GESTION AMBIENTAL PUBLICA

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
GESTION AMBIENTAL PUBLICA by Mind Map: GESTION AMBIENTAL PUBLICA

1. Normativa Legal

1.1. La normativa jurídica, sea esta constitucional, legal o administrativa se considera como la más importante manifestación de las políticas públicas, en cuanto convierte la voluntad del Estado en justiciable, es decir exigible ante los tribunales de justicia, que a su vez pueden imponer medidas coercitivas sobre bienes y personas. La normativa jurídica resulta de obligatorio cumplimiento y aplicación, no solamente para los particulares sino también para el Estado y sus órganos. La creación de la normativa legal corresponde al Congreso Nacional y en casos excepcionales, como en la figura de la delegación legislativa puede corresponder también al Ejecutivo. Las demás normas, de índole administrativa y las regulaciones, como los actos administrativos, se deben sujetar a la legislación vigente. La normativa y regulación administrativa se tratan más adelante, en otro numeral.

2. Estructura Jurídica e institucional

2.1. Estructura de la función ejecutiva

2.1.1. La parte denominada orgánica de la Constitución, establece el marco básico de las Funciones del Estado y sus órganos, dentro de las cuales se desenvuelve la institucionalidad básica del Estado ecuatoriano, incluyendo competencias específicas para cada Función y, dentro de estas, de las dependencias y entidades correspondientes.

2.2. Los modos de gestión

2.2.1. En doctrina administrativa se consideran modos de gestión las diferentes modalidades jurídicas públicas y privadas que el Estado puede asumir en el cumplimiento de sus finalidades, especialmente de prestación de los servicios públicos.

2.3. Alternativas de reorganización institucional del régimen administrativo de desarrollo sustentable

2.3.1. La creación del Ministerio de Medio Ambiente que se contempla como recomendación de este estudio resultaría una medida complementaria de otras que se desarrollan en el presente informe y cuya implementación resulta independiente de los mecanismos propuestos en el proyecto de Ley del Medio Ambiente.

3. Competencia

3.1. Conforme a la doctrina, la competencia es "la esfera de atribuciones de los entes y órganos, determinada por el derecho objetivo o el ordenamiento jurídico positivo. Es decir, el conjunto de facultades y obligaciones que un órgano puede y debe ejercer legítimamente"

4. Seguimiento y control

4.1. El seguimiento y control se ejercen tanto sobre los órganos de la administración pública como sobre los particulares. El control puede ser administrativo, legislativo y judicial. El seguimiento se ejerce principalmente en las actividades sometidas a las figuras administrativas de órdenes y prohibiciones, autorizaciones, permisos, concesión y licencia. A base del necesario seguimiento se establece si los administrados cumplen los términos establecidos por la Administración Pública y, en caso contrario, determinan la sanción correspondiente -Ver "sanción" en el apartado siguiente de "sanción y jurisdicción".

5. Objeto de la Gestión

5.1. El objeto de la gestión son las acciones gubernamentales y ciudadanas sobre el desarrollo sustentable.

6. Políticas, Planeamiento y Financiación

6.1. Politicas y Planificación

6.1.1. el Consejo Nacional de Desarrollo (CONADE), fija "las políticas generales, económicas y sociales del Estado" (Art. 90 de la Constitución), para lo cual elabora los correspondientes planes de desarrollo. Estas políticas y planes económicos y sociales determinados por el CONADE, "una vez aprobados por el Presidente de la República, serán ejecutados y cumplidos de manera obligatoria por los respectivos Ministros y por las entidades del sector público", siendo sus directivos responsables por su aplicación (Art. 92 de la Constitución).

6.2. La planificación del uso de suelos

6.2.1. Ordenamiento territorial.- El ordenamiento territorial es un instrumento de la planificación, en cuanto determina en el nivel regional las prioridades de las acciones públicas y coordina las acciones de las diferentes entidades y dependencias del Estado.

6.3. Estudios de impacto ambiental

6.3.1. En la actualidad, no se conoce de una ley sudamericana que incluya expresamente en su legislación ambiental el ámbito de las actividades productivas. Por otra parte, la legislación que establece el estudio de impacto ambiental, existente en casi todos los países sudamericanos, claramente abarca la totalidad de las actividades productivas públicas y privadas de cierta envergadura.

6.4. Financiamiento

7. Normativa administrativa y regulación

7.1. Las actividades normativas y reguladoras relevan de la llamada policía administrativa, que consiste en las potestades atribuidas por la ley al órgano público para prohibir, ordenar, autorizar o sancionar. La principal característica jurídica de estas acciones es que forzosamente tienen su origen en la ley, no siendo posible establecerlas administrativamente. Las potestades normativa y reguladora son de aquellas que la doctrina no considera como susceptibles de delegación a los particulares ni de privatización.

8. Sancion y jurisdicción

8.1. Las sanciones son establecidas forzosamente a través de leyes -vale decir que no se contempla la posibilidad de determinar sanciones a los particulares en simples instrumentos administrativos. La aplicación de las sanciones está descrita en la respectiva ley que la establece.