Derechos Reales El derechoreal es una figura que proviene del Derecho Romano ius in re o derecho ...

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Derechos Reales El derechoreal es una figura que proviene del Derecho Romano ius in re o derecho sobre la cosa. Es un término que se utiliza en contraposición a los derechos personales o de crédito by Mind Map: Derechos Reales El derechoreal es una figura que proviene del Derecho Romano ius in re o derecho sobre la cosa. Es un término que se utiliza en contraposición a los derechos personales o de crédito

1. Derechos Reales Discutidos             Entre los derechos más controvertidos en cuanto a su discusión doctrinal de sí son o no considerados derechos reales están los siguientes derechos

1.1. Derecho Arrendaticio

1.1.1. En Venezuela el derecho arrendaticio se encuentra regulado en la ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En cuanto a sí este derecho es un derecho real o no, existen diversas opiniones, y mucha discrepancia al respecto.

1.2. Derecho de Retencion

1.2.1. El derecho de retención es una medida especial de garantía concedida por la ley a ciertos acreedores que consiste en la facultad de conservar la cosa del deudor de que se encuen-tran en posesión hasta que se les satisfaga ciertos créditos relacionados con la cosa  misma.

1.3. Derecho de Opción de Compra

1.3.1. Es el derecho que surge del contrato por el cual dos partes se  obligan recíprocamente a celebrar un contrato de venta. El derecho  de opción de compra por su naturaleza jurídica es considerado por  algunos autores un derecho persona debido a la existencia de la sola promesa por ambas partes.

1.4. Derecho De Tanteo

1.4.1. Es la capacidad de una persona de exigir a otra con relación a la compraventa de un bien concreto, que se lo venda a él por el precio que ya tenía acordado con un tercero. El derecho de tanteo puede nacer por una obligación legal o contractual.

1.5. Derecho de Retracto

1.5.1. El derecho de retracto segú el Código Civil venezolano vigente en su artículo 1.533 está definido como el modo de ejercer la resolución de un contrato de venta.  Este dere-cho puede ser convencional o legal, según tenga su fuene en el contrato  o directamente en la ley.

1.6. Derechos Reales In Faciciendo

1.6.1. Es el vínculo jurídico entre dos personas; donde se le confieren a su titular el derecho a obtener del sujeto pasivo una  determinada conducta o prestación. Por derechos reales in faciendo se entienden aquellos en que los terceros se encuentran obligados no sólo a soportar, sino a un hacer a favor del titular del derecho.

1.7. Obligaciones PROPTER REM

1.7.1. Las obligaciones propter rem son aquellas en que el obligado  no está determinado sino por su relación con la cosa.

2. Diferencia entre Derechos Reales y Derechos de Creditos

2.1. Los derechos reales recaen sobre cosas específicas, mientras los de crédito sobre conductas (prestaciones).

2.2. El derecho real es un derecho de exclusión frente a las personas y los derechos de crédito son derechos de unión, ya que pueden exigir cooperación de otras personas.

2.3. El derecho real es absoluto, mientras que el de crédito es relativo. La autonomía de la voluntad es menor en los derechos reales que en los derechos de crédito.

2.4. El derecho real es perpetuo y su ejercicio no lo extingue sino que lo consolida, en cambio el derecho de crédito son transitorio porque se extinguen cuando la prestación es satisfecha. Entre otras.

3. caracteristicas

3.1. Son derechos subjetivistas patrimoniales debido a que son valorables en dinero

3.2. Se ubican dentro de de los derechos absolutos, ya que se pueden hacerse valer frente a todo.

3.3. Son relativos en el sentido de que solo pueden ejercerse frente a una o mas personas determinados.

3.4. Tienen por objeto cosas determinadas, especificas o cuerpos ciertos y presentes

4. Teoria

4.1. Teoria Clasica

4.1.1. se basa en la idea de que existe una relacion inmediata y directa entre una persona y una cosa.

4.2. Teoria Obligacionista

4.2.1. Es la Relacion juridica concebible solo a traves de la conexion de dos o mas sujetos de derecho, ya que la misma implica la facultad integrada en el sujeto activo para exigir al sujeto pasivo (obligado) una determinada conducta.

4.3. Teoria Armonia

4.3.1. La teoría armónica fusiona lo mejor de la teoría clásica y la teoría obligacionista, considerando que los derechos reales están compuestos por los elementos mas importantes de ambos.