Get Started. It's Free
or sign up with your email address
Delitos by Mind Map: Delitos

1. Análisis del Tipo

1.1. Acción: va a depender de la conducta que configure el tipo específico que se analiza.

1.2. Son delitos eminentemente dolosos

1.3. Sujetos: Activos indiferentes o calificados, según el caso, pero siempre de sujetos pasivos calificados.

1.4. Penalidad según la establecida para el tipo penal y cuyo procedimiento es obviamente de oficio por el sujeto pasivo de quien se trata.

2. Contra la Inviolabilidad del Domicilio.

2.1. Domicilio

2.1.1. Elementos

2.1.1.1. Físico o material, es decir, el espacio en el que la persona vive y en la que puede permitirse comportamientos que los usos sociales no siempre admiten

2.1.1.2. Psicológico, esto es, la intención de habitar el lugar como morada, aun cuando no reúna las condiciones normales para ello. La habitación no exige que sea continua. Cualquier recinto sirve de morada en tanto los individuos que la ocupan lo hacen con dicho ánimo

2.1.1.3. Auto-protector, la exclusión de los terceros de la propia morada.

2.2. Código Penal Venezolano. Título I, Capítulos IV,

2.2.1. Artículo 183. Violación del domicilio por un particular

2.2.2. Artículo 184. Violación del domicilio por un funcionario

2.3. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

2.3.1. Artículo 47. Plasma el principio de inviolabilidad del hogar, dentro de los derechos civiles.

3. Contra la Administracion de Justicia

3.1. Definicion

3.1.1. Son delitos contra la administración de justicia, todas aquellas conductas humanas que impiden, perturban o menoscaban la determinación de las personas responsables en la comisión de un hecho punible, que hacen imposible la aplicación de justicia.

3.2. Tipos

3.2.1. Negativa a servicios legalmente debidos (artículo 238 CPV)

3.2.1.1. Negativa de un testigo o experto a prestar testimonio en juicio sin justa causa.

3.2.2. Simulación de hecho punible (artículo 239 CPV)

3.2.2.1. Cuando un sujeto denuncia ante una autoridad un hecho punible imaginario

3.2.3. La Calumnia (artículo 240 CPV)

3.2.3.1. Cuando alguien denuncia como responsable de un delito, a un sujeto sabiendo que es inocente.

3.2.4. El falso testimonio (artículo 242 CPV)

3.2.4.1. Quien testificando sobre un hecho determinado, ante una autoridad, afirme algo que es falso o niegue algo que sabe cierto.

3.2.5. Soborno de testigos (artículo 246 CPV)

3.2.5.1. Cuando se paga a un testigo, perito o experto, para que cometa el delito de falso testimonio.

3.2.6. El Perjurio del litigante (artículo 249 CPV)

3.2.6.1. Cuando la persona que es parte de un juicio civil, declara algo falso.

3.2.7. La Prevaricación (artículos 250,251, 252 y 253 CPV)

3.2.7.1. El abogado o mandatario que favorezca a la parte contraria, en perjuicio de su representado.

3.2.8. El encubrimiento (artículos 254 y 256 CPV)

3.2.8.1. Cuando una persona, luego de cometido un delito cuya pena sea de presidio o de prisión, sin que haya participado o acordado con las personas que lo cometieron, haya colaborado a asegurar su provecho, o a eludir las averiguaciones o a evitar que ubiquen a los culpables de aquel delito.

3.2.9. La fuga de detenidos (artículos 258 y siguientes CPV)

3.2.9.1. Cualquiera que se fugue del lugar donde se encuentra detenido.

3.2.10. Prohibición de hacerse justicia por sí mismo (artículo 270 CPV)

3.2.10.1. Cuando la persona, creyendo ejercer un derecho, se haga justicia por sí mismo, ejerciendo violencia contra las cosas.

4. Delitos Contra la Inviolabilidad del Secreto

4.1. Código Penal Venezolano. Título I, Capítulos V,

4.1.1. Artículo 185, 186 y 187. Violación, supresión, divulgación de correspondencia.

4.1.2. Artículo 188. Abuso de las funciones de los empleados del correo

4.1.3. Artículo 189. Violación del secreto profesional.

5. Análisis del Tipo

5.1. Acción: estaría configurada, según el caso, en una intromisión ilegal e ilegítima, siempre que no tenga un justo motivo.

5.2. Son delitos intencionales o dolosos.

5.3. Sujetos: activos indiferentes y pasivos siempre calificados.

5.4. Serán sujetos activos calificados, en el caso de los delitos contemplados en los artículo 184, 188 y 189.

5.5. En lo que respecta al procedimiento, los delitos establecidos en los artículos 184 y 188 son de oficio y el resto a instancia de parte agraviada, tal y como lo establece el artículo 190 del CPV