El Saneamiento

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El Saneamiento by Mind Map: El Saneamiento

1. La posesión

1.1. Definición

1.1.1. A los fines del saneamiento, hay posesión cuando una persona tiene un inmueble bajo su poder a título de dueño o por otro que ejerce el derecho en su nombre.

1.1.2. La posesión debe ser:  Pública, Pacifica ,Ininterrumpida, con Título de propietario que tenga el reclamante o sus causantes y por un periodo mayor de 20 años.

1.2. Formas de prueba

1.2.1. Se admite todo medio de prueba sobre la posesión, pero la sentencia que adjudique la propiedad no puede fundarse unicamente en la prueba testimonial.

1.3. Actos que no dan lugar a posesión

1.3.1. Actos de Pura Facultad Actos de simple tolerancia Actos de violencia El colono o rentero, el depositario, el usufructuario y los demás que detengan precariamente la cosa, no pueden prescribirla. (Art. 2236, C.c)

2. Fases

2.1. Mensura

2.1.1. Es el procedimiento técnico por el cual se individualiza, ubica y determina el terreno sobre el que se reclama el derecho de propiedad a registrar.

2.1.2. Se inicia con la autorización otorgada por la Dirección Regional de Mensuras y Catastro territorialmente competente.

2.2. Proceso Judicial

2.2.1. Es el procedimiento por ante los tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria que depura el derecho a registrar.

2.2.2. En un plazo no mayor de 15 días el tribunal debe notificar a los reclamantes que se ha iniciado el proceso.

2.3. Registro

2.3.1. Es el acto por el cual se expide el Certificado de Titulo que acredita la existencia del derecho.

2.3.2. Está encargada la Dirección Nacional de Registro de Títulos

3. Abogado del Estado

3.1. Función en el proceso

3.1.1. Con su falta de opinión en  el proceso  se considera falta de interés y la no objeción del Estado al proceso de Saneamiento. Debe ser informado luego de la primera audiencia.

3.1.2. Representante del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria

4. La prescripción

4.1. Tipos encontrados en el C.C

4.1.1. Prescripción adquisitiva: es la que adjudica a una persona un derecho.

4.1.2. La prescripción extintiva: es la que priva de un derecho al titular de éste, después del transcurso de cierto tiempo

4.2. Plazos y condiciones establecidos en el código civil para que suceda la prescripción adquisitiva

4.2.1. La prescripción no se cuenta por horas, sino por días. En adicion, se adquiere cuando pasa el último día de término.

4.2.2. Prescripción por 20 años: Todas las acciones, tanto reales como personales, se prescriben por veinte años, sin que esté obligado el que alega esta prescripción a presentar ningún título ni que pueda oponérsele la excepción que se deduce de la mala fe.

4.2.3. Prescripción de 5 y 10 años: prescripción será sólo de diez años cuando se aplique a terrenos comuneros objeto de saneamiento catastral-

4.2.4. Queda reducido este último plazo a cinco años si la persona que invoca la prescripción establece la prueba de que inició y mantuvo su posesión en calidad de accionista del sitio comunero de que se trata.

5. Definición

5.1. Es el proceso de orden público por medio del cual se determina e individualiza el terreno, se depuran los derechos que recaen sobre él y estos quedan registrados por primera vez.

6. Papel del agrimensor

6.1. La tramitación y aprobación de los actos de levantamiento parcelario se hacen en la Dirección Regional de Mensuras Catastrales territorialmente competente.

7. Papel del juez

7.1. Cualquier litigio referente al terreno en proceso de saneamiento es competencia del tribunal apoderado.

7.2. El tribunal de jurisdicción original apoderado debe notificar a los reclamantes que se ha iniciado el proceso judicial del saneamiento para que estos, cumplan con los requisitos de publicidad precisados en esta ley.

7.3. En el caso de que el asunto lo amerite, el Juez debe trasladarse al lugar donde se realice el saneamiento, tantas veces como sea necesario