Origen del Derecho Internacional Privado

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Origen del Derecho Internacional Privado by Mind Map: Origen del Derecho Internacional Privado

1. Posgladores: ser esencialmente romanista, es decir, que la base de todas las soluciones jurídicas radicaban en el Derecho Romano,

1.1. comentaban o interpretaban, adaptándolo a las exigencias de las nuevas realidades sociales. Los postglosadores eran fundamentalmente analíticos e inductivos

1.1.1. Finalidad de dicho metodo: establecían reglas generales para solucionar los diversos problemas estatutarios que podían presentarse, sino que analizaban cada caso en forma individual, dividiendo y distinguiendo

2. Los Estatutarios : desarrolla una nueva teoría sobre el problema de la personalidad y territorialidad de las leyes

2.1. Su nueva teoría trata de darle solución a los problemas que se suscitan entre la aplicación del Derecho romano, por una parte, y los estatutos o costumbre locales, por la otra.

3. Los casos de derecho privado que involucraban a extranjeros, nacieron como consecuencia del comercio internacional.

4. En efecto, es básicamente la “lex mercatoria” la que da origen a los primeros conflictos de leyes con nacionales de otros estados

5. Roma: los casos internacionales se regían por el “ius gentium”, una legislación especial aplicada por los pretores peregrinos y reconocida por los juristas romanos

6. Aparece cuando se presentan problemas de personalidad y territorialidad de las leyes. Su origen data principal mente en Grecia seguido de Roma.

7. Escuela francesa del siglo XVI: Dentro de ella se clasificaba los estatutos en reales y personales

7.1. Los reales tenían aplicación territorial y se referían, por ejemplo, al derecho de propiedad. Los personales tenían aplicación extraterritorial y se referían, por ejemplo, a temas de capacidad

8. Con la llegada del comercio a la evolución de las polis nacen incapacidades autárquicas por los extranjeros los cuales se dividían en extranjero

9. -Por guerra o enemigos - Por “intercambio” o comerciantes. Estos eran representados por padrinos en las Polis.

10. Con el paso del tiempo, se fueron tratados de asistencia judicial entre ciudades donde se establecía reglas para la competencia, normas materiales de dip y derecho aplicable.

11. Con el paso del tiempo y con esta nueva realidad nacen lo tratados de asistencia judicial entre ciudades donde se establecía reglas para la competencia, normas materiales de dip y derecho aplicable. tratados de asistencia judicial entre ciudades donde se establecía reglas para la competencia, normas materiales de dip y derecho aplicable.

12. Los glosadores: eran juristas de la época que se encargaban de glosar al Corpus Iuris Civilis, buscándole sentido a los textos, comentándolos o añadiéndoles notas marginales

12.1. ¿Como? adecuando los principios del Derecho Romano a las exigencias de los estatutos o costumbres locales

13. Escuela holandesa del sgilo XVII: Su fundamento es la “Comitas Gentium” o sistema de la cortesía recíproca basada en la necesidad de comerciar con otros estados.

13.1. El Estado aplica el Derecho extranjero en virtud de un pacto tácito entre estados. Era una elección libre del Estado que inspiraba la “comitas” traducida como cortesía u obligación legal.

13.1.1. Que se mantiene la clasificación de los estatutos en reales, personales y mixtos (12). Sin embargo, comenzó a hacerse más notoria la importancia de los estatutos personales sobre los reales. Se extraterritorializa un poco más el Derecho.Que se mantiene la clasificación de los estatutos en reales, personales y mixtos (12). Sin embargo, comenzó a hacerse más notoria la importancia de los estatutos personales sobre los reales. Se extraterritorializa un poco más el Derecho.

14. Escuela Norteamericana: Esta Escuela está caracterizada por el territorialismo de las leyes y por la aplicación de disposiciones extranjeras en razón de la cortesía internacional .

14.1. Sostuvo que algunos institutos deben regirse por la ley del domicilio de la persona

14.1.1. No obstante, entendió que existen excepciones Como los inmuebles (lex situs), Los contratos (ley del lugar de celebración) El matrimonio (lex celebrationis)

15. Grecia:

15.1. Se da atraves de las Polis: la polis era la reunión de ciudadanos conviviendo bajo una estructura político religiosa que los autoabastecía

15.2. Se da atraves de las Polis: la polis era la reunión de ciudadanos conviviendo bajo una estructura político religiosa que los autoabastecía