LAS NORMAS JURÍDICAS Y REGLAS DEL DERECHO

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LAS NORMAS JURÍDICAS Y REGLAS DEL DERECHO by Mind Map: LAS NORMAS JURÍDICAS Y REGLAS DEL DERECHO

1. CONCEPTO

1.1. Son aquellas que rigen la conducta de las personas frente al estado y están en constitución, códigos y reglamentos que se tienen que cumplir forzosamente.

2. CARACTERÍSTICA

2.1. Heteronomía: Son creadas por otras personas distintas al destinaros.

2.2. Bilateralidad: Consiste en que las normas jurídicas al mismo tiempo, que impone derechos también los concede.

2.3. Facultad: Se exige una cierta forma de conductas obligando a un sujeto de acuerdo a los términos de ciertas formas.

2.4. Exterioridad: Unicamente se toma en cuenta las adecuaciones externas de la conducta con el deber estatuido en las normas y las incidencias de ellos en la sociedad.

2.5. Coercibilidad: Consiste en que el estado tiene la posibilidad de aplicar por medios dela fuerza una sanción si el sujeto se niega acatarla.

2.6. Generalidad: Es la razón de las normas y juicios que no considera los casos individuales aunque en ocasiones, ha provocado la creación de un abstracta.

2.7. Obligatoriedad: Es la que justifica la necesidad de garantizar y de buscar la justicia.

3. CLASIFICACIÓN

3.1. Su Sistema: *Nacionales. *Extranjeros. * Derechos Uniforme.

3.2. Su Fuentes: *Normas Consuetudinarias. *Normas Jurisprudencias. *Normas Voluntarias.

3.3. Su Ámbitos: *Validez Temporal. *Validez Personal. *Validez Material.

3.4. Su Eficacia: *Normas Permisivas. *Normas Taxativas. *Normas Perceptivas. *Normas Dipositivas.

3.5. Su Independencia: *Normas Autónomas. *Normas Incompletas.

3.6. Su Determinación: *Son Rígidas. *Son Flexibles.

3.7. Su Sanciones: *Son Imperfecta. *Son Plusquamperfectas.

3.8. Su Importancia: *Normas de Organización. *Normas de Conductas.

3.9. Sus Principios Formadores: * Normas de Derecho, Regular o Común. * Normas Singular o Excepcional.

4. REGLAS DEL DETRECHO

4.1. Según IHERING;

4.1.1. No tienen eficacia externas por parte del pueblo sino eficacia internas por parte del estado y sus proposiciones son emitidas por ellos, por lo tanto lo que tornaba jurídicamente era el hecho de que los jueces tuvieran el deber y poder de hacerla respetar.

4.2. según KELSEN;

4.2.1. Son actos de conocimientos en un juicios hipotéticos en consecuencia de los órganos legislativos o judicial a elaborar normas, señala las conductas humanas determinándola con un imperativo.