Educación en salud y seguridad para los comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo

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Educación en salud y seguridad para los comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo by Mind Map: Educación en  salud y seguridad  para los comités  paritarios de  seguridad y salud  en el trabajo

1. el Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan y que las disposiciones vigentes de seguridad y salud en el trabajo – SST relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.

2. se aplica a los empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a los trabajadores dependientes e independientes, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, a las empresas de servicios temporales, a los estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales y los trabajadores en misión; a las administradoras de riesgos laborales; a la Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

3. corresponden al conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento de los empleadores y contratantes, mediante los cuales se establecen, verifican y controlan las condiciones básicas de capacidad técnico-administrativa y de suficiencia patrimonial y financiera indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema de Gestión de SST.

4. Resolución 0312 Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST

5. la Ley 1562 de 2012, estableció que el programa de salud ocupacional se entenderá como el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

6. La educación para la salud y la seguridad dirigida a los copasst ha sido considerada como un elemento de poca importancia, que requiere alto costo económico para las organizaciones y las arl.

7. PRESENTADO POR SULANLLY CARVAJAL Y JHONATAN COPETE NCR 2502

8. El Decreto 1072 de 2015 establece la organización

8.1. participación

8.2. de los Comités Paritarios de Seguridad

8.3. y Salud en el Trabajo (copasst), que requieren

8.4. capacitación, acorde con sus necesidades y las de

8.5. la organización.

8.6. También decreta que las Administradoras de Riesgos Laborales (arl) deben capacitar a los copasst en lo relacionado con el sgsst (1).

9. del Sistema General de Seguridad y Salud en el trabajo

9.1. El Decreto 1295 de 1999 estableció que el empleador debe facilitar la capacitación de los trabajadores en seguridad y salud en el trabajo; y que ellos deben participar en la prevención de los riesgos laborales y en los copasst

9.1.1. El Artículo 63 les

9.1.2. cambió la denominación de Comité de Medicina,

9.1.3. Higiene y Seguridad Industrial por el de Comité

9.1.4. de Salud Ocupacional; les aumentó el periodo de

9.1.5. actividad a dos años y estableció que el empleador

9.1.6. debe proporcionar mínimo cuatro horas semanales

9.1.7. dentro de la jornada laboral para su funcionamiento

9.1.8. Finalmente, el Decreto 1072 de 2015 lo

9.1.9. denominó copasst

10. se reúnen cada mes y elabora el acta en donde se registran los acuerdos Fueron creados mediante la Resolución 2013 de 1986, reglamentaria de los artículos 24 y 25 del Decreto 614 de 1984.

10.1. Artículo 26 de la Resolución establece tres responsabilidades fundamentales:

10.1.1. a) participar en

10.1.2. las actividades de promoción, divulgación e información

10.1.3. sobre seguridad y salud entre empleadores

10.1.4. y trabajadores; b) actuar como organismo de vigilancia

10.1.5. para el cumplimiento del sistema de seguridad

10.1.6. y salud en la empresa; c) informar a las autoridades

10.1.7. competentes y recibir copias de las investigaciones

10.1.8. realizadas.