SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD

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1. LOS CONSEJOS LOCALES E INSTANCIAS REGIONALES

1.1. Formada por Instituciones Policiales de Procuración de Justicia, del Sistema Penitenciario y dependencias encargadas de la seguridad pública de la entidad que se trate y de la Federación, representantes de los municipios y titulares de los órganos político administrativos del Distrito Federal en términos de la legislación de cada entidad Federativa.

2. CONFERENCIA NACIONAL DEL SISTEMA PENITENCIARIO

2.1. Presidente de la comisión el Mtro. José Patricio Patiño Arias nombrado por el Secretario de Seg. Pub. Federal, Titulares de los órganos de prevención y reinserción social de la Federación, del distrito Federal y de los Estados y Secretario Técnico, representantes de entidades Federativas.

3. CONFERENCIA NACIONAL DE SECRETARIOS DE SEGURIDAD PUBLICA

3.1. Integrada por el Presidente de la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública; el Secretario Técnico de la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública; los Titulares de las dependencias encargadas de la Seguridad Pública de la Federación, los Estados y el Distrito Federal, Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, y Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

4. CONFERENCIA NACIONAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA

4.1. se integra por el Procurador General de la República en calidad de Presidente, los Procuradores de Justicia de las entidades federativas, y como invitado permanente participa el Procurador General de Justicia Militar

4.1.1. Comités Técnicos, encargados de realizar trabajos de investigación y preparación de opiniones, estudios o proyectos en las temáticas de interés para la Procuración de Justicia, Eficiencia en la Institución del Ministerio Público, Investigación Científica Ministerial., Combate a la Corrupción e Impunidad, Coordinación y Cooperación Nacional e internacional.

5. CONFERENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL

5.1. Integrado por dos presidentes municipales de cada estado, designados por el consejo local, El Presidente de la Conferencia, la Secretaría Técnica de la Conferencia; el secretario ejecutivo del SNSP, Suplente su función es Fortalecer e institucionalizar el proceso de planeación estratégica integral de la seguridad pública municipal, con visión de largo plazo Programas de cooperación municipal en materia de seguridad pública

6. NO APTO

6.1. NO PODRÁ REALIZAR NUEVAMENTE SOLICITUD DE INGRESO A CUALQUIER INSTITUCIÓN DE JUSTICIA Y POLICIAL

7. CURSO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN

7.1. FORMA PARTE DE LA INSTITUCIÓN

7.1.1. SERVICIO DE CARRERA El desarrollo comprenderá los requisitos y procedimientos de formación continua y especializada, de actualización, de evaluación para la permanencia, de evaluación del desempeño, de desarrollo y ascenso, de dotación de estímulos y reconocimientos, de reingreso y de certificación. De igual forma, deberá prever medidas disciplinarias y sanciones para los miembros del Servicio de Carrera

7.1.1.1. LA TERMINACIÓN comprenderá las causas ordinarias y extraordinarias de separación del Servicio, así como los procedimientos y recursos de Inconformidad a los que haya lugar, ajustándose a lo establecido por las leyes y disposiciones aplicables.

7.1.1.1.1. ORDINARIA

7.1.1.1.2. EXTRAORDINARIA

7.1.1.2. De igual forma, deberá prever medidas disciplinarias y sanciones para los miembros del Servicio de Carrera

7.1.1.3. PROFESIONALIZACIÓN

7.1.1.3.1. I. Promover estrategias y políticas de profesionalización de los servidores públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia; II. Diseñar los modelos de profesionalización que correspondan para su concertación y en su caso, aplicación en las Instituciones de Procuración de Justicia; III. Acordar los contenidos del Programa Rector de Profesionalización de los servidores públicos de las instituciones de Procuración de Justicia, a Propuesta de su Presidente; IV. Establecer criterios para supervisar que los servidores públicos se sujeten a los programas correspondientes en los Institutos de Capacitación; V. Promover el diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de aspirantes a las Instituciones de Procuración de Justicia y vigilar su aplicación; VI. Establecer programas de investigación académica en las materias ministerial y pericial; VII. Consensuar los criterios por los que se revalidarán equivalencias de estudios en el ámbito de su competencia para su incorporación al programa rector de profesionalización, y VIII. Las demás que le establezcan otras disposiciones legales.

7.1.1.4. PERMANENCIA Los centros de evaluación y control de confianza de las Instituciones de Procuración de Justicia emitirán los certificados correspondientes a quienes acrediten los requisitos de ingreso que establece esta Ley y el ordenamiento legal aplicable a la institución de que se trate. El Certificado tendrá por objeto acreditar que el servidor público es apto para ingresar o permanecer en las Instituciones de Procuración de Justicia, y que cuenta con los conocimientos, el perfil, las habilidades y las aptitudes necesarias para el desempeño de su cargo.

7.1.2. CAPACITACIÓN Los servidores públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia están obligados a participar en las actividades de profesionalización que determine la institución respectiva, los cuales deberán cubrir un mínimo de 60 horas clase anuales.

8. FONDO DE APORTACIONES PARA LE SEGURIDAD PUBLICA.

8.1. RECLUTAMIENTO, FORMACIÓN, SELECCIÓN, EVALUACIÓN Y DEPURACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

8.2. EQUIPAMIENTO DE LAS POLICÍAS JUDICIALES O SUS EQUIVALENTES, PERITOS, MINISTERIOS PÚBLICOS, POLICÍAS PREVENTIVOS O CUSTODIOS DE CENTROS PENITENCIARIOS Y DE MENORES INFRACTORES.

8.3. CONSTRUCCIÓN, MEJORAMIENTO O AMPLIACIÓN DE INSTALACIONES PARA LA PROCURACIÓN E IMPARTICIÓN DE JUSTICIA

8.4. LA RED NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICA PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA Y SERVICIO TELEFÓNICO NACIONAL DE EMERGENCIA.

8.5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS SEÑALADOS

9. RESULTADO

9.1. APTO

10. CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD

10.1. Formado por el Presidente de la República, e integrado por los Secretarios de Gobernación, Defensa Nacional, Marina, Seguridad Pública, el Procurador General de la República, los Gobernadores de los Estados, el Jefe del Gobierno del Distrito Federal, y el Secretario Ejecutivo del S.N.S.P.

10.1.1. Establecer Lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de seguridad Pública

10.2. ATRIBUCIONES DEL CNS: Establecer Lineamientos para la formulación de políticas generales en materia de seguridad Pública

11. SECRETARIO EJECUTIVO

11.1. COMISION PERMANENTE DE PREVENCION DEL DELITO Y PARTICIPACION CIUDADANA

11.2. COMISION PERMANENTE DE CERTIFICACION Y ACREDITACION

11.3. COMISION PERMANENTE DE INFORMACION

11.3.1. Integrada por: El presidente de la comisión, el secretario técnico de la comisión, coordinador de subcomisiones, miembros de las subcomisiones todos ellos son servidores públicos

11.4. REPUVE

11.4.1. otorgar seguridad pública y certeza jurídica a los actos que se realicen con vehículos que circulen en territorio nacional

11.5. SUBSEMUN

11.5.1. OPERACIÓN POLICIAL

11.5.2. PROFECIONALIZACIÓN

11.5.3. PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

11.5.4. INFRAESTRUCTURA

11.6. POLICIA ACREDITABLE

11.6.1. Una policía confiable, con alto sentido ético, profesional, con vocación y equipada con alta tecnología de información

12. REQUSITOS PARA INGRESAR AL S.N.S.P.

12.1. PLÁTICA DE ORIENTACIÓN.- En la que personal de la Secretaría de Reclutamiento y Selección, aclarará todas y cada de las dudas de los interesados, e informará en qué consiste el proceso de reclutamiento y selección

12.2. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES.- Al concluir la captura de datos, se proporciona a los aspirantes una guía de estudios que contiene los temas que deben estudiar para su preparación al examen.

12.3. EXAMEN DE APTITUDES FÍSICAS.- Evalúa la condición y aptitudes físicas en que se encuentran los aspirantes (abdominales, lagartijas, salto de longitud, obstáculos, velocidad y resistencia).

12.4. EXÁMENES DE CONTROL DE CONFIANZA.- Quienes acreditan las evaluaciones de Conocimientos Generales y Aptitudes Físicas son programados para los exámenes de control de confianza.

12.4.1. Psicológico,

12.4.2. Poligrafo

12.4.3. Médico y Toxicológico

12.4.4. Entorno Social y Socioeconomico

12.5. los aspirantes se someterán a un mecanismo de enseñanza-aprendizaje y a un adiestramiento práctico en el manejo de habilidades requeridas para formarse como Agentes del Ministerio Público, Agentes de la Policía o Peritos.

12.6. 1. Ser Ciudadano mexicano por nacimiento. 2. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal. 3. Tener acreditado, el Servicio Militar Nacional. 4. Acreditar que se han concluido por lo menos los estudios correspondientes a la educación superior o equivalente. 5. Sustentar y acreditar el concurso de ingreso. 6. Seguir y aprobar los cursos de formación. 7. Contar con los requisitos de edad y el perfil físico, médico. 8. Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza y de competencias profesionales. 9. Abstenerse de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares. 10. No padecer alcoholismo. 11. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas. 12. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público. 13. Cumplir con los deberes establecidos en la presente ley y demás disposiciones aplicables. 14. Los demás requisitos que establezcan otras disposiciones aplicables.