REGIMENES PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO

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REGIMENES PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO by Mind Map: REGIMENES PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO

1. CONCEPTO

1.1. El régimen patrimonial del matrimonio se constituye por las normas que regulan las relaciones económicas de los cónyuges entre sí y con terceros. Modernamente se establecen principios que inspiran la regulación de los regímenes patrimoniales en el Código de Familia, dentro de estos se encuentran: el de libertad de estipulación, el de igualdad jurídica entre los cónyuges, el de mutabilidad o flexibilidad; y el de legalidad supletoria.

2. MOMENTO DE CONSTITUCION

2.1. El régimen patrimonial producirá efectos entre los contrayentes inmediatamente después de celebrado el matrimonio o desde que se otorgan las capitulaciones, y frente a terceros, desde su correspondiente inscripción, según Art. 43 CF

3. DISOLUCION DEL REGIMEN

3.1. El régimen patrimonial del matrimonio se disuelve por la declaración de nulidad o la disolución de éste, por declaración judicial o por convenio entre los cónyuges. Surtirá efecto entre los cónyuges inmediatamente y frente a terceros desde su inscripción. Art. 45 CF

4. CLASES

4.1. Existen básicamente cuatro clases de regímenes patrimoniales Uno de ellos tan obvio y sobreentendido que muchas veces lo desconocemos o pasamos por alto, nos referimos al régimen económico primario . Los otros regímenes patrimoniales, conforme a lo dispuesto en el art. 41 C.F. son los siguientes:

4.1.1. SEPARACION DE BIENES

4.1.1.1. CARACTERISTICAS. Cada cónyuge conserva la propiedad, la administración y la libre disposición de los bienes que tuviere al contraer matrimonio, de los que adquiera durante él a cualquier título y de los frutos de unos y otros, salvo lo dispuesto en el artículo 46 C.F.

4.1.1.1.1. Existirá este régimen por dos circunstancias: 1o) Cuando los cónyuges hubieren optado por este régimen y 2o) Cuando se decretare judicialmente la disolución del régimen de participación en las ganancias, la disolución de la comunidad diferida o de cualquier otro régimen de comunidad, y los cónyuges no hubieren optado por otro régimen.

4.1.2. PARTICION EN LAS GANACIAS

4.1.2.1. CARACTERÍSTICAS Art. 51.- En el régimen de participación, cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su cónyuge, durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente.

4.1.2.1.1. ADMINISTRACION Art. 52.- A cada cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición tanto de los bienes que le pertenecían en el momento de contraer matrimonio, como de lo que pueda adquirir después por cualquier título

4.1.3. COMUNIDAD DIFERIDA

4.1.3.1. CARACTERISTICAS Art. 62.- En la comunidad diferida, los bienes adquiridos a título oneroso, los frutos, rentas e intereses obtenidos por cualquiera de los cónyuges durante la existencia del régimen pertenecen a ambos, y se distribuirán por mitad al disolverse el mismo. La comunidad es diferida por conformarse al momento de su disolución, pero se entenderá que los cónyuges la han tenido desde la celebración del matrimonio o desde la constitución del régimen.

4.1.3.1.1. BIENES PROPIOS Art. 63.- Son de propiedad exclusiva de cada cónyuge los bienes siguientes: 1o) Los que tuviere al momento de constituirse el régimen; 2o) Los que adquiriere durante la vigencia del régimen a título gratuito; 3o) Los que hubiere adquirido en sustitución de cualesquiera de los comprendidos en los dos ordinales anteriores; 4o) Los que adquiriere durante el régimen a título oneroso, cuando la causa o título de adquisición ha precedido a la constitución del régimen; 5o) Las indemnizaciones por daños morales o materiales inferidos en su persona o en sus bienes propios; 6o) Los objetos de uso estrictamente personal; 7o) Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio de cada cónyuge siempre que no formen parte de una empresa o establecimiento común; y, 8o) Los libros relativos a la profesión u oficio de cada cónyuge, las condecoraciones y los objetos de carácter personal sin valor comercial, como los recuerdos de familia.