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RAV 91 by Mind Map: RAV 91

1. Generalidades

1.1. Piloto al mando

1.1.1. Responsable de la operación de la aeronave

1.1.2. Podrá desviarse de lo establecido, en una emergencia durante el vuelo

1.2. No se podra

1.2.1. Operar una aeronave de una manera negligente o temeraria

1.2.2. Operar una aeronave tan cerca de otra

1.2.3. Amenazar, asaltar o intimidar a los miembros de la tripulación de vuelo

2. Reglas de operacion

2.1. Derecho de paso

2.1.1. Mantenerse fuera de la trayectoria de otra

2.1.2. Evitará pasar por encima, por debajo o por delante de ella

2.1.3. Cuando dos aeronaves se aproximen de frente, o casi de frente, cada aeronave alterará su rumbo hacia la derecha

2.1.4. Aeronave en emergencia tendra prioridad

2.2. Autorizaciones ATC

2.2.1. Ningún piloto podrá desviarse de una autorización ATC

2.2.2. Excepto en casos de emergencia

2.3. Espacios Aereos

2.3.1. Clase A

2.3.2. Clase B

2.3.3. Clase C

2.3.4. Clase D

2.3.5. Clase E

2.4. NOTAM

2.4.1. Restricciones temporales de vuelo,

2.4.2. Especificará el riesgo o condición

2.4.3. Exceptuando emergencias u operaciones de busqueda o salvamento

2.4.4. New Topic

2.4.5. Demostración aérea o evento deportivo

2.5. Nadie podrá operar en áreas prohibidas o restringidas

2.6. Fallas

2.6.1. Comunicaciones

2.6.2. Equipos de navegación

2.6.3. Reportar

2.6.3.1. Identificación

2.6.3.2. Equipo afectado y grado de capacidad para operar IFR

2.6.3.3. Naturaleza y extensión de la asistencia

3. Equipos, instrumentos y requerimientos de certificado

3.1. Certificaciones requeridas

3.2. Instrumentos y equipos en aeronaves civiles

3.3. Transmisores de localización de emergencia

3.4. Luces de la aeronave

3.5. Oxiden suplementario

3.6. Transpondedor y equipo de información de altitud ATC y su uso

3.7. Equipo de alerta de tráfico y siete a de prevención de colisiones y su uso

4. Operaciones especiales de vuelo

4.1. Vuelo acrobático

4.2. Areas de vuelo de pureba

4.3. Paracaídas y paracaidismo

4.4. Remolque de planeadores

4.5. Aeronave civil de categoría restringida, limitada o primaria

4.6. Aeronaves con certificados experimentales

5. Mantenimiento

5.1. Preventivo

5.2. Requerido

5.3. Inspecciones

5.4. Reconstrucción o alteración

5.5. Transponder

6. Aviones multimotores y propulsores por turbinas

6.1. Equipo de vuelo o información operacional

6.1.1. Equipo de vuelo, cartas y datos actualizados y apropiados

6.1.2. Lista de verificación

6.1.3. Una linterna en buen estado y con batería

6.1.4. Manual de operaciones y de vuelo

6.2. Familiarización con las limitaciones de operación y con los equipos de emergencia

6.3. Equips de supervivencia para operaciones sobre el agua

6.3.1. Equipos de radio

6.4. Equipo de emergencia

6.4.1. Nadie podrá operar un avión a menos que este provisto con el equipo de emergencia adecuado

6.4.2. Extintores de fuego portátiles

6.4.3. Más de 19 pasajeros tendrá que estar equipado con un hacha adecuado

6.4.4. Megáfono portátiles fácilmente accesibles

6.4.4.1. Más de 60 y menos de 100, uvicado en posición más trasera en la cabina de pasajeros

6.4.4.2. Igual o mayor a 100 asientos, llevará dos megáfonos. Extremo delantero o otro en el extremo trasero

6.4.5. Requerimientos de instrumentos y equipos adicionales

7. Equipo adicional y requerimiento de operacion

7.1. Aeronaves de transporte

7.2. Limitaciones en la performance

7.3. Registradores de vuelo y registradoras de voz en la cabina de mando

7.4. Autorización de vuelo ferry con un motor inoperante

7.4.1. Cuatrimotor o trimotor

7.4.2. Haya volado en prueba

7.4.3. Manual del avión aprobado

8. Operaciones de aeronaves extranjeras y fuera del territorio nacional

8.1. Aeronaves civiles matriculadas en Venezuela

8.1.1. Alta mar, reglamento del aire

8.1.2. Espacio aéreo de especificaciones mínimas de performance para la navegación

8.1.2.1. Aeronave tenga capacidad aprobada de performance de navegación

8.1.2.2. El propietario o explotador este autorizado por la autoridad aeronáutica

8.1.3. Espacio aéreo de mínimos de separación vertical reducida

8.1.3.1. El operador y la aeronave cumplen con los requerimientos

8.1.3.2. El operador este autorizado por la autoridad aeronáutica

8.1.4. Navegación basada en la performance

8.1.4.1. La aeronave este dotada de equipos de navegación aprobados por la autoridad aeronáutica

8.1.4.2. El explotador este autorizado para realizar operaciones PBN

8.2. Aeronaves civiles extranjeras

8.2.1. General

8.2.1.1. Toda persona que opere una aeronave civil extranjera dentro del territorio nacional

8.2.2. VFR

8.2.2.1. Ninguna persona podrá conducir operaciones VFR que requieran radiocomunicaciones de dos vías, salvo que esa aeronave sea capaz de hacerlo en idioma castellano

8.2.3. IFR

8.2.3.1. Aeronave equipada

8.2.3.1.1. Equipo de radio, radiocomunicación de dos vías con ATC en espacio aéreo controlado

8.2.3.1.2. Equipos de radionavegación apropiados

8.2.3.2. Piloto

8.2.3.2.1. Habilitacion de vuelo por instrumentos

8.2.3.2.2. Familiarizado con los procedimientos

8.2.3.2.3. Al menos un tripulante que hable castellano