ACUERDO N° 42 (31 de octubre de 2002)
by YISSEL BUSTOS
1. ARTICULO SEXTO:Préstamo de documentos para tramites internos las entidades de la Administración Pública adoptarán el formato único de Inventario Documental, justo con su Instructivo, que a Continuación se regulan.
2. Recibido por
3. Entregado por.
4. Elaborado por
5. Notas.
6. Frecuencia de Consulta.
7. Soporte
8. Numero de Folios
9. Unidad de Conversación
10. ARTICULO SÉPTIMO: Inventario Documental.
11. ARTICULO OCTAVO: El presente articulo rige a partir de la fecha de suspensión.
12. Por el cual se establecen los criterios para la organización de los archivos de gestión en las entidades publicas y privadas que cumples funciones publicas, se regula el inventario Único Documental y se desarrollan los artículos 21,22, 23 y 26 de la Ley General de los Archivos 594 de 2000.
13. ARTICULO PRIMERO: Objeto
14. ARTICULO SEGUNDO:Obligatoriedad de la organización de los archivos de gestión.
15. ARTICULO TERCERO:Conformación de los archivos de gestión y responsabilidad de los jefes de unidades administrativas.
16. ARTICULO CUARTO:Criterios para la organización de archivos de gestión.
16.1. Las cajas que se utilicen para la transparencia
16.2. Las transferencias Primarias
16.3. Las carpetas y demás unidades De conversación.
16.4. Los tipos documentales de las series Y subseries.
16.5. La ubicación física de los documentos.
16.6. La apertura e identificación de las carpetas.
17. ARTICULO QUINTO:Consulta de documentos.
18. La organización de los archivos de gestión.
19. Entidad Remitente
20. Entidad Productora
21. Unidad Administrativa
22. Oficina Productora
23. Objeto
24. Hoja N°
25. Registro De Entrada
26. N° de Orden
27. CÓDIGO
28. NOMBRE DE LAS SERIES, SUBSERIES o ASUNTOS.
29. FECHAS EXTREMAS