ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

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ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL by Mind Map: ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL

1. CUIDADO PERSONAL

1.1. Aquí es donde el padre y la madre han de prodigar a sus hijos para procurarles el desarrollo optimo de su personalidad en los aspectos fisico, intelectual, emocional.

1.2. RESPONSABILIDADES: El deber de crianza que no es nada mas criar a los hijos si no también brindarles un hogar, alimentos, educación y todo lo elemental para un buen desarrollo.

2. REPRESENTACIÓN LEGAL

2.1. - El padre y la madre que ejercieren la autoridad parental, representarán a sus hijos menores o incapaces y velarán por la conservación o defensa de los que hubieren concebido. El padre o la madre a quien se hubiere confiado mediante resolución judicial el cuidado personal del hijo, tendrá exclusivamente la representación legal del mismo

2.1.1. El Procurador General de la República tendrá la representación legal de los menores huérfanos de padre y madre o de filiación desconocida, o abandonados, de los mayores incapaces, de los hijos que por causas legales hubieren salido de la autoridad parental y de los que por cualquier motivo carecieren de representante legal, mientras no se les provea de tutor. También la tendrá en el caso del ordinal 3º del artículo anterior.

2.1.1.1. La persona designada conforme a las reglas de este título sólo para administrar bienes del hijo, tendrá la representación legal de éste en los actos relativos a dichos bienes.

3. ADMINISTRACION DE LOS BIENES

3.1. Aquí el hijo administrara los bienes adquiridos con su trabajo o industria si este ya hubiera cumplido catorce años de edad.

3.1.1. Los padres no podrán transferir el dominio de los bienes corporales e incorporales del hijo inclusive los adquiridos con su trabajo, ni hipotecar sus bienes, ni adquirir créditos sin que se proceda autorizar del juez, quien lo dará cuando se acredite la necesidad o la utilidad manifiesta de la operación.

3.1.1.1. Los padres administraran y cuidaran los bienes de los que esten bajo su autoridad parental realizaran todos los actos administrativos ordinarios a fin de conservar y hacer mas productivos dichos bienes

4. FINALIZACION DE LA AUTORIDAD PARENTAL

4.1. CAUSAS DE PERDIDA Art. 240.- El padre, la madre o ambos perderán la autoridad parental sobre todos sus hijos, por cualquiera de las causas siguientes: 1ª) Cuando corrompieren a alguno de ellos o promovieren o facilitaren su corrupción; 2ª) Cuando abandonaren a alguno de ellos sin causa justificada; 3ª) Cuando incurrieren en alguna de las conductas indicadas en el artículo 164; y, 4ª) Cuando fueren condenados como autores o cómplices de cualquier delito doloso, cometido en alguno de sus hijo.

4.2. CAUSAS DE SUSPENSION [CÓDIGO DE FAMILIA] PÁGINA 56 DE 98 Art. 241.- El ejercicio de la autoridad parental se suspenderá al padre, o a la madre o a ambos, por las siguientes causas: 1ª) Por maltratar habitualmente al hijo o permitir que cualquier otra persona lo haga; 2ª) Por alcoholismo, drogadicción o inmoralidad notoria que ponga en peligro la salud, la seguridad o la moralidad del hijo; 3ª) Por adolecer de enfermedad mental; y, 4ª) Por ausencia no justificada o enfermedad prolongada

4.3. CAUSAS DE EXTINCION Art. 239.- La autoridad parental se extingue por las siguientes causas: 1ª) Por la muerte real o presunta de los padres o por la del hijo; 2ª) Por la adopción del hijo, salvo en el caso del inciso segundo del artículo 170; 3ª) Por el matrimonio del hijo; y, 4ª) Por haber cumplido el hijo la mayoría de edad