
1. Hechos de la naturaleza
1.1. Son acontecimientos externos o accidentales que producen efectos juridicos, como un granizo que daña un auto con seguro para granizos y tormentas. Una lluvia que arruina una cosecha la cual tiene un seguro.
2. Hechos humanos
2.1. Son los actos realizados por la persona humana, como testar, realizar un pago, contraer matrimonio, etc.
2.1.1. Involuntarios
2.1.1.1. El involuntario por falta de discernimiento: a)El acto de quien al realizarlo esta privado de la razón. b)El acto ilicito realizado por la persona menor de edad que no ha cumplido 10 años. c)El acto licito realizado por la persona menor de edad que no ha cumplido 13 años, sin perjuicio de las disposiciones especiales.
2.1.2. Voluntarios
2.1.2.1. El acto voluntario es el acto realizado con discernimiento, intención, libertad y manisfestado a traves de un hecho exterior.
2.1.2.1.1. Ilicitos
2.1.2.1.2. Licitos
2.1.2.2. Manifestación de la voluntad
2.1.2.2.1. El silencio opuestos a actos o interrogaciones no es considerado como manifestacion de la voluntad respecto de dichos actos e interrogaciones, excepto que haya un deber de expedirse que resulte de la ley, la voluntad de las partes, los usos y practicas, o la relacion entre el silencio actual y las declaraciones precedentes.
2.1.2.2.2. La manifestación tácita de la voluntad carece de validez en los casos en que la ley o la convencion exigen una manifestación expresa.
2.1.2.2.3. La voluntad puede manifestarse por escrito, oralmente, a traves de signos inequivocos o por la ejecución de un hecho material