CLASIFICACIÓN DE LA PERTURBACIÓN MENTAL POR EMBRIAGUEZ

Nolberto Alacayo Derecho Penal General Saia K

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CLASIFICACIÓN DE LA PERTURBACIÓN MENTAL POR EMBRIAGUEZ by Mind Map: CLASIFICACIÓN  DE LA PERTURBACIÓN MENTAL POR EMBRIAGUEZ

1. En la legislación venezolana la perturbación mental proveniente de embriaguez no es eximente de responsabilidad penal bajo ninguna circunstancia. La reiterada jurisprudencia lo ratifica: "en ningún caso se considera la embriaguez como circunstancia eximente que resulta del estado en que se encontraba el encausado cuando cometió el delito.

2. El trastorno mental en el delincuente alcohólico o en estado de embriaguez opera como atenuante sólo en los siguientes casos:

2.1. •Cuando en la motivación del hecho punible se demuestre la perturbación mental a causa de embriaguez y que el imputado no utilizó la ingesta alcohólica para facilitar la perpetración del delito o para preparar una excusa.

2.2. • Cuando en la motivación del hecho punible se demuestre la perturbación mental a causa de embriaguez y que el procesado no estaba consciente de que esa embriaguez podía volverlo provocador y conflictivo, ignorancia compartida por su entorno social, amigos, familiares y relacionados.

2.3. •Cuando la perturbación mental proveniente de la embriaguez fuese enteramente casual o excepcional, que no tenga precedente. En las dos primeras hipótesis, las penas aplicables al delito se redu¬cirían a los dos tercios, sustituyéndose la prisión por el presidio. En la tercera hipótesis, la pena aplicable se reducirá de la mitad a un cuarto y se sustituirá la pena de presidio por la de prisión. Hay una cuarta condicionante para procurar, no la atenuación, sino la mitigación de la pena, y es la referida a la condición de alcohólico (adicto patológico) del imputado.

3. La legislación penal venezolana es particularmente severa en lo relativo al alcoholismo. Las consecuencias del consumo alcohólico son por lo general penadas, asumidas como agravantes. Si el imputado utilizó la ingesta para facilitar la perpetración del hecho (para envalentonarse, desinhibirse) o para preparar una excusa, la pena aplicable al delito cometido se aumentará de un quinto a un tercio adicional. Si había certeza de que el licor lo descontrolaba (conciencia en el propio imputado o noticia de ello en su entorno social), el procesado no podrá alegar el estado de perturbación mental provocado por la embriaguez.

4. Los niveles de alcoholismo configuran toda una teoría, que se subdivide en más o menos etapas, según cada tratadista del tema. Jorge Frías Caballero, en su estudio sobre la culpabilidad en el Código Penal Venezolano (1996: 93), distingue diez categorías de embriaguez:

4.1. • Absoluta •Relativa •Crónica

4.2. • Aguda-Normal •Aguda Patológica •Aguda Involuntaria

4.3. • Aguda Voluntaria Accidental •Aguda Voluntaria Imprudente •Aguda Voluntaria Intencional •Aguda Voluntaria Preordenada