AUDIENCIAS DEL PROCESO PENAL

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AUDIENCIAS DEL PROCESO PENAL by Mind Map: AUDIENCIAS DEL PROCESO PENAL

1. AUDIENCIAS PRELIMINARES

1.1. Aquellas que se realizan ante el Juez de control de garantías durante la indagación y la investigación para ordenar o controlar actuaciones, resolver peticiones o adoptar decisiones.

1.2. tipos

1.2.1. Audiencia de control posterior a la captura

1.2.1.1. finalidad

1.2.1.1.1. solicitar al juez de control que le imparta legalidad, porque se ha realizado dentro de una de las formas de restricción legítima de la libertad

1.2.2. Audiencia de Formulación de imputación

1.2.2.1. finalidad

1.2.2.1.1. principio de oportunidad

1.2.2.1.2. preclusion

1.2.2.1.3. imputación, allanamiento

1.2.2.2. se presentan

1.2.2.2.1. Elementos Materiales Probatorios

1.2.2.2.2. evidencia fìsica

1.2.3. Audiencia de medida de aseguramiento

1.2.3.1. solicitadas por la Fiscalía en una audiencia ante el Juez de Control de Garantías con el propósito de proteger los fines constitucionales que el procesado puede llegar a afectar con su comportamiento, tales como, que el imputado cause daño a la sociedad o a la víctima, obstruya la investigación o las pruebas y su posible no comparecencia a las demás etapas del proceso.

1.2.3.2. proceso del JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS

1.2.3.2.1. Identificar claramente al procesado.

1.2.3.2.2. Mencionar el delito por el que se le está investigando.

1.2.3.2.3. Exponer los elementos materiales probatorios con los que cuenta la fiscalía para determinar la autoría o participación del imputado.

1.2.3.2.4. Relatar los hechos materia de investigación.

1.2.3.2.5. Justificar porque la medida de aseguramiento tiene un carácter urgente.

1.2.3.2.6. Presentar cuál de los fines de la medida se quiere proteger y porque se afecta con la actuación del investigado.

1.2.3.2.7. Manifestar porque esa medida de aseguramiento es la más adecuada, probar que no existe otra medida menos restrictiva de la libertad que produzca los mismos efectos que la solicitada y que sea proporcional al fin que se persigue con la solicitada.

1.2.4. Audiencias para solicitar el control a la orden de allanamiento

1.2.4.1. proceso del JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS

1.2.4.1.1. - Las intervenciones deben ser concretas, claras, puntuales y sin argumentos repetitivos ydeben estar dirigidas al juez o al imputado, según el caso.

1.2.4.1.2. Fijará antes de iniciar las intervenciones, de común acuerdo con las partes, el tiempo necesario para desarrollarlas.

1.2.4.1.3. En caso de partes compuestas por pluralidad de sujetos (v.gr. varios defensores, representantes de víctimas, etc.) se les requerirá para que la intervención se limite únicamente a los intereses de sus respectivos representados.

1.2.4.1.4. Limitará la lectura de documentos a lo estrictamente necesario según el caso.

1.2.5. Audiencia para solicitar control previo a una intervención corporal

1.2.5.1. Clases de intervención

1.2.5.1.1. Inspección corporal

1.2.5.1.2. Registro personal

1.2.5.1.3. Toma de muestras

1.2.5.1.4. Exámenes a las victimas

2. AUDIENCIAS DE CONOCIMIENTO

2.1. Tipos

2.1.1. Audiencia de formulación de acusación

2.1.1.1. Finalidad

2.1.1.1.1. Es la audiencia oral realizada ante el juez de conocimiento en la que el fiscal hace un recuento de los hechos por los cuales el acusado será llevado a juicio y se manifiesten las recusaciones e impedimentos, incompetencia o nulidades a que haya lugar. Además, tiene el lugar el descubrimiento de los elementos materiales probatorios recolectados por la Fiscalía y de aquellos que la defensa pretenda hacer valer en el juicio oral

2.1.2. Audiencia Preparatoria

2.1.2.1. Quien la compone

2.1.2.1.1. El juez declarará abierta la audiencia

2.1.2.1.2. Fiscal

2.1.2.1.3. El defensor

2.1.2.1.4. El acusado

2.1.2.1.5. El Ministerio Público y la representación de las víctimas, si la hubiere.

2.1.2.2. Proceso

2.1.2.2.1. 1. Que las partes manifiesten sus observaciones pertinentes al procedimiento de descubrimiento de elementos probatorios, en especial, si el efectuado fuera de la sede de la audiencia de formulación de acusación ha quedado completo. Si no lo estuviere, el juez lo rechazará.

2.1.2.2.2. 2. Que la defensa descubra sus elementos materiales probatorios y evidencia física.

2.1.2.2.3. 3. Que la Fiscalía y la defensa enuncien la totalidad de las pruebas que harán valer en la audiencia del juicio oral y público.

2.1.2.2.4. 4. Que las partes manifiesten si tienen interés en hacer estipulaciones probatorias. En este caso decretará un receso por el término de una (1) hora, al cabo de la cual se reanudará la audiencia para que la Fiscalía y la defensa se manifiesten al respecto.

2.1.2.2.5. 5. Que el acusado manifieste si acepta o no los cargos. En el primer caso se procederá a dictar sentencia reduciendo hasta en la tercera parte la pena a imponer, conforme lo previsto en el artículo 351. En el segundo caso se continuará con el trámite ordinario.

2.1.2.3. Finalidad

2.1.2.3.1. la Fiscalia y la defensa solicitan pruebas que requieran para sustentar su pretensión

2.1.2.3.2. Exhibición de los elementos materiales de prueba

2.1.2.3.3. Decreto de pruebas que solicitan las partes

2.1.2.3.4. Rechazo, inadmisión de pruebas inconducentes, impertinentes, repetidas e inútiles

2.1.2.3.5. Exclusión de pruebas ilegales

2.1.2.3.6. Determinación de orden de la presentación de la prueba

2.1.3. Audiencia de Juicio Oral

2.1.3.1. Finalidad

2.1.3.1.1. Es la audiencia pública en la que se realiza la práctica de pruebas, la Fiscalía expone su teoría del caso, así como sus alegatos finales, los cuales también pueden ser expuestos por la Defensa, la víctima y el Ministerio Público para que finalmente el juez emita el sentido del fallo .

2.1.3.2. Proceso

2.1.3.2.1. Iniciación del juicio

2.1.3.2.2. Alegación inicial

2.1.3.2.3. Condiciones de validez de la manifestación

2.1.3.2.4. Manifestaciones de culpabilidad preacordadas

2.1.3.2.5. Decisión del juez

3. AUDIENCIA DE REPARACIÓN INTEGRAL

3.1. Anunciado el sentido del fallo en el que se declara la responsabilidad del acusado, el fiscal, la víctima o el Ministerio público a instancia de ella pueden solicitar que se abra el incidente de reparación integral.

3.2. Aceptado este, el juez convoca a audiencia pública en donde la víctima formula sus pretensiones y puede intentar un acuerdo con el responsable.

3.2.1. Si se logra el acuerdo se incorpora a la sentencia, de lo contrario, el juez cita a una nueva audiencia en la que, previo a un nuevo intento de conciliación, el juez decide la forma de reparación integral a la que haya lugar