IUSNATURALISMO OBJETIVISTA
by PAULA CAMAIONI
1. señala que el Derecho nace en la conciencia del ser humano o en la razón, por lo que no concibe un Derecho Natural que no se haya creado a través de la razón y a través de ese elemento razón se le consideró el creador del Derecho Racionalista que establece que ese elemento razón sólo puede estar presente en el hombre o frente al grupo social
2. Integrante: Camaioni,Paula. C.I : 7.599.742
3. Pretende deducir el Derecho y el Estado de cierta naturaleza inmutable del hombre, asumiendo una posición anti historicista y mecanicista.
4. La sociedad y el Estado son el resultado de una unión mecánica de diversas fuerzas, de la unión de fuerzas de diversos individuos que se integran en un todo; sin embargo el Estado surge como consecuencia de un contrato.
5. Esta corriente rompe con las ideas teológicas y religiosas del Derecho Natural que imperaron en la sociedad feudal, pretendiendo reivindicarlo y depurarlo, afianzando como naturales, como principios eternos a un conjunto de normas sociales y políticas que justifican como peculiaridades básicas de la naturaleza humana.
6. Sus Representantes :
7. Huight Van Gnoot -Hugges de Gnoot, conocido como Hugo Grocio, nació en Delgts, Países Bajos (Holanda) en 1583 y murió en 1645, fue abogado, diplomático y filósofo holandés.
8. Nació en lo que anteriormente se denominaba Chemminz, Sajonia, hoy día conocido como Berlín, en el año de 1632 y murió en el año de 1710
9. Hugo Grocio: Se le considera el creador del Derecho Racionalista dentro del Derecho Natural.
10. Samuel Pufendorf: Es un ecléctico que reúne, en sus obras el pensamiento de Grocio, Spinozaa, Hobbes y Descartes; su propósito es adaptar las ideas de estos tratadistas al régimen feudal imperante en Alemania y justificar así, el absolutismo de la nobleza.
11. Dice que la ley fundamental de la razón es la existencia de una vida pacífica entre los hombres; y que esa ley es la base del Derecho Natural, en este sentido, está totalmente opuesto a Hobbes, pero admite de éste, el absolutismo del príncipe, en las relaciones con los súbditos, para justificar la dominación de la nobleza feudal en Alemania