Derecho: Teoría del Derecho y conceptos jurídicos fundamentales

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1. Elementos del concepto de Derecho

1.1. Orden normativo: El Derecho está presente en todos lados y en todo momento, resulta imposible imaginar una sociedad sin su presencia. (Cf. E. Antironi p. 25) Al vivir en sociedad, se hace indispensable un orden, un mecanismo que regule la conducta de las personas, de tal manera que se respeten los derechos y las libertades de todos por igual; con ello surgen las normas. Las normas tienen como finalidad establecer cómo debe comportarse la persona, es un “deber ser” u obligación.

1.2. Hecho jurídico: Definición 1: son aquellos en los que no ha participado ninguna voluntad humana y a los que el derecho les asigna consecuencias jurídicas; son acontecimientos -instantáneos- o estados-situaciones más duraderas- que por sí mismos o junto con otros y de acuerdo a lo previsto en las normas jurídicas, producen efectos jurídicos. (Cf. J. Cárdenas, pp. 195, 214.) Definición 2: sucesos o acontecimientos que modifican una realidad. (Cf. L. Pereznieto, p. 136.)

1.2.1. Hechos jurídicos -clasificación- (Cf. L. Pereznieto, p.136.)

1.2.1.1. Positivos

1.2.1.1.1. Naturales: suceso o acontecimiento de la realidad o de la naturaleza que beneficia a la persona.

1.2.1.1.2. Involuntarios: vinculados a la voluntad humana sin la intención de producir consecuencias jurídicas.

1.2.1.1.3. Voluntarios: existe una intención en la conciencia del individuo. Tiene consecuencias jurídicas, hay voluntad libre.

1.2.1.2. Negativos

1.2.1.2.1. Naturales: fuerza mayor, caso fortuito, que impiden o dificultan el ejercicio de la voluntad de la persona.

1.2.1.2.2. Involuntarios: vinculados a la voluntad humana. Sin la intención de provocar daños a otras personas u objetos.

1.2.1.2.3. Voluntarios: aquellos hechos ilícitos que causan daño a terceros

1.3. Actos jurídicos: Definición 1: son los que el ser humano realiza de forma voluntaria y libre y a los que el derecho les atribuye consecuencias jurídicas. (Cf. J. Cárdenas, p. 196.) Definición 2: el acto jurídico se define como una manifestación de la voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico. (Cf. L. Pereznieto, p. 137.)

1.3.1. Características de los actos jurídicos (Cf. L. Pereznieto, pp. 122-123)

1.3.1.1. Manifestación de voluntad que debe ser exteriorizada por la persona.

1.3.1.2. Intención de producir consecuencias de derecho

1.3.1.3. Reconocimiento por el ordenamiento jurídico de dichas consecuencias jurídicas.

1.4. Norma jurídica: Concepto polémico, no hay acuerdo entre los juristas para su definición Definición: en términos generales se puede afirmar que las normas jurídicas son reglas de conducta que confieren facultades o imponen deberes u otorgan derechos para que los individuos en sociedad puedan comportarse de manera adecuada, vivir en armonía y asegurar sus intercambios. (Cf. L. Pereznieto, p.157.)

1.4.1. Elementos esenciales de las normas jurídicas

1.4.1.1. Vigencia: se dice que una norma jurídica es vigente cuando es observada y cumplida de manera generalizada por la sociedad. (Cf. L. Pereznieto, p. 169.)

1.4.1.2. Validez: se afirma que una norma es válida cuando ha sido expedida conforme a los procedimientos previamente establecidos por las normas jurídicas básicas u originarias. (Cf. L. Pereznieto, pp. 160, 170.)

1.4.1.2.1. Ámbito de validez

1.4.1.3. Eficacia: es eficaz una norma que se cumple. (Cf. L. Pereznieto, p. 163.)

1.5. Sanción: Definición: por sanción se entiende en un sentido negativo amplio la consecuencia o el castigo que se produce tras la inobservancia de las reglas de conducta. (Cf. J. Cárdenas, 207)

1.5.1. Las sanciones pueden ser:

1.5.1.1. Negativas: sanciones que previene o reprimen

1.5.1.2. Positivas: que promocionen o premien

1.6. Obligación o responsabilidad: Una persona está obligada porque existe una norma o conjunto de normas jurídicas que así lo prescriben, independientemente de los hechos psicológicos, sociológicos o de la sanción que pueda establecer la norma en caso de cumplimiento del agente como lo señalaba Kelsen. (Cf. J. Cárdenas, p. 215)

2. Clasificaciones del Derecho

2.1. Derecho objetivo y derecho subjetivo: El objetivo es el derecho positivo, que se refiere a la totalidad del ordenamiento jurídico o, en otras palabras, al derecho propio de cada Estado. El subjetivo es el sistema de facultades y permisos derivadas de las normas de derecho objetivo o positivo, consistentes en términos generales en las facultades de dar, no dar, hacer u omitir lícitamente algo (Cf. J. Cárdenas, p. 212)

2.2. Derecho adjetivo y derecho sustantivo: Al derecho adjetivo le atañe el conocimiento de la jurisdicción, sus procedimientos y procesos, preponderantemente de carácter judicial. Derecho sustantivo regula derechos y deberes, se ocupa principalmente de las normas de conducta de las personas. (Cf. J. Cárdenas, p. 212)

2.3. Derecho público, derecho privado y derecho social: Derecho público: rige la constitución del Estado, la organización del gobierno y los derechos fundamentales de los particulares frente al Estado. Derecho privado se ocupa de las relaciones de los gobernados entre sí. Derecho social éste tiene vinculación con los derechos económicos, sociales y culturales de los gobernados. (Cf. J. Cárdenas, p. 211)

2.3.1. Ramas de derecho público: * Constitucional * Administrativo * Penal * Procesal * Fiscal entre otras

2.3.2. Ramas de derecho privado: * Civil * Mercantil * Internacional privado

2.3.3. Ramas de derecho social: + Laboral + De la seguridad social + Agrario

3. Conceptos jurídicos fundamentales: Son instrumentos imprescindibles para estudio y práctica del derecho. Base teórica para la construcción de muchos otros conceptos. (Cf. J. Cárdenas, p. 213)

4. Derecho y ciencia del Derecho

4.1. Hombre, sociedad y Derecho: La convivencia de los hombres en sociedad exige inexcusablemente la vigencia de las normas a las cuales debe ajustar su conducta de lo contrario reinaría el caos y la vida en común sería imposible. (Cf. E. Antorini, p. 26.)

4.2. Derecho y ciencia del Derecho: El Derecho es el objeto de estudio de la ciencia del Derecho

4.3. Derecho y su relación con otras disciplinas.

5. Fuentes del Derecho

5.1. Concepto: medios donde se origina el Derecho. Determinación de normas para fundamentar fallos; el sentido jurídico (Cf. E. Antironi, p. 35. )

5.2. Clasificación de la palabra fuente según sus 3 acepciones (Cf. J. Cárdenas, pp. 166 y ssig.)

5.2.1. Formales: se suele entender el proceso de creación de normas jurídicas.

5.2.1.1. 1. La Ley 2. La costumbre 3. La jurisprudencia 4. La doctrina

5.2.1.1.1. Fuentes formales en el ordenamiento jurídico mexicano: Art. 133 CPEUM E. Antironi, pp. 35 y ssig.

5.2.2. Reales: son los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas

5.2.2.1. Fuerzas políticas

5.2.2.2. Fuerzas psicológicas

5.2.2.3. Fuerza económica

5.2.3. Históricas: documentos que contienen el texto de una ley o conjunto de leyes