LA CONCILIACIÓN Y EL ARBITRAJE

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LA CONCILIACIÓN Y EL ARBITRAJE by Mind Map: LA CONCILIACIÓN Y EL ARBITRAJE

1. Junta de arbitraje

1.1. Articulo 493 de la LOTTT

1.1.1. Conformada por 3 miembros

1.1.1.1. Uno escogido por el patrono

1.1.1.2. Otro escogido por los trabajadores

1.1.1.3. y el tercero escogido por mutuo acuerdo

1.1.1.4. en caso de no lograr un acuerdo esto lo decidirá el inspector de trabajo

1.1.2. No deben tener relacion directa con el conflicto

1.1.3. los candidatos presentaran una declaración de que aceptaran el cargo en tal caso lleguen a ser elegidos.

1.2. Duracion articulo 496 de la LOTTT

1.2.1. La junta dispone de 30 días posteriores a su constitución para emitir su laudo, sin embrago este lapso puede prolongarse.

1.3. Maneras de terminar el arbitraje, articulo 496 de la LOTTT

1.3.1. termina al momento en que se emite el laudo arbitral, es decir la sentencia en materia de negociación pero con carácter jusrisdiccional

2. Junta de Conciliacion

2.1. Articulo 470 de la LOTTT

2.1.1. Se admite el pliego

2.1.2. El inspector solicita 2 representates principales y uno suplente de ambas partes inmersas en conflicto

2.1.3. la junta estara presidida por el inspector de trabajo

2.1.4. dentro de las 24 horas siguientes se instalara la junta de conciliacion

2.1.5. al faltar un representante este podra ser sustituido por su respectivo suplente

2.1.6. Los representantes sindicales de la junta de conciliacion deben ser trabajadores de la entidad en donde se desarrolle el conlicto

2.1.7. Y el representante de la entidad debe ser el patrono

2.1.8. Los suplentes pueden asistir a las reuniones pero sin derecho a voto.

2.1.9. en el caso de que un suplente reemplace definitivamente a su representante titular, de inmediato se deberá nombrar otro suplente.

2.1.10. Para cada sesión obligatoriamente se necesita por lo menos 1 representante de cada parte.

2.2. Duracion articulo 480 de la LOTTT

2.2.1. La duración no depende de un lapso determinado ya que se reunirán hasta que hayan acordado una recomendación unánimemente aprobada, o hasta que hayan decidido que la conciliación es imposible.

2.3. Maneras de terminar la conciliacion articulo 480 de la LOTTT

2.3.1. Cuando las partes logran el convenimiento

2.3.2. Cuando la conciliacion es imposible

2.3.2.1. Se emite un informe con las causas del conflicto, los argumentos y deliberaciones de las partes