LINEAMIENTOS Y DIRECTRICES

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LINEAMIENTOS Y DIRECTRICES by Mind Map: LINEAMIENTOS Y DIRECTRICES

1. Unidad Receptora

1.1. La entidad del sector público, social o privado que participa en el desarrollo social o productivo del país o el extranjero, cuyos objetivos sean acordes con los que el presente Reglamento señala y que obtenga el registro como tal, de la Unidad Académica

1.1.1. Recibir información sobre las solicitudes de estudiantes universitarios de la Facultad de Contaduría y Administración de las licenciaturas en Contaduría Pública, Administración de Empresas, Negocio y Comercio Internacional y Mercadotecnia para la realización de su práctica profesional.

1.1.1.1. Recibir información de parte del coordinador del programa sobre situaciones específicas del practicante

1.1.1.1.1. Aceptar o rechazar, supervisar e informar el desempeño de los practicantes de acuerdo al programa de actividades de la práctica profesional

2. Coordinador

2.1. Planear y diseñar las estrategias que permitan la operatividad de los programas de prácticas profesionales

2.1.1. Planear y diseñar acciones de promoción y difusión de las diversas acciones y programas de prácticas profesionales en forma interna y externa a la Facultad

2.1.1.1. Asignar y supervisar a los alumnos asignados a los programas de prácticas profesionales.

2.1.1.1.1. Constituir y mantener actualizado el padrón de unidades receptoras que permitan la práctica profesional de los estudiantes de la Facultad.

3. Asesor

3.1. El docente de la Facultad que tiene bajo su encargo la coordinación de los procesos de supervisión, evaluación y acreditación de Prácticas Profesionales

3.1.1. Recibir información del programa de Prácticas Profesionales al que haya sido asignado

3.1.1.1. . Realizar actividades acordes con su perfil profesional, durante el desarrollo de sus Prácticas Profesionales

3.1.1.1.1. Contar, por parte de la Unidad receptora, con los instrumentos y apoyos necesarios para el desarrollo de sus actividades

4. LINE

5. Practicas profesionales

5.1. Son el conjunto de actividades y quehaceres propios a la formación profesional para la aplicación del conocimiento y la vinculación con el entorno social y productivo

5.1.1. Las prácticas profesionales tienen la finalidad de lograr el aprendizaje integral del estudiante y fortalecer su campo cognoscitivo mediante la experiencia profesional, para hacerlo capaz de observar, evaluar, diagnosticar, planear y proponer soluciones a los problemas que enfrente en el ámbito laboral del egresado de Contaduría Pública

5.1.1.1. Las prácticas profesionales pueden realizarse tanto en el sector social, como en el público y en el privado, que permitan desarrollar las habilidades y destrezas requeridas por el perfil profesional de los estudiantes

5.1.1.1.1. Las prácticas profesionales son obligatorias y se realizarán hasta el cumplimiento de 480 horas, equivalentes a 10 créditos, durante un periodo no menor de seis meses

6. Practicante

6.1. El alumno que realice actividades en instituciones privadas u organismos sociales, para dar cumplimiento a los objetivos previstos en el presente Reglamento, asignado a alguno de los programas de Prácticas Profesionales registrados por las Unidades Académicas de la Universidad

6.1.1. Solicitar el registro ante el responsable de prácticas profesionales de la facultad, al iniciar cada semestre a partir del séptimo

6.1.1.1. Haber acreditado por lo menos un 60% del total de créditos del plan de estudios de la licenciatura

6.1.1.1.1. Acudir ante el Coordinador de prácticas profesionales para recibir la orientación necesaria y las instrucciones para realizar los trámites para su asignación y comparecencia ante el supervisor del programa que le sea asignado, así como la asesoría relativa a la supervisión, evaluación y acreditación de las prácticas

7. Plan de trabajo

7.1. Se refiere al plan de actividades para la realización de Prácticas Profesionales que requiere un alumno con un perfil profesional registrado ante la DES

7.1.1. La acreditación es el reconocimiento de la terminación de las prácticas profesionales del alumno, con la finalidad de que se liberen y se cumplan los créditos establecidos en el plan de estudios de la Facultad

7.1.1.1. Para acreditar esta asignatura, el practicante deberá cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 21 de este ordenamiento, en lo conducente, caso contrario, se tendrá por no acreditada la práctica profesional

7.1.1.1.1. Al término del periodo de las prácticas profesionales, el asesor emitirá la calificación de las prácticas profesionales por medio de un acta generada a través del SACE y se expresará con calificación de 1 a 10, siendo el 6 la calificación mínima aprobatoria