNA, el acceso al sistema de salud pública, de forma gratuita, para que reciban una atención médica (implica consultas, medicinas, examenes, etc). Y también garantizar la Atención Médica en casos de emergencia y en embarazos precoz.
12. Se garantiza este derecho a traves de la ejecucion de obligaciones que corresponde al Sistema Nacional de Salud; y del cumplimiento de las responsabilidades de la familia y la sociedad frente al derecho a la salud.
13. Derecho a la lactancia materna: - Es relevante para la nutrición adecuada y prevención de enfermedades en las niñas y niños, durante su primera etapa de desarrollo.
14. Implementación de programas de atención médica, odontológica y psicológica gratuita. Deber de los padres o responsables del NNA de asegurar que sean vacunados segun el Sistema Nacional de Salud.
15. - Salud primaria y familiar: Prestación de servicios preventivos, curativos, paliativos y de rehabilitacion, para el bienestar de los NNA. - Salud Mental: Obligación del Estado de garantizar la atención psicologica y neurológica del NNA. - Salud sexual y reproductiva: Derecho de los NNA de recibir informacion y educacion en esta salud, prioritariamente por sus padres, posteriormente por el Estado; para prevenir infecciones de transmición sexual.
16. Derecho a la seguridad social, Art. 34 LEPINA
17. Si un niño o niña se encuentra enfermo, puede asistir a una Unidad de Salud, donde gratuitamente puede recibir atención médica (consultas, examenes medicos y medicinas)
18. El Sistema Nacional de Sslud, promociona la lactancia materna, al menos para los 6 primeros meses. Desarrolla programas de atención integral de la salud sexual y resproductiva.
19. La madre cuando tiene un bebé, lo inscribe en el sistema de salud; y lo lleva a los controles periódicos de salud y vacunación.
20. En los Supermercados no se les vende cigarrillos, ni bebidas alcoholicas a los NNA.
21. En las centros escolares, se les da informacion a los NNA, sobre educacion sexual y resproductiva, sobre las enfermedades que se pueden contraer, como las maneras de protegerse.
22. Ejemplos de aplicación del derecho a la salud:
23. Derecho de los NNA a ser inscritos y beneficiados a través de sus padres, por los servicios de salud brindados por el ISSS. La cobertura de los servicios de seguridad social hacia los NNA, será de forma progresiva, conforme a la Ley. Será supervisado por el Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia. De no ser beneficiados serán atendidos, cuando el sistema de salud publica, no cuente con los recursos necesarios y sea de emergencia.
24. Ejemplo de aplicación del derecho a la seguridad social: Cuando la madre o el padre es cotizante del ISSS, y tiene un niño, niña o adolescente; deben inscribirlo al seguro social, para que se beneficie de los servicios médicos que se brinden.
25. Derecho a un Medio Ambiente Sano. Art. 35 LEPINA.
26. Derecho de los NNA a gozar de un medio ambiente sano. Obligación Estatal de promover la participación del NNA en la conservación del Medio Ambiente. Garantizar el disfrute de los recursos naturales. Cooperación de la familia y la sociedad. Manejo adecuado de los residuos sólidos y el reciclaje.
27. Ejemplo de aplicación del derecho a un medio ambiente sano: En algunos Centros Escolares se realiza el reciclaje de basuras, existe un basurero para basura orgánica, para plástico y para lata.
28. Garantizar el goce de los derechos de los NNA con discapacidad. Art. 36 LEPINA
29. La familia, el Estado y la sociedad estan obligados a garantizar el goce de una vida digna. Eliminar obstáculos que impidan a los NNA con discapacidad acceder a servicios de salud. Personal medico capacitado para atender NNA con discapacidad. Infraestructura adecuada.
30. Ejemplo de aplicación de la protección especial de los NNA con discapacidad: En las Unidades de Salud, en su mayoría la infraestructura tienen rampas para que, los que andan en sillas de ruedas puedan movilizarse fácilmente, y así acceder a los servicios de salud.
31. Se proporcionan servicios médicos a la mujer embarazada, por ejemplo cuando existen síntomas de parto prematuro, se le da la asistencia médica necesaria, con el fin de salvaguardar la vida del bebé y la madre.
32. Derecho de vida digna, abarca a que el NNA tenga una vivienda digna, con los servicios básicos (energía eléctrica, agua potable); vestuario adecuado a las actividades diarias, que tenga una alimentación balanceada, etc.
33. Ejemplos de aplicación del derecho a la vida:
34. ..
35. ELABORADO POR: YOSELYN KARINA NAVARRETE ARGUETA.