1. El empleador, se manifiesta de diferentes formas, según sea la modalidad de relación laboral que haya establecido con la persona trabajadora:
1.1. Intermediario
1.2. Representante Patronal
1.3. Contratista
1.4. Subcontratista
2. Sujetos según sea su relación:
2.1. Patronos y Trabajadores Privados
2.2. Las relaciones entre el Estado, los municipales, las instituciones oficiales autónomas y sus trabajadores.
3. Antecedentes Històricos Concepto Trabajador
3.1. Surge con la Revolución Industrial del siglo XIX
3.2. Clases Sociales: Clase Obrera: proletariado o clase baja. Clase Capitalista: burguesía y se utiliza desde el siglo XVII
3.3. La sociedad capitalista se define como aquella sociedad política y jurídica basada en una organización específica del trabajo, el dinero y la utilidad de los recursos de producción.
4. La Evolución Lingüística del Concepto Patrono
4.1. Las legislaciones sociales: los vocablos patrono, empresario o empleador, se utiliza para referirse a la figura del titular de la empresa.
4.2. La expresión "patrón" o "patrono", que reconoce su origen en el propio derecho romano, lleva envuelta la idea lingüística de una especie de defensor, protector o amparador de personas.
5. Vocabulario
5.1. Empleador
5.2. Trabajador
5.3. Clase social
5.4. Capitalista
5.5. Contratista
6. Sujetos
6.1. El Empleador: es pagador de la fuerza de trabajo, pudiendo ser persona natural o jurídica; o representante del empleador principal como: gerentes, jefes de personal.
6.2. El trabajador: es aquella persona natural, individual y concreta que presta sus servicios en estado de dependencia y subordinación.
6.3. El Empleado: se distingue por desarrollar por lo general un esfuerzo predominantemente intelectual, prestando sus servicios en oficina, con horario y condiciones especiales.
6.4. El obrero: se distingue por desarrollar por lo general un esfuerzo predominantemente fisico, con remuneración por jonal.
6.5. El trabajador regular: es todo aquel cuyas labores se encuentren dentro de las características de normalidad, continuidad y permanencia administrativamente; aunque no es definitivo.
6.6. El trabajador eventual: es todo aquel que no merezca la denominación de permanencia, siendo sus características principales las de eventualidad y temporalidad.
7. Ámbito Jurisprudencial.
7.1. El Art. 2 del Código de Trabajo precisa que el término trabajador comprende tanto a los obreros como a los empleados, cuando la relación que une al Estado, Municipios e Instituciones Oficiales Autónomas o Semiautónomas con sus servidores, fuere de carácter público y tuviere su origen en un acto administrativo. Regulado del Art. 1 al 16 Código de Trabajo.