LOS MODOS DE PRODUCCIÓN DE NORMAS JURÍDICAS

Esquema de las fuentes del derecho chileno. Bendiciones

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LOS MODOS DE PRODUCCIÓN DE NORMAS JURÍDICAS by Mind Map: LOS MODOS DE PRODUCCIÓN DE NORMAS JURÍDICAS

1. Procedimiento

1.1. Nos están sometidas a procedimiento prewstablecido. Salvo los casos de "vicios del consentimiento".

2. 3. Ley sobre protección y desarrollo de las personas indígenas

3. 1. Introducción

3.1. "Fuente del derecho"

3.1.1. Expresión ambigüa

3.1.1.1. Sentido material

3.1.1.2. Sentido formal

3.1.1.2.1. 1. Acto de producción normativa

4. 2. Constitución

4.1. Normas constitucionales

4.1.1. De mayor competencia

4.1.2. Supremas

4.1.2.1. Supremacía garantizada por mecanismos de control de constitucionalidad.

4.1.2.1.1. Preventivos

4.1.2.1.2. Represivos

4.2. Potestad constituyente.

4.2.1. 1. Originaria

4.2.2. 2. Derivada

4.2.2.1. Órganos competentes

4.2.2.1.1. 1. Presidente de la república

4.2.2.1.2. 2. El Senado

4.2.2.1.3. 3. Cámara de Diputados

4.2.2.2. Procedimiento

4.2.2.2.1. Quórums

4.2.2.2.2. Ratificación por Congreso Pleno

4.2.2.2.3. (Excepcionalmente) Plebiscito

5. 6. Actos jurídicos (o negocios jurídicos)

5.1. Facultados

5.1.1. Personas jurídicas

5.1.2. Individuos

5.2. Clasificaciones más importantes:

5.2.1. Unilaterales

5.2.2. Bilaterales (o convenciones)

5.2.2.1. Cuando crean Obligaciones se denominan "Contratos"

5.2.2.1.1. Unilaterales

5.2.2.1.2. Bilaterales

5.2.3. Corporativos

5.2.3.1. Es el de las personas jurídicas

5.3. Condiciones de Validez

5.4. Ámbito de competencia

5.4.1. Libertad de competencia salvo los prohibidos por ley.

6. 7. Costumbre jurídica

6.1. Características

6.1.1. 2 Elementos de la costumbre

6.1.1.1. 1. Objetivo

6.1.1.2. 2. Subjetivo

6.1.2. Potestad normativa

6.1.2.1. No hay. Solo reconocimiento del sustema jurídico

6.1.3. Tienen escasa relevancia

6.2. Valor de la costumbre en el OJ

6.2.1. Encuentra reconocimiento expreso en:

6.2.1.1. 1. Código Civil

6.2.1.2. 2. Código del Comercio

6.3. Desuetudo

6.3.1. Remite al problema de la relación entre eficacia y validez de las normas jurídicas

7. 8. La potestad jurisdiccional de los Tribunales de Justicia

7.1. Sentencia juridical

7.1.1. Resolución judicial

7.1.1.1. Proceso o juicio

7.1.1.2. Sentencia definitiva

7.1.1.3. Estructura

7.1.1.3.1. Parte expositiva

7.1.1.3.2. Parte considerativa o deliberativa

7.1.1.3.3. Parte resolutiva o dispositiva

7.1.1.4. 2. Producto del acto de producción normativa.

7.1.2. ¿Un acto de creación de derecho?

7.1.2.1. Para Kelsen si pero es discutible debido a ciertas características de la sentencia judicial. Hay 2 sentidos en que se puede afirmar un acto de creación pero ambos son discutibles.

7.2. El precedente judicial y la jurisprudencia

7.2.1. Common Law

7.2.1.1. Los precedentes constituyen derecho

7.2.2. Civil Law

7.2.2.1. Los precedentes no constituyen derecho

7.2.2.2. Jurisprudencia

7.2.2.2.1. No constituye una fuente formal de derecho pero si material

7.2.3. Chile

7.2.3.1. La jurisprudencia y resoluciones pasadas no constituyen fuente formal de derecho pero si material (que se debilita debido a ciertas prácticas de los tribunales superiores)

8. No necesita la ratificación del Congreso

9. 3. Senadores: individual o colectivamente (hasta 5 de ellos)

10. Tribunales Superiores de justicia

10.1. Mediante "autos acordados"

10.2. Órganos de competencia

10.2.1. 1. Corte Suprema

10.2.2. 2. Corte de Apelaciones

10.2.3. 3. Tribunal Constitucional

10.2.4. 4. Tribunal Calificador de Elecciones

11. 3. Legislación

11.1. Dviersos sentidos de la expresión.

11.1.1. Sentido amplísimo

11.1.1.1. Todas las normas jurídicas: Establecidas a través de un órgano estatal con una excepción.

11.1.2. Sentido amplio

11.1.2.1. Normas con Fuerza de Ley o jerarquía legal

11.1.2.1.1. 1. Ley

11.1.2.1.2. 2. Decreto fuerza de Ley

11.1.2.1.3. 3. Tratados internacionales

11.1.2.1.4. 4. Decreto ley

11.1.3. Sentido estricto.

11.1.3.1. Ley

11.2. Ley

11.2.1. Clases de leyes

11.2.1.1. 1. Leyes interpretativas de la Constitución

11.2.1.1.1. 2 reglas especiales:

11.2.1.2. 2, Leyes orgánicas constitucionales

11.2.1.2.1. 2 reglas especiales:

11.2.1.3. 3. Leyes de quórum calificado

11.2.1.3.1. Requieren mayoría de diputados y senadores

11.2.1.4. 4. Leyes ordinarias o comunes

11.2.1.4.1. Sujetas a las reglas generales del procedimiento legislativo

11.2.2. Órganos competentes

11.2.2.1. 1. Las dos ramas del Congreso:

11.2.2.1.1. Cámara de diputados

11.2.2.1.2. Senado

11.2.2.2. 2. Presidente de la República (Colegislador)

11.2.3. Procedimiento

11.2.3.1. Tiempo del procedimiento

11.2.3.1.1. Puede ser alterado por el P. de la R. calificando un proyecto como "urgente":

11.2.3.2. 1. Iniciativa

11.2.3.2.1. Facultad atribuida a:

11.2.3.3. Ámbitos de competencia

11.2.3.3.1. La potestad legislativa se encuentra sometida a:

11.2.3.4. 2. Discusión

11.2.3.5. 3. Aprobación

11.2.3.5.1. De ambas cámaras del Congreso.

11.2.3.6. 4. Sanción

11.2.3.6.1. Aprobación (sanción)

11.2.3.6.2. Rechazo (veto)

11.2.3.7. 5. Promulgación

11.2.3.7.1. Plazo de 10 días después de la sanción.

11.2.3.8. 6. Publicación

11.2.3.8.1. Plazo de 5 días después de la promulgación

11.3. Decreto con Fuerza de Ley (DFL)

11.3.1. Concepto

11.3.1.1. Se generan en virtud de un acto que se expresa en una ley delegatoria.

11.3.2. Órgano competente

11.3.2.1. P. de la R.

11.3.3. Ámbitos de competencia

11.3.3.1. Limitado por:

11.3.3.1.1. 1. Constitución

11.3.3.1.2. 2. Ley delegatoria.

11.3.3.2. Puede:

11.3.3.2.1. Modificar o derogar normas legales

11.3.3.2.2. Ser modificado o derogado por normas de rango legal

11.3.4. Procedimiento

11.3.4.1. 1. Ley delegatoria

11.3.4.2. 3. Publicación

11.3.4.2.1. 2. Tramitación del decreto con fuerza de ley

11.4. Tratados internacionales

11.4.1. Concepto

11.4.1.1. Nota distintiva

11.4.1.1.1. 1.Crean normas que pertenecen a 2 OJ

11.4.1.1.2. 2. Las normas sobre producción jurídica pertenecen a 2 SJ

11.4.1.2. Jerarquía

11.4.1.2.1. Se dice que son de rango legal pero se dice que:

11.4.2. Órganos competentes

11.4.2.1. 1. P. de la R.

11.4.2.2. 2. Congreso nacional

11.4.3. Ámbitos de competencia

11.4.3.1. El presidente puede incluir tratados de toda materia "que estime convenientes para los intereses del país" sean o no de dominio legal.

11.4.3.1.1. Dominio legal

11.4.3.1.2. No dominio legal

11.4.4. Procedimiento

11.4.4.1. 1. Negociación y firma

11.4.4.2. 2. Aprobación

11.4.4.3. 3. Ratificación

11.4.4.4. 4. Promulgación

11.4.4.5. 5. Publicación

11.5. Decreto ley

11.5.1. Concepto

11.5.1.1. Típicas de periodos de ruptura del orden constitucional

11.5.1.2. Son normas independientes

11.5.2. Validez

11.5.2.1. No hay normas jurídicas que regulen su producción jurídica, no se regulan:

11.5.2.1.1. Órganos competentes

11.5.2.1.2. Ámbitos de competencias

11.5.2.1.3. Procedimiento

12. Administración del E°

12.1. Jerarquía

12.1.1. Inferiores a la ley

12.1.2. Consejo Nacional de Televisión

12.1.2.1. Órgano competente

12.1.2.1.1. Consejo

12.1.2.2. Ámbitos de competencia

12.1.2.2.1. 1. Transmisión y receptción de televisión por satélite

12.1.2.2.2. 2. Prohibición de transmisión de programas inadecuados

12.2. 5. Actos normativos de los Órganos autónomos del E°

12.2.1. Algunos de estos órganos son:

12.2.1.1. Municipalidades

12.2.1.1.1. Órganos competentes

12.2.1.1.2. Ámbitos de competencia

12.2.1.1.3. Subordinadas a la Ley y reglamentos del P. de la R.

12.2.1.1.4. Jerarquía

12.2.1.2. Banco Central

12.2.1.2.1. Órganos competentes

12.2.1.2.2. Ámbitos de competencia

12.3. 4. Actos normativos de la administración del E°

12.3.1. El "acto administrativo"

12.3.1.1. Decretos

12.3.1.1.1. 1. Decretos supremos

12.3.1.1.2. 2. Reglamentos

12.3.1.2. Procedimiento

12.3.1.2.1. 1. Realización del acto

12.3.1.2.2. 2. Toma de razón del acto

12.3.2. 2 modos principales

12.3.2.1. 1. Potestad reglamentaria del P. de la R.

12.3.2.1.1. 1. Potestad reglamentaria de ejecución

12.3.2.1.2. 2. Potestad reglamentaria autónoma

12.3.2.2. 2. Potestad normativa de instituciones fiscalizadoras

12.3.2.2.1. Ejemplos de institución fiscalizadora:

12.3.2.2.2. Pueden dictar normas de obligatoriedad general.

12.3.2.2.3. Jerarquía