1. DERECHOS DE LA PRIMERA GENERACIÓN SE DETERMINAN COMO LOS DERECHOS CIVILES O INDIVIDUALES:
1.1. A LA LIBERTAD
1.2. A LA VIDA
1.3. A LAPROPIDAD
1.4. HONOR
1.5. INTIMIDAD
2. II.- DERECHOS DE LA SEGUNDA GENERACIÓN DENTRO DE LOS CUALES SE DETERMINAN LOS DERECHOS ECONOMIOS Y SOCIALES:
2.1. TRABAJAR EN CONDICIONES DIGNAS
2.2. DESCANSO DIARIOS SEMANAL Y VACACIONES
2.3. VIVIENDA DIGNA, EDUCACIÓN Y CULTURA.
3. III.- DERECHOS DE LA TERCERA GENERACIÓN SE DETERMINAN COMO DERECHOS DE SOLIDARIDAD
3.1. A LA PAZ
3.2. AL DESARROLLO
3.3. AMBIENTE SANO
4. Derechos humanos según la constitución de el salvador y sus artículos Derecho a la vida, a la integridad física y a la moral, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y a la posesión. (art. 2) Todas las personas son iguales ante la ley (art. 3) Derecho a la libertad no ser esclavo (art. 4) Derecho a entrar y salir de la republica (art. 5) Derecho a expresar los pensamientos (art.6) Derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito (art. 7) Derecho a la vida, a la libertad, al habeas corpus (art.11) Toda persona a quien se le impute un delito, tiene derecho a ser inocente mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y en juicio público ( art 12) Nadie puede ser juzgado sino conforme a leyes promulgadas con anterioridad al hecho de que se trate, y por los tribunales que previamente haya establecido la ley. (art. 15) Derecho a dirigir sus peticiones por escrito, de manera decorosa, a las autoridades legalmente establecidas; a que se le resuelvan, y a que se le haga saber lo resuelto. (art, 18) Derecho a la privacidad de morada (art. 20) Derecho a disponer libremente de sus bienes conforme a la ley. art. 22) Derecho a elegir su propia religión (art. 25) Derecho a bienestar y desarrollo social, cultural y económico. (art. 32) Derecho asistir a la escuela con una enseñanza gratuita Derecho a participar y beneficiarnos tanto de la vida cultural como del progreso científico en la sociedad que vivimos. (art.27) Derecho a la familia, a tener un nombre que la identifique. (art., 36)