Procedimiento penal especial del sistema de responsabilidad penal del Adolescente regulado en la ...

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Procedimiento penal especial del sistema de responsabilidad penal del Adolescente regulado en la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescente by Mind Map: Procedimiento penal especial del sistema de responsabilidad penal del Adolescente regulado en la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescente

1. NIÑO: MENOR DE 12 AÑOS

2. ADOLESCENTE: MAYOR DE 12 MENOR DE 18 AÑOS

3. Audiencia preliminar: en el plazo de 5 días luego de examinar las evidencias e investigacion se fijara la audiencia preliminar a realizarse dentro de los 10 días siguinetes vencidos a este plazo

4. desarrollo de la audiencia: se dispondrá la práctica de la prueba propia de la audiencia y se dará tiempo suficiente para que fundamente sus pretensiones se levantara un acta

5. Decisión: el juez decidirá sobre todas las acciones planteadas y admitirá parcial o totalmente, ordenará las correcciones de vicios, homologará los acuerdos conciliatorios si los hubiere, ratifica revoca o impondrá medidas cautelares sentenciará conforme al procedimiento

6. Se dictara auto de enjuiciamiento

7. el Juez de control decidirá si convoca a juicio oral en 10 días

7.1. El Fiscal o el querellante presentara la acusacion en la audiencia de Juicio oral siguiendo las normas del procedimiento ordinario

8. Competencia: Fiscal del Ministerio Público con auxilio de los órganos policiales para la investigación. Notificando al juez de Control la apertura de investigación

9. Corresponde al Juez de Control autorizar anticipos, de pruebas, y acordar medidas de coerción personal

10. Aprehencion en Flagrancia: el Fiscal del MP tiene 24 horas para presentarlo al Juez de Control

11. Detención para identificación: a solicitud del Fiscal o del querellante hasta 96 horas se podrá acordar detención preventiva

12. finalizada la investigacion el Fiscal del MP deberá ejercer la acción penal pública presentando la acusación

13. forma de solución anticipada: cuando se trate de un hecho punible que no proceda la privativa de libertad el fiscal del MP podrá promover la conciliación

14. ACUSACIÓN: deberá llenar todos los requisitos tales como identidad y residencia del adolescente acusado, pruebas recogidas,calificación jurídica de la imputación, especificación de la sanción pedida