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HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL создатель Mind Map: HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

1. Higiene laboral

2. Método específicos

2.1. Análisis de trabajo seguro (ATS) o Análisis de Riesgos del Trabajo (ART)

2.2. Análisis de riesgos por oficio (ARO)

2.3. What if

2.4. Análisis preliminar de riesgos (APR)

2.5. 5 porqués

2.6. FMEA (Failure Mode and Effective Analysis)

2.7. Lista de chequeo

3. Seguridad industrial

3.1. Concepto: Se encarga de prevenir los accidentes de trabajo, estudia los riesgos al cual los trabajadores son expuestos para así crear, sugerir e implementar políticas y normas de higiene y seguridad que minimicen los accidentes laborales.

3.1.1. Peligros

3.1.1.1. Peligro Eléctricos

3.1.1.1.1. Concepto: son eventualidades posibles a causa de un accidente, resultado del paso de corriente eléctrica por el cuerpo humano y que puede resultar en un peligro para la integridad de las personas.

3.1.1.1.2. Normatividad Aplicable Resolución 90708 DE 2013 por la cual se expide el nuevo Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas - RETIE, por medio de las Resoluciones 90907 de 2013, 90795 de 2014, 40492 de 2015, 40157 de 2017 y 40259 de 2017 se modifican y aclaran algunos artículos del Anexo General de la Resolución 90708 de 2013 y por medio de la resolución 40908 de decide la permanencia del reglamento. Presentó algunas modificaciones las cuales se mencionan en las siguientes: Resolución 18 0398 del 7 de abril de 2004 Resolución 18 0498 del 29 de abril de 2005 Resolución 18 1419 del 1 Noviembre de 2005 Resolución 18 0466 del 2 de abril de 2007 Resolución 18 1294 del 6 de agosto de 2008 Resolución 18 0195 de Febrero de 2009 Decreto 614 del 8 de junio del 2001 NTC 2050 "Salvaguardar a las personas y los bienes contra los riesgos que puedan surgir en el uso de la electricidad" - Resolución 5018 de 2019 MinTrabajo - Lineamientos SST Trabajos con Peligro Eléctrico

3.1.1.2. Peligro Mecánicos

3.1.1.2.1. Concepto: Es el conjunto de factores físicos que pueden dar lugar a una lesión por la acción mecánica de elementos de máquinas, herramientas, piezas a trabajar o materiales proyectados, sólidos o fluidos. La lesión sobreviene generalmente por fricción, golpes, atrapamientos, proyección de materiales o caídas.

3.1.1.2.2. Legislación aplicable: - NTC 2506 Esta norma identifica y describe métodos de protección aplicables a secciones que presentan riesgo en maquinaria, indicando los criterios que se deben tener en cuenta para el diseño , construcción y aplicación de tales medios. - GTC 45 Esta guía tiene por objetos dar parámetros a las empresas en el diseño del panorama de factores de riesgo, incluyendo la identificación y valoración cualitativa de los mismos. - NTC 5684. GUANTES DE PROTECCION CONTRA RIESGOS MECANICOS Esta norma especifica los requisitos, métodos de ensayo, marcado e información que debe suministrarse para los guantes destinados a proteger de los riesgos mecánicos de abrasión, corte por cuchilla, rasgado y perforación.:

3.1.1.3. Peligro Locativos

3.1.1.3.1. Concepto: son condiciones de la zona geográfica, las instalaciones o áreas de trabajo, que bajo circunstancias no adecuadas pueden ocasionar accidentes de trabajo o perdidas para la empresa

3.1.1.3.2. Legislación aplicable: • RESOLUCIÓN 2400 DE 1979: Se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y Seguridad en los establecimientos de trabajo (todo lo relacionado con riesgo locativo). • Ley 400 de 1997. Artículo 15, 10, 48, 54. Normas sobre la Construcciones Sismo Resistentes. • Ley 9 de 1979. Art. 121. Manejo de materiales.

3.1.1.4. Peligro Público

3.1.1.4.1. Concepto: son todos aquellos peligros a que estamos expuestos en el diario vivir y rutinas cotidianas, siendo un riesgo latente para el ser humano

3.1.1.4.2. Legislación aplicable: DECRETO 480 DE 2009 (Octubre 27) Por el cual se adoptan medidas para la prevención y mitigación de situaciones específicas y concretas que puedan generar riesgo público.

3.1.1.5. Peligro Tecnológicos

3.1.1.5.1. Concepto: son daños o pérdidas potenciales que pueden presentarse debido a los eventos mayores generados por el uso y acceso a la tecnología,material o proceso peligroso, una sustancia tóxica o peligrosa, debido a la interacción de estos, ocasione un número determinado de consecuencias a la salud, la economía, el medio ambiente y el desarrollo integral de un sistema.

3.1.1.5.2. Legislación aplicable:Ley 1523 del 2012, Resolución 1770 de 2013

3.1.1.6. Peligro Natural

3.1.1.6.1. Concepto: es la probabilidad, pequeña o grande, de que la población de una zona sufra un daño o una catástrofe como consecuencia de un proceso natural. Es decir los riegos naturales son provocados por la naturaleza sobre el ser humano y el medio ambiente

3.1.1.6.2. Legislación aplicable:• Ley 1523 de 2012 adoptó la Política y el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en Colombia. • Decreto 2157 de 2017 Por medio del cual se adoptan directrices generales para la elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de la ley 1523 de 2012.

4. Conceptos generales:

4.1. Riesgos: es la combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad (consecuencia) del daño que puede ser causada por estos, es decir, que se les genere daño a las personas, bienes o al entorno. Ejemplo: Una caída que produce fractura. Clasificación: se han agrupado según su origen y las condiciones que pueden llegar a producir en:

4.2. Factores de riesgo: son aquellas condiciones de trabajo que puedan provocar un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. En higiene laboral estos producen la materialización de las enfermedades, y en Seguridad industrial son los que producen la materialización del Accidente

4.3. Enfermedad laboral es aquella enfermedad que se adquiere pura y exclusivamente a causa del trabajo. La misma se caracteriza por la exposición sistemática a Agentes agresores.

4.4. Accidente de trabajo es un acontecimiento súbito y violento ocurrido en el lugar o en ocasión de Trabajo, el mismo siempre trae como consecuencia una pérdida.

5. Legislación aplicable: - Ruido: Resolución 1792 de 1990, Resolución 8321 de 1983, Resolución 2400 de 1979. - Iluminación: Resolución 2400 de 1979, Norma ISO 8995, Resolución 18 0540 de 2010, Retilap NTC 4595 - Temperatura: Decreto 2222 de 1993, Norma Internacional Española NTP 462 - Vibraciones: NTC 5436, Resolución 2400 de 1979

6. Concepto: es el conjunto de conocimientos científicos y tecnológicos aplicados al estudio, reconocimiento y evaluación; de las sustancias y factores ambientales derivados del trabajo que pueden incidir negativamente en la salud de los trabajadores. Busca controlar los factores ambientales y diseñar medios preventivos, para evitar las enfermedades derivadas de los riesgos que pueden afectar a la salud del trabajador.

6.1. Peligros

6.1.1. Peligro Físicos.

6.1.1.1. Concepto: son aquellos factores ambientales, de naturaleza física, que al ser percibidos por las personas pueden provocar efectos adversos a la salud, según sea la intensidad, exposición, y concentración de los mismos. Los efectos de estos factores varían según la intensidad, exposición y concentración.

6.1.1.1.1. Peligro Temperatura extrema: frío, calor

6.1.1.1.2. Peligro Iluminación inadecuada por exceso o defecto

6.1.1.1.3. Metodología: Capacitación y uso de los EPP a todos lo empleados. El uso obligatorio de la ropa protectora en lugares de alta concentración de temperatura muy baja. Ventilación y extracción en lugares donde exista alta concentración de temperaturas altas.

6.1.1.2. Peligro Ruido

6.1.1.2.1. Riesgos: Sordera y efectos extra auditivos: (irritabilidad, ansiedad.

6.1.1.3. Radiaciones no ionizantes: rayos ultravioleta , láser, campos magnéticos, infrarrojos.

6.1.1.3.1. Riesgos: lesiones en piel, irritación de la conjuntiva del ojo, inflamación de la córnea, cataratas.

6.1.1.4. Peligro Electromagnética

6.1.2. Peligro Biológicos

6.1.2.1. Concepto: son factores propios del medio ambiente que están presentes en el lugar de trabajo. Estos surgen de la exposición laboral a micro y macroorganismos que puedan causar daños al trabajador. Estos en general pueden ser transmitidos a través del aire, de la sangre y de los fluidos corporales.

6.1.2.1.1. Peligro Bacterias.

6.1.2.1.2. Peligro Virus. Deben asociarse a una célula para poder manifestarse y no son capaces de crecer o multiplicarse fuera de ella.

6.1.2.1.3. Peligro Hongos. Se manifiestan principalmente a través de la piel.

6.1.2.1.4. Peligro Parásitos. (protozoos, artrópodos, etc.)

6.1.2.1.5. Peligro Gusanos

6.1.2.1.6. Factor de riesgo de los peligros biológicos: Contacto e inhalación de microorganismos patógenos (virus, hongos, bacterias, parásitos); contacto con macroorganismos (mamíferos, roedores, etc.). La transmisión de los mismos puede ser por medio de animales, ciertos instrumentos o materiales e incluso entre personas.

6.1.2.2. Legislación aplicable: - Resolución 1164 de 2002 “Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de los residuos hospitalarios y similares (MPGIRH)” - Decreto 077 de 1997 “Por el cual establece aspectos de bioseguridad para los laboratorios. - Decreto 4126 de 2005 “Gestión integral de los residuos hospitalarios y similares” - Resolución 2183 de 2004 “Por el cual se adopta el Manual de Buenas Prácticas de esterilización para los prestadores del servicio de salud” - Decreto 1543 de 1997 Presidencia de la República de Colombia “Reglamenta el manejo de la infección por VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual”. - Decreto 1832 de 1994 del "Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales, considera como tales las enfermedades infecciosas y parasitarias en trabajos con exposición a riesgos biológicos.

6.1.3. Peligro Químicos

6.1.3.1. Concepto: Contaminante químico es toda sustancia orgánica e inorgánica, natural o sintética que durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso, puede incorporarse al aire ambiente en forma de polvo, humo, gas o vapor, con efectos irritantes, corrosivos, asfixiantes o tóxicos y en cantidades que tengan probabilidades de lesionar la salud de las personas que entran en contacto con ellas.

6.1.3.1.1. Por la forma en que se presentan: aerosoles, humos, gases, vapores. Por sus efectos: • Irritantes: producen inflamación en el tejido donde actúan, principalmente piel y mucosas del sistema respiratorio. Ej. el ozono, dióxido de nitrógeno, fosgeno o cloro. • Asfixiantes: impiden la llegada de oxígeno a las células de los tejidos. Ej. CO 2, plomo. • Anestésicos: producen estado de somnolencia al ser depresores del sistema nervioso. Ej. tolueno, xileno, acetona, etanol, propano o éter etílico. • Sensibilizantes o Alérgicos: producen reacciones alérgicas. Generalmente se traducen en afecciones en la piel o en las vías respiratorias. Ej. fibras vegetales, formaldehído, polvo de madera o resinas. • Cancerígenos: inducen o potencian la aparición de cáncer. Ej. benceno, cloruro de vinilo y amianto. • Corrosivos: producen destrucción del tejido. Ej. ácidos y álcalis. • Neumoconióticos: son sustancias sólidas en forma de polvos o humo, que se depositan en los pulmones produciendo neumopatías y degeneración de las fibras pulmonares. Ej. aluminio o el sílice, que producen la aluminosis y silicosis respectivamente. Por su toxicidad: por la capacidad o la propiedad de una sustancia de causar efectos adversos sobre la salud. El daño que cause en el organismo depende de varios factores:

6.1.3.2. Legislación aplicable: - Decreto Ley 1295 de 1994, expedido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por el cual se determina la Organización y Administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. - Resolución 1016, Artículo 10 y 11 de marzo de 1989 de los Ministerios Salud, Trabajo y Seguridad Social, regula el control de sustancias químicas peligrosas en empresas I, II, III. - Decreto Ley 1281 de 1994, reglamenta el derecho a pensión de vejez anticipada en trabajadores que hayan trabajado un mínimo de 500 semanas con sustancias químicas altamente tóxicas. - Ley 55 de 1993 Seguridad en la Utilización de Productos Químicos en el Trabajo,

6.1.4. Peligro Ergonómicos.

6.1.4.1. Concepto: Son causados por el mal diseño de los puestos de trabajo se convierte en otra amenaza para la salud, pues suele ser el causante de posturas incómodas y entorpecimiento de tareas, desgaste innecesario del cuerpo. La mejor solución a estos problemas es rediseñar el trabajo de modo que se reduzcan los factores de riesgo.

6.1.4.1.1. Peligros: • Sobre esfuerzo: realizar esfuerzo físico como empujar, jalar y levantar. • Frío o calor extremo. Repetición: realizar el mismo movimiento una y otra vez. • Postura extraña: trabajar de modo que se ejerza tensión sobre el cuerpo, como encorvarse, agacharse, alzar demasiado los brazos o estar en una misma posición por demasiado tiempo. • Presión directa: contacto prolongado con una superficie o borde duro. • Vibración: trabajar con herramientas o equipo que vibren

6.1.4.2. Legislación aplicable: Normas ISO 11228-1, 11228-2 y 11228-3, que tratan sobre los criterios y factores de riesgo ergonómicos y de valoración de la actividad física. - ISO TR 12295, que trata sobre normas de ergonomía para la evaluación de los riesgos derivados de la actividad y la exigencia física en el trabajo. - Normas Básicas de la Ergonomía en un puesto de trabajo: Serie ISO 11228, ISO 6385, ISO 9241, ANSI B11, ANSI Z-365, ISO / DIS 7250. - Ley 378 de 1997. Establece el Asesoramiento en materia de salud, seguridad, higiene en el trabajo y ergonomía, así como en materia de equipos de protección individual y colectiva. - Norma Técnica NTC 3955. Tiene por objeto dar los conceptos básicos para la aplicación de la terminología de la ergonomía en cualquier población, región, empresa, grupo de trabajo, y comunidad académica e investigativa en Colombia. - Norma Técnica NTC 5831. Establece los requisitos ergonómicos para trabajar con pantallas video terminales. - Norma Técnica NTC 5655. Establece los principios para el diseño ergonómico de sistemas de trabajo. Órgano de vigilancia: Ministerio con competencia en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

6.1.5. Peligro Psicosociales

6.1.5.1. Concepto: Sus consecuencias determinan el desequilibrio del bienestar social. También conocidos como psicolaborales, hace referencia a situaciones organizacionales.

6.1.5.1.1. Peligros: Gestión organizacional, Características del trabajo, Condiciones de la tarea, Conocimientos, habilidades, Jornada de trabajo

6.1.5.2. Legislación aplicable: • Ley 1616 del 2013 explica todo lo que se debe hacer en pro de la salud mental en Colombia no solo a nivel trabajador sino a nivel general. • Resolución 2646 del 2008 con la que se da origen a la intervención a los factores de riesgo psicosocial denominándolos como factores intralaborales, extralaborales e individuales. • Resolución 652 y 1356 del 2012 que hablan sobre los comités de convivencia laboral recordando que dichos comités tienen un papel fundamental al momento de intervenir en un caso donde esté implicado el riesgo psicosocial. • Ley 1010 del 2006 que menciona el concepto de acoso laboral • Decreto 1072 de 2015 en el Capítulo 6 donde se menciona que este factor de riesgo debe ser parte del SGSST. • Ley 2404 del 2009 se establecen nuevos instrumentos para la medición del riesgo psicosocial tanto específicos como generales, la aplicación de la batería de riesgo psicosocial y su frecuencia de aplicación.

6.1.6. Metodología: El panorama de factores de riesgo es una herramienta mediante la cual se identifican todas aquellas situaciones físicas, químicas, biológicas, ergonómicas, psicosociales y de seguridad, que atentan contra la integridad física de los empleados, la productividad, la calidad y los bienes materiales de la empresa. Además, permite identificar localizar y valorar las situaciones de riesgo existentes, con el fin de priorizar y planificar las medidas de previsión, prevención y protección más convenientes y adecuadas, según sea el tipo de exposición y severidad de las consecuencias.

6.2. Peligro Vibraciones

6.2.1. Riesgos: Trastornos articulares, daños vasculares (venosos y arteriales), lesiones de nervios periféricos. Estimulan el laberinto del oído izquierdo. Pueden producir mareos y vómitos (mal propio de los transportes). Provocan trastornos en el sistema nervioso central. Trastornos ósteo-articulares objetivables radiológicamente: Artrosis hiperostosante de codo. Lesiones de muñeca. Afecciones anginoneuróticas: Aumento de la incidencia de enfermedades de estómago. Afecciones angioneuróticas de la mano tales como calambres.

6.2.1.1. Factor de riesgo: Exposición a: - Transporte por avión, coche, barco, plataformas flotantes, tren (movimientos de balanceo). - Herramientas a motor manuales rotativas, alternativas o percutoras tales como las pulidoras, lijadoras, moledoras, motosierras, martillos neumáticos, picadores, rompedores y perforadores. - Equipos con piezas vibrantes: amolado de columna, cortacésped, compactadoras de carreteras.

6.2.1.1.1. Metodología: se debe realizar una medición de los niveles de vibraciones mecánicas a que estén expuestos los trabajadores, para trabajar en la disminución del tiempo de exposición. Sistema de rotación en los lugares de trabajo. Sistema de pausa durante la jornada laboral. Minimizar la intensidad de las vibraciones

7. Riesgos: De 1 a 3 mA: Un organismo normal percibe un picor sin peligro (umbral de percepción). A partir de 5 mA: Un contacto prolongado puede provocar movimientos bruscos en ciertas personas. A partir de 10 mA: Comienzan las contracciones musculares y tetanización (rigidez y tensión convulsiva) de los músculos de la mano y del brazo, pudiendo ocasionar que la piel se quede pegada a los puntos de contacto con las partes bajo tensión (fenómeno de agarrotamiento). Por encima de 25 mA: En un contacto de más de 2 minutos, si el paso de la corriente es por la región del corazón, se puede producir una tetanización del músculo del pecho, pudiendo llegar a sufrir la asfixia por bloqueo muscular de la caja torácica. Entre 30 a 50 mA: Se puede producir la fibrilación ventricular si la corriente atraviesa la región cardíaca, produciendo la muerte, si el accidentado no es atendido en pocos minutos. Entre 2 y 3 A: Sobreviene la parada respiratoria, inconsciencia,aparecen marcas visibles. Para intensidades superiores a los 3 A: Las consecuencias son quemaduras graves y puede ser la muerte.

7.1. Factores de riesgo: Factores Técnicos: Intensidad de la corriente que pasa por el cuerpo humano. Tiempo de exposición al riesgo. Trayectoria de la corriente eléctrica por el cuerpo humano. Naturaleza de la corriente (alterna/continua). Resistencia eléctrica del cuerpo humano. Tensión aplicada. Factores Humanos: Edad. Enfermedades. Sexo. Estado emocional. Profesión habitual. Experiencia, etc. - Desconocimiento o conocimiento inadecuado. - Deficiencia en materiales de construcción. - Deficiencias tecnológicas. - Fallas en procesos, equipos, diseños. - Error humano. - Actores externos (voluntarios). - Fenómenos naturales o socio-naturales

8. Peligros: es una fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo: Piso en mal estado.