REGIMEN PATRIMONIAL

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REGIMEN PATRIMONIAL by Mind Map: REGIMEN PATRIMONIAL

1. CARACTERISTICAS

1.1. 1- Separación de bienes;

1.2. 2-Participación en las ganancias; y,

1.3. 3- Comunidad diferida

2. MOMENTO DE CONTITUCION

2.1. La diversidad de sexos de los contrayentes art. 11 y 90 CF.

2.2. El consentimiento de cada uno de los contrayentes expreso libre y sin vicios atr. 12, 14.3º y 90.2º CF

3. EFECTOS PERSONALES

3.1. • deber de fidelidad: Excluye la posibilidad de que uno de los cónyuges tenga relaciones sexuales con un tercero, sino también toda relación con personas de otro sexo que resulte sospechosa a los ojos de quienes la conozcan

3.2. • deber de asistencia: La obligación de soportar el hogar conyugal incumbe a uno y otro cónyuge según sus medios.

3.3. • deber de cohabitación: Los esposos deben convivir bajo una misma casa a menos que por circunstancias excepcionales se vean obligados a mantener transitoriamente residencias separadas.

4. CONCEPTO

4.1. se constituye por las normas que regulan las relaciones económicas de los cónyuges entre sí y con terceros. Es el conjunto de relaciones jurídicas de orden o de interés patrimonial que el matrimonio establece entre los cónyuges y entre estos terceros

5. EFECTOS MATRIMONIALES

5.1. Separación de bienes: La sentencia de separación personal o de divorcio vincular disuelve la sociedad conyugal con retroactividad al día de la notificación de la demanda o de la presentación conjunta de los cónyuges, retroactividad que tiene pleno efecto entre cónyuges, pero no puede perjudicar a terceros de buena fe, es decir a los que no conociesen la existencia del proceso de divorcio.

5.2. Alimentos: El cónyuge que hubiera dado causa a la separación en los casos del art. 202, deberá contribuir a que el otro, si no dio causa a la separación, mantenga el nivel económico del que gozaron durante su convivencia, teniendo en cuanta los recursos de ambos.

6. ADMINISTRACION

6.1. Durante el matrimonio cada uno de los conyugues tiene la libre administracion y disposicion de los bienes propios y comunes

7. LA DISOLUCION SUS FORMAS DE PROCEDENCIA

7.1. 1)Por mutuo consentimiento de los cónyuges; 2) Por separación de los cónyuges durante uno o más años consecutivos; 3) Por ser intolerable la vida en común entre los cónyuges. 4)Por la declaración de nulidad del matrimonio 5)Por muerte natural de uno de los conyugues. 6)Por el pacto de participación en los gananciales y separación

8. LOS BIENES QUE COMPRENDEN Y LA TITULARIDAD DE LOS MISMOS

8.1. Determinacion sobre el cuidado de los hijos menores de edad

8.2. Cuantias de las pretenciones alimenticias

8.3. si fue por mala fe procede indemnización por daños y perjuicios Art. 97 CF

9. LIQUIDACION DE CADA REGIMEN

9.1. DISOLUCION JUDICIAL Podrá pedirse por uno de los cónyuges la disolución judicial del régimen y su liquidación en los casos siguientes:1) Por la insolvencia o peligro de insolvencia en que hubiere incurrido el otro, 2) Cuando el otro cónyuge fuere declarado incapaz, ausente, en quiebra o concurso de acreedores o condenado por incumplimiento de los deberes familiares de asistencia económica, 3) Por realizar el otro, actos dispositivos o de gestión que fueren fraudulentos o que irrogaren daño o peligro a sus derechos en las ganancias; y, 4) Si el otro lo hubiere abandonado.