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Ley 16 16 by Mind Map: Ley 16 16

1. Objetivo artículo 1

1.1. Garantizar el ejercicio pleno del Derecho a la Salud Mental a la población colombiana, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, mediante la promoción de la salud y la prevención del trastorno mental, la Atención Integral e Integrada en Salud Mental en el ámbito del SGSSS según el artículo 49 de la Constitución y con fundamento en el enfoque promocional de Calidad de vida y la estrategia y principios de la Atención Primaria en Salud.

1.1.1. Reformulación, implementación y evaluación de la Política Pública Nacional de Salud Mental, con base en los enfoques de derechos, territorial y poblacional por etapa del ciclo vital.

2. Promoción de la salud mental

2.1. Estrategia intersectorial y un conjunto de procesos orientados hacia la transformación de los determinantes de la Salud Mental que afectan la calidad de vida, en procura de la satisfacción de las necesidades y los medios para mantener la salud, mejorarla y ejercer control de la misma en los niveles individual y colectivo teniendo en cuenta el marco cultural colombiano.

3. Prevención primaria del transformó mental

3.1. Intervenciones tendientes a impactar los factores de riesgo relacionados con la ocurrencia de trastornos mentales, enfatizando en el reconocimiento temprano de factores protectores y de riesgo, en su automanejo y está dirigida a los individuos, familias y colectivos.

4. Atención integral e integrada

4.1. Integral: concurrencia del talento humano y los recursos suficientes y pertinentes en salud para responder a las necesidades de salud mental de la población, incluyendo la promoción, prevención secundaria y terciaria, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación en salud e inclusión social. • Integrada: Conjunción de los distintos niveles de complejidad, complementariedad y continuidad en la atención en salud mental, según las necesidades de salud de las personas.

5. Trastorno mental

5.1. Alteración de los procesos cognitivos y afectivos del desenvolvimiento considerado como normal con respecto al grupo social de referencia del cual proviene el individuo. Esta alteración se manifiesta en trastornos del razonamiento, del comportamiento, de la facultad de reconocer la realidad y de adaptarse a las condiciones de la vida.

6. Discapacidad mental

6.1. Se presenta en una persona que padece limitaciones psíquicas o de comportamiento, que no le permiten en múltiples ocasiones comprender el alcance de sus actos, presenta dificultad para ejecutar acciones o tareas, y para participar en situaciones vitales. Puede ser transitoria o permanente.

7. Artículo 5

8. Derechos de las personas

8.1. 1. Derecho a recibir atención integral e integrada y humanizada 2. Derecho a recibir información clara, oportuna, veraz y completa acerca de su enfermedad 3. Derecho a recibir la atención especializada e interdisciplinaria y los tratamientos con la mejor evidencia científica de acuerdo con los avances científicos en salud mental. 4. Derecho a que las intervenciones sean las menos restrictivas de las libertades individuales de acuerdo a la ley vigente. 5. Derecho a tener un proceso psicoterapéutico, con los tiempos y sesiones necesarias 6. Derecho a la psicoeducación 7. Derecho a incapacidad laboral 8. A ejercer sus derechos civiles y en caso de incapacidad que su incapacidad para ejercer estos derechos sea determinada por un juez. 9. A no ser discriminado o estigmatizado 10. A recibir o rechazar ayuda espiritual o religiosa de acuerdo con sus creencias. 11. Derecho a acceder y mantener el vínculo con el sistema educativo y el empleo, y no ser excluido por causa de su trastorno mental. 12. Recibir el medicamento que requiera 13. Exigir que sea tenido en cuenta el consentimiento informado para recibir el tratamiento. ????? 14. No ser sometido a ensayos clínicos ni tratamientos experimentales sin su consentimiento informado. 15. La confidencialidad 16. Reintegro a su familia y comunidad.

9. Artículo 6

10. Artículo 32

11. OBSERVATORIO NACIONAL DE SALUD

11.1. • Igual a artículos 8 y 9 de la ley 1438 de 2011 • Salud Mental y Consumo de Sustancias psicoactivas y específicamente en esta área deberá: 1. Organizar un área clave de trabajo en Salud Mental y Consumo de Sustancias psicoactivas. 2. Generar información actualizada, válida, confiable y oportuna para la formulación de políticas y la orientación de intervenciones en el área de Salud Mental y Consumo de Sustancias Psicoactivas.

11.1.1. 3. Permitir el diagnóstico de la situación de salud mental de la población colombiana a través del examen y evaluación de las tendencias y distribución de los indicadores de Salud Mental y de sus efectos sobre la salud y el desarrollo general del país. 4. Generar una plataforma tecnológica para la formación continua del talento humano en salud mental, el registro de indicadores y cifras en tiempo real, entre otras aplicaciones.

12. Artículo 34

13. SALUD MENTAL POSITIVA

13.1. • Ministerio de la Protección Social o la entidad que haga sus veces, priorizará en la Política Pública Nacional de Salud Mental, la salud mental positiva, promoviendo la relación entre salud mental, medio ambiente, actividad física, seguridad alimentaria, y nutricional como elementos determinantes en el desarrollo de la autonomía de las personas.

14. Artículo 4

14.1. • Promoción de la salud mental • Prevención del trastorno mental • Atención integral e integrada de TODOS los trastornos mentales: – Diagnóstico – Tratamiento – Rehabilitación

15. ¿Que es la salud mental?

15.1. Estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad.

16. Artículo 8

17. ACCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL

17.1. • Integración familiar, social, laboral y educativa. • Ministerio de Salud y Protección Social: garantizará la incorporación del enfoque promocional de la Calidad de Vida y la acción transectorial e intersectorial necesaria como elementos fundamentales en el diseño, implementación y evaluación de las acciones complementarias para la atención integral en salud mental.

17.2. • Integración familiar, social, laboral y educativa. • Ministerio de Salud y Protección Social: garantizará la incorporación del enfoque promocional de la Calidad de Vida y la acción transectorial e intersectorial necesaria como elementos fundamentales en el diseño, implementación y evaluación de las acciones complementarias para la atención integral en salud mental.

17.3. • Integración familiar, social, laboral y educativa. • Ministerio de Salud y Protección Social: garantizará la incorporación del enfoque promocional de la Calidad de Vida y la acción transectorial e intersectorial necesaria como elementos fundamentales en el diseño, implementación y evaluación de las acciones complementarias para la atención integral en salud mental.

18. MODALIDADES Y SERVICIOS DE ATENCIÓN INTEGRAL E INTEGRADA EN SALUD MENTAL

18.1. 1. Atención Ambulatoria. 2. Atención Domiciliaria. 3. Atención Prehospitalaria. 4. Centro de Atención en Drogadicción y Servicios de Farmacodependencia. 5. Centro de Salud Mental Comunitario. 6. Grupos de Apoyo de Pacientes y Familias. 7. Hospital de Día para Adultos. 8. Hospital de Día para Niñas, Niños y Adolescentes. 9. Rehabilitación Basada en Comunidad 10. Unidades de Salud Mental. 11 . Urgencia de Psiquiatría.

19. Artículo 31

20. Artículo 13

21. CRITERIOS PARA UNA POlÍTICA PÚBLICA DE SALUD MENTAL

21.1. El Ministerio de Salud y Protección Social tiene 16 meses a partir de la fecha de expedición de la ley para ajustar y expedir mediante acto administrativo la Política Nacional de Salud Mental acorde con los cambios normativos y el perfil epidemiológico actual del país.

21.1.1. • Incluir: la atención integral mediante la promoción de la salud mental, la prevención de los problemas en salud mental individuales y colectivos, así como los trastornos mentales mediante la detección la remisión oportuna el seguimiento. El tratamiento integral y la rehabilitación psicosocial y continua en la comunidad con apoyo directo de los entes de salud locales. • un Plan Nacional de Salud Mental para cada quinquenio en correspondencia con el Plan Decenal para la Salud Pública. El primer plan corresponderá a las acciones consignadas en el primer Plan Decenal para la Salud Pública.

22. Artículo 38

23. INCAPACIDADES EN SALUD MENTAL

23.1. Derecho a las mismas por salud mental