Recorriendo Mis Tipos De Derechos.
by Mario Arevalo
1. Primera Generación. Derechos Civiles y Políticos.
1.1. Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica
1.1.1. Art. 2
1.2. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica
1.2.1. Art. 3
1.3. Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
1.3.1. Art. 4
1.4. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
1.4.1. Art. 5
1.5. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
1.5.1. Art. 13
1.6. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
1.6.1. Art. 15
1.7. Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean
1.7.1. Art. 16
1.8. Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión
1.8.1. Art. 18
1.9. Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
1.9.1. Art. 12
1.10. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
1.10.1. Art. 20
1.11. En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país
1.11.1. Art. 14
2. Segunda Generación. Derechos Económicos, Sociales y Cultural.
2.1. Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
2.1.1. Art. 23
2.2. Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales
2.2.1. Art. 22
2.3. Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
2.3.1. Art. 23
2.4. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios
2.4.1. Art. 25
2.5. Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
2.5.1. Art. 26
2.6. Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales
2.6.1. Art. 25